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Tema: Duda de IVA e IRPF
- 21/06/2011, 11:10 #1Forero
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Duda de IVA e IRPF
Hola!
Actualmente estoy dado de alta en el IAE, como pre-alta, que me permite hacer declaraciones de IVA y no hago las de IRPF. Sólo para esta actividad.
Bien, ahora, surge la siguiente duda. Acabo de vender madera de un monte y no se si dicho IVA lo tendría que poner en la declaración o en cambio, haría como en años anteriores, que simplemente no hacía nada y me aparecía dicha cantidad como beneficios al hacer la declaración anual 100.
Por otro lado también cobro un alquiler a una empresa de aerogeneradores por los terrenos y ellos mismos me estaban haciendo la declaración del IVA 303 y 390. Esta les tuve que decir que dejaran de hacérmela para adjuntarla a la que yo hago. Por eso no se que hacer con la madera, esto me parece un mezcladillo tela.
2º caso. El día que esté completamente dado de alta en el IAE y haga las declaraciones de IRPF, tengo que meter todos los ingresos (planta fv + alquiler + venta de madera) o sólo lo que tenga que ver con la planta.
Joer, es que esto de estar a 2 bandos es un lío tela...
Saludos y por supuesto GRACIAS.
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- 28/06/2011, 08:10 #2Forero
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Respuesta: Duda de IVA e IRPF
Nadie contesta???
Sabéis de algún otro foro, que funcione como este al principio, en el que pueda preguntar esto mismo y respondan??
Bueno preguntar esto, y las ultimas 7 preguntas que tengo en otros hilos...
Saludos
- 28/06/2011, 10:00 #3Forero
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Respuesta: Duda de IVA e IRPF
Perdona compañero, a veces leemos los foros sólo por nuestro bien y no nos implicamos.
Respecto al IVA como bien dices, hay que hacer una sóla declaración por cada sujeto pasivo por todas las actividades. No obstante respecto a la actividad forestal debes estar de alta en regimen especial, tanto de IVA como de IRPF, de forma que el IVA que te pagan en la factura es una compensación, y no tienes que hacer declaración, igual que años anterioreS.
Respecto a la forma de declarar en el mod.100 (IRPF): El alquiler de un techo será alquiler de inmuebles (igual que para las antenas de telefonía), no actividad económica.
La actividad forestal será actividad económica en estimación objetiva( modulos) y la actividad FV actividad económica directa (normalmente simplificada)
- 28/06/2011, 10:11 #4Forero
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Respuesta: Duda de IVA e IRPF
Gracias CENTO,
Pero mira, añado otra cosa.
Hasta ahora estuve siempre como persona física y el tema del alquiler de los terrenos, la propia empresa hacía la declaración del IVA por mi(nada de estar de alta en el IAE ni nada de nada). Con lo cual la del IRPF tampoco se hacía, se ponían los ingresos en el modelo 100.
Como hacían la declaración por mí, al empezar lo de la FV, les dije que no la siguieran haciendo que ya lo incluía yo en mi declaración del IVA.
Con la venta de la madera, tampoco en ventas anteriores hice declaración de IVA, ni de IRPF. Esto si que sólo al modelo 100 como ingresos EXTRA.
A mí la lógica me dice que lo del IVA del alquiler lo junte con lo de la FV y el de la madera NO.
Y cuando empiece con las del IRPF, lo haga sólo sobre lo que tenga que ver con la FV.
Es decir que lo que tenga que ver con el alquiler y la madera, se vaya directamente al 100.
Ves esto correcto?? Es que al ser el DNI el propio CIF, la cosa se lia un poco. Pero en resumen, el alquiler y la madera, serían como persona física y lo de la FV como empresa.
Saludos y gracias.
- 28/06/2011, 11:04 #5Forero
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Respuesta: Duda de IVA e IRPF
Creo que te haces un pequeño lío. Si tus actividades están a tu nombre, es decir si no tienes una sociedad mercantil (S.L., S.A. etc) siempre actúas como persona física, independientemente que tus ingresos provengan de alquileres, actividades empresariales, nóminas, etc.
Alta en el IAE siempre se da, cuando presentas el modelo 036 de alta en el censo indicas que actividad es a la que te vas a dedicar. _Otra cosa sea que el IAE te salga positivo (a pagar) que en nuestro caso no suele ser (más de 1.000.000 de facturación). Si te fijas en el 390 de alquiler que te hacía la otra empresa, en la primera página, indica la actividad y el epigrafe IAE.
