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  1. #1
    pauneus está desconectado Forero Junior
    Fecha de ingreso
    dic 2010
    Ubicación
    gandia
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    21

    Predeterminado Para los que controlan temas legales

    Hola a todos.
    Os habeis fijado en el RD 1614/2010 que no habla de "fotovoltaica" sinó de "solar termoelectrica".

    Copiado del BOE:


    Real Decreto 1614/2010, de 7 de diciembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica a partir de tecnologías solar termoeléctrica y eólica.


    Mi pequeña instalacion de 5 KW es de tecnologia fotovoltaica en ningun caso solar termoelectrica ni eolica que son las tecnologias a las que se pueden aplicar los recirtes o por lo menos yo lo entiendo así.

    Por aquí se les podria meter mano?.

    Vosotros que opinais?

  2. #2
    Avatar de pespis
    pespis está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    abr 2010
    Ubicación
    Madrid
    Mensajes
    337

    Predeterminado Respuesta: Para los que controlan temas legales

    Hola Pauneus, tienes que informarte mejor: los decretos que se refieren a la fotovoltaica y que establecen los recortes para nosotros, sea cual sea el tamaño de la instalación, son los siguientes:

    - RD 1565/2010: limita la vida de la instalación a los primeros 25 años (hasta entonces, las primas se percibian durante toda la vida util de la instalación, unos 40 años)

    - RDL 14/2010: limita las horas de funcionamiento de las instalaciones durante las cuales podrá percibirse la tarifa regulada.

    Lo siento, pero no nos libramos....................




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