También te veo liado cuando dices que no hacias la declaración del IRPF pero si el mod 100 al final del año. Las dos son lo mismo. Tu presentas trimestralmente el mod 130 (el IRPF que tu dices), que sólo es un pago a cuenta de la liquidación del IRPF (que resta del resultado del mod 100 que tu dices) que harás en Junio. Los pagos a cuenta no se hacen por los alquileres (Capital inmobiliario) y Actividades agrarias y forestales en estimación obetiva( ya tienen retención a cuenta). Por la actividad FV si debes hacer pago a cuenta (mod 130) desde el primer día que te des de alta en esta actividad, incluso si te sale negativo. Sólo incluirás los importes de esta actividad.
No obstante, tus conclusiones son correctas:
IVA: Alquileres y FV juntas(Actividades forestales no)
IRPF: Todo al modelo 100 en diferentes apartados, pago a cuenta (mod.130) sólo FV.
- 28/06/2011, 11:27 #6Forero
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Respuesta: Duda de IVA e IRPF
Es que las conclusiones, no podían ser de otra manera, jaja. Si nos basamos en el pasado y en el presente. Es la única lógica que le veo.
Pues la verdad nunca miré en el 390, que actividad, ponía. Porque yo nunca me di de alta en el 036, hasta ahora para lo de la FV, ni me hizo falta para nada, con lo cual no se que pone el 390.
Pero entonces, en el caso de que ponga algo el 390 de los alquileres, como hago ahora los 390?? con 2 apartados?? un apartado por actividad??
Respecto al IRPF, me refería a que aún nunca he hecho un 130, sólo los 100. Porque no me era exigido hasta estar dado de alta en el 036.
Ahora me hiciste pensar 2 cosas que me gustaría saber:
Por pago a cuenta, es la forma de referirse a la entrada y salida de dinero, no? Salga positiva o negativa, no pagas nada a hacienda ni te devuelven, no?
Respecto a lo de la facturación del IAE, en caso de superarla, que modelo cubres, para este fin? Lo digo porque yo solo he visto que el 036 se hace una vez.
Y por último con IVA a pagar, lo tienes que pagar en ese mismo trimestre, verdad?? Porque no se puede hacer como cuando te da a devolver, que no te queda otra que poner a compensar??
Es decir, trimestre con IVA a devolver, no podrías cobrarlo en el mismo trimestre??. Trimestre con IVA a pagar, no podrías ponerlo a compensar??
Vamos justo lo contrario...
De verdad que muchas gracias por contestar eh!!
- 28/06/2011, 12:26 #7Forero
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Respuesta: Duda de IVA e IRPF
El la tapa del 390 hay varias lineas para poner la actividad principal y las otras a que se refiere la declaración( La principal es normalmente la de más importe)
En principio, y según como indicas que te hacían el IVa por el alquiler de cubierta, probablemente también te dieran de alta en el censo (036) El 036 no es sólo IAE, es un Censo general con todos los datos del contribuyente.
El hecho de no hacer 130 es por el tipo de actividad ( alquileres, forestal), no por haber presentado o no 036.
El pago a cuenta (mod 130)es lo mismo que las retenciones de las nóminas, o las de los bancos. Es la forma que tiene el empresario individual de pagar sus "retenciones" trimestralmente.
El IRPF (declaración de la renta) se hace sólo en Junio y se incluyen todos los rendimientos del año pasado (actividades económicas, intereses, nóminas, alquileres..) y las retenciones soportadas o pagos a cuenta realizados. Se hace todo el cálculo de la cuota incluyendo las circunstancias personales y las deducciones que procedan y se resta lo que ya has pagado a cuenta ( retenciones y pagos a cuenta) saliendote la renta a pagar o a devolver.
Una vez dado de alta son los ayuntamientos quienes recaban la información de la facturación en hacienda para pasarte el recibo o no. Toman datos de ejercicios anteriores ya presentados, no hay que presentar ningún otro 036.
Las declaraciones de iva a ingresar se ingresan en el trimestre (o mes si eres gran empresa) correspondiente. Las negativas se arrastra el saldo y si en la última del año te sale negativa puedes optar por pedir la devolución o seguir compensando en el siguiente ejercicio.
Hay actividades que se puede pedir las devoluciones mensuales, pero no es nuestro caso.
- 28/06/2011, 12:48 #8Forero
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Respuesta: Duda de IVA e IRPF
Pues la verdad, si me habían dado de alta si que no lo se, y no estaba al tanto.
Las líneas del 390, entonces pondré como este último año, sólo la actividad FV. Y si veo para poner la otra actividad pos la pondré, pero lo que son las sumas de IVA lo haré todo junto, creo que esto ya es así de por si.
La última vez puse todo aquí: "IVA deducible en operaciones interiores de bienes y servicios corrientes" y no se si debería haber puesto algo aquí: "IVA deducible en operaciones interiores de bienes de inversión"
Luego respecto al 130, como no he hecho ninguno, hasta que me de de alta definitivamente en el IAE, pues no se muy bien como hacerlo.
Ahí es donde me debo aplicar la retención?? un 20% llegaría, no?? Incluso, no se si no probar con un 10% al principio.
Por otro lado, si es negativo el beneficio?? la cantidad retenida sería negativa, que pasa en este caso? se arrastra hasta llegar al modelo 100??? o simplemente retención 0%??
Me recomiendas que me de de alta definitivamente en el IAE, antes de que la actividad comience a producir y antes ya de que me concedan el préstamo??
Lo digo porque, el año pasado ya llevaba algún dinero invertido en este proyecto y llamé a hacienda para ver como tenía que hacer y me dijeron:
Como no estás haciendo los modelos 130 (a causa de no estar dado de alta en el IAE, esto a su vez, a causa de que me dijeron que hasta que iniciara actividad, no me debía dar de alta), pues llevas los gastos cuando vayas a hacer el modelo 100.
Y este año cuando fui, se rieron en mi cara(es una forma de hablar, fueron amables y me lo miraron) diciéndome que estos gastos tenían que ver con una actividad económica y no entraban en el modelo 100. Los gastos principalmente eran:
-Proyecto
-Licencia de Obras
-Notario
-Y no se si alguna cosilla más.
De nuevo gracias!! Espero tu/vuestro consejo.
- 28/06/2011, 13:34 #9Forero
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Respuesta: Duda de IVA e IRPF
Comenzar una actividad no es el hecho de comenzar a tener ingresos por ella. Cuando empiezas a invertir para esta acitvidad ya la estás comenzando.
Bienes y servicios corrientes son eso, los corrientes.
Bienes de inversión son la maquinaria, edificios (es decir inmovilizado) y en nuestro caso la instalación.
El modelo 130 se presenta trimestralmente una vez dado de alta en la actividad que lo requiere, pondrás los ingresos del trimestre y los gastos, y después calcularas eln 20% del beneficio como pago a cuenta (no se puede elegir el %). Este modelo es acumulativo, de forma que en el siguiente trimestre pondrás la suma de los dos (ingresos y gastos) y lo que pagastes en el primero. Si sale positivo volverás a pagar. Si saliera negativo lo presentas con cuota cero.
Lo que te dijo hacienda es más o menos lo mismo que te digo yo. Como no te has dado de alta en el 130 pués declaralo todo en el IRPF de Junio (Mod100). Lo reomendable es que te des de alta ya en la actividad.
Lo que te han dicho en Hacienda cuando has ido a hacer la declaración no es exactamente que las actividades económicas no se incluyan en el modelo 100, sino que el servicio que presta la administración como asesoramiento para hacer rentas se refiere a las sencillas, y los potentados que tienen actividades económicas, bolsa etc se las tienen que hacer ellos mismo o un asesor.
Los asesores fiscales también tenemos hijos que tienen que comer.
- 28/06/2011, 13:51 #10Forero
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Bueno, pues antes de nada, me iré a dar de alta definitiva y cuando me pregunte que cuando inicio, la actividad, le digo "Mañana" y que pongan esa fecha mismamente.
Respecto al 130, según me dices pagaría exponencialmente, pagaría en el 1º el 20% del beneficio primer trimestre, en el 2º el 20% del beneficio del primer más el del segundo trimestre menos lo pagado en el primero o en cambio y más facil así??:
1º = ingresos - gastos > 0 = 20% beneficio
2º = ingresos (año) - gastos (año) - 20% 1º trimestre > 0 = 20% beneficio
3º = ingresos (año) - gastos (año) - 20% 2º trimestre > 0 = 20% beneficio
4º = ingresos (año) - gastos (año) - 20% 3º trimestre > 0 = 20% beneficio
Si es de esta última manera, lo he entendido.
Luego se llevaría el último, al hacer el modelo 100, no? o ya lo tienen?
Por cierto lo que me dijo hacienda no iba por donde dices tu, porque también tengo las acciones y no tienen problema. Lo que me dijeron es que no me lo podían poner como gastos en ningún sitio por ser inversión de una Actividad Económica.
Con lo cual creo que aún tengo opción de hacer las rectificativas, pues creo que hay 4 años para hacerlas, aunque seguramente implique hacer la rectificativa del modelo 100 de este año.
Saludos
- 28/06/2011, 17:07 #11Forero
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No seas tan malo, que Hacienda somos todos. No pagas exponencialmente, pagas el 20% del beneficio del periodo.
En el 1T el 20% del beneficio, en el 2T el 20% del beneficio1+2 y le restas lo que pagaste en el primero etc etc. En el último calculas el beneficio de todo el año aplicas el 20% y le restas lo que pagaste en los trimestres anteriores. De esta forma habrás pagado a cuanta de la renta que presentarás en Junio el 20% del beneficio total del año.
Respecto lo que indica Hacienda, puede ser que los gastos de puesta en marcha del inmovilizado los considere mayor valor del mismo, para luego amortizarlos junto a la instalación. Es decir el valor de adquisición de la instalación es tanto los paneles y equipos electricos, como los permisos, notarías, proyecto, etc. Luego este valor lo comienzas a amortizar cuando obtengas ingresos.
- 28/06/2011, 17:22 #12Forero
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Ok, gracias!!
A lo primero que me dices, creo que el resultado coincide con el de las que puse yo.
Respecto a lo de hacienda, no vio un coste total, sólo esos cuantos gastos que les llevaba.
Con lo cual en algun sitio debería ponerlos, pero no se donde ni cuando.
Supongo que debería haber sido en el 130, en el trimestre correspondiente. Así que sólo veo la solución de las declaraciones correctivas.
Y como dichos 130, irían con cuota 0, no se si finalmente me desgravaría algo.
- 28/06/2011, 18:02 #13Forero
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Si el resultado es el mismo ya no es exponencial. Acabarás pagando a cuenta el 20% del beneficio (Que no quiere decir que en el IRPF de Junio tengas que pagar más o te salga a devolver algo por esta actividad, dependerá de los demás ingresos)
El tema es que si por ejemplo construyes una nave, el valor de la nave es tanto el que pagas al constructor, como al arquitecto, como impuestos, licencias, etc etc. que vayan relacionados con la construcción de la nave. Todos estos importes no son gastos del ejercicio en que hayas construido la nave sino que conforman el valor de adquisición y se amortizan (imputan a gastos) en un periodo de años que fiscalmente se admite, en el caso de las Fv 8% o máximo 25 años.
Por eso no te incluían nada en la declaración de renta. No son gastos del ejercicio, y se comenzaran a amortizar cuando obtengas ingresos.
- 28/06/2011, 18:12 #14Forero
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Y entonces debería meterlos en trimestre en que empiece a tener gastos?? No supondría ningun problema?? O por el contrario, debería hacerlo corresponder y ellos automaticamente lo regulan año a año??
Por cierto algo que se quedó más atrás en el tintero. Las primeras de IVA, ya las hice mal, no?? debería haberlas metido en la de bienes de inversión y no en bienes generales, o está bien?
Saludos y gracias!!
- 29/06/2011, 09:45 #15Forero
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Los gastos que consideres mayor importe de la instalación(los que hemos considerado antes) los acumulas al valor de la planta y los comienzas a amortizar(incluir en gastos de la actividad) cuando obtengas ingresos. Los otros gastos que tengas aunque no hayas empezado a producir( gastos de mantenimiento, financieros y otros pequeños gastos) ya los puedes incluir el el 130.
Respecto al haberte equivocado de casilla en el IVA no le daría mayor imprtancia, ya que la cuota resultante es correcta.
- 29/06/2011, 10:18 #16Forero
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Respuesta: Duda de IVA e IRPF
Vale, perfecto. Con todo esto ya me arreglo hasta el modelo 347, jajajajja
Lo que haré será eso, darme de alta correcta y completamente en el 037. Y luego, del 130 hacer cuotas 0, hasta que tenga ingresos. Así puedo aprovechar todos los que me van a salir negativos.
Eso sí, no metería más gastos que ingresos, haré que al principio las cuotas den exactamente 0, y presentaré cuota 0. Aprovechándome de que la amortización es libre.
No se, me resulta extraño eso de que pueda hacerla "libremente", es decir que en cada trimestre pueda poner lo que me da la gana, lógicamente con la verdad por delante. Me refiero, a poder arrastrar las cantidades de un trimestre a otro, a mi gusto.
No pasa nada por falsear, entonces?
Graciñas!!