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  1. #1
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado limitacion25 %

    como se puede ampliar la potencia instalada para cumplir con el 25 % sin que cueste un dineral.

  2. #2
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    ago 2009
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    A nadie se le ha ocurrido ninguna idea para meter más potencia sobre la cubierta y saltarse la norma del 25 %??.

    Se trata de una nave pecuaria de 2000 metros cuadrados con un azimut 10 º y una inclinación a dos aguas (ancho al sur) del 18 %.

    tengo contratados 10 kw y quisiea poner 130 kw coplanares, por lo que con la nueva normativa del 1565/2010 solo podría instalar 40 kw, que se puede hacer??

  3. #3
    eltato39 está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Me temo que lo tienes complicado. A nosotros nos ha pasado el mismo caso, con algún cliente, pero la diferencia no era tan grande, así que hizo una ampliación de su contrato con Iberdrola y solucionado. Pero es que tú tienes solo 10kw.

  4. #4
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    ago 2009
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    tienen que haber alguna forma de sumar potencia contratada y así poder construir un parque más grande

  5. #5
    eltato39 está desconectado Forero
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    feb 2010
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Revivo este hilo, pues ahora me toca a mí el tema en cuestión. Tengo un cliente con cubiertas suficientes para 200kw, pero solo tiene contratados 6,6. Tendría que contratar 50kw, que por otra parte no va a consumir ni queriendo. ¿Alguien ha encontrado alguna solución? ¿Qué se puede hacer?

  6. #6
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    ago 2009
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Alquilar maquinaria y justificar su uso mediante proyecto sería una posible solución. Como estamos todos metidos en el problema quizá a alguien se le ocurran otras ideas.

  7. #7
    astrilla está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    No es por desmoralizar, esta misma pregunta me la hice yo y llamé al ministerio, la respuiesta fué que durante 25 años se tiene que cumplir que la potencia contratada sea el 25% de la planta fotovoltaica, si en algún momento no se cumple me comentaron que pasarían a considerar la instalación de tipo II. Por lo que está la cosa jodida, ya me direis a mi, quien es capaz de asegurar que una nave estará ocupada durante 25 años y más con lo que nos está enseñando esta puñetera crisis. Este punt del RD es muy dañino, yo creo que nadie se ha dado cuenta todavía de lo dañino que es.

    Saludos

  8. #8
    eltato39 está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Totalmente de acuerdo. Es de lo más dañino que se ha sacado de la manga el Sebas. En mi caso, de instalar 200kw, solo podré instalar 20. Y casi debo dar las gracias. Tiene narices el temita.

  9. #9
    enriquedopico está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Y una cosa más

    Esto empieza a partir de X convocatoria o se van a tener que adaptar tambien las que están en funcionamiento??


    Un saludo

  10. #10
    astrilla está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    No si el problema no es en la preasignación, tendrás que demostrarlo ante Industria para obtener el RIPRE, o sea que ya está en vigor desde que entro el RD 1565.

  11. #11
    enriquedopico está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Cita Iniciado por astrilla Ver mensaje
    No si el problema no es en la preasignación, tendrás que demostrarlo ante Industria para obtener el RIPRE, o sea que ya está en vigor desde que entro el RD 1565.
    A eso mismo quería llegar yo!!! es que era lo que tení entendido, pero me decían que era a partir de Q2 y era para asegurarme.

    Gracias

  12. #12
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Solo afecta a instalaciones a partir de la entrada total del RD 1565 al resto de plantas 661 y 1578 no afecta.

    La empresa de abajo cierra y pasas a grupo B.II. que seguridad jurídica sostienes para poder lanzar la inversión con garantía??

    Y si resulta que te pasa en el año 5 en pleno período de devolución de la financiación??

  13. #13
    enriquedopico está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Cita Iniciado por Ulises67 Ver mensaje
    Solo afecta a instalaciones a partir de la entrada total del RD 1565 al resto de plantas 661 y 1578 no afecta.

    La empresa de abajo cierra y pasas a grupo B.II. que seguridad jurídica sostienes para poder lanzar la inversión con garantía??

    Y si resulta que te pasa en el año 5 en pleno período de devolución de la financiación??
    Entonces si dependes de cuando la hayas inscrito en industria, o de cuando te inscribieron en el PREFO

    Yo tenía pedido para Q3, no entré, Q4, no entré por poquito y ahora en los provisionales de Q1 soy el primero de los que no entra, pero en los definitivos cuento con entrar.

    Así que yo tendré que cumplir con ello, pero por cual de los 2 motivos, por la inscripción en preasignación o en industria??

    Te pasan a I.2 o a II???, porque si es lo 2º vaya putadón.


    Mi madre y mi padrino tiene la instalación como titular y tomador respectivamente con Fenosa, debería ir cambiando el contrato a 5KW con Fenosa Y A MI NOMBRE o hacer ya todo directamente con Gesternova?(al de consumo me refiero)

    Me daría problemas Fenosa para el contrato con distribuidora al estar con Gesternova cuando lo vayamos a realizar??


    Para mi es una putada que tengo que aumentar el consumo de casa a 5 y cambiar los contratos, aunque para alguno de vosotros es bastante peor.



    Saludos

  14. #14
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Cita Iniciado por enriquedopico Ver mensaje
    Y una cosa más

    Esto empieza a partir de X convocatoria o se van a tener que adaptar tambien las que están en funcionamiento??


    Un saludo
    para el segundo trimestre de 2011

  15. #15
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Cita Iniciado por enriquedopico Ver mensaje
    Entonces si dependes de cuando la hayas inscrito en industria, o de cuando te inscribieron en el PREFO

    Yo tenía pedido para Q3, no entré, Q4, no entré por poquito y ahora en los provisionales de Q1 soy el primero de los que no entra, pero en los definitivos cuento con entrar.

    Así que yo tendré que cumplir con ello, pero por cual de los 2 motivos, por la inscripción en preasignación o en industria??

    Te pasan a I.2 o a II???, porque si es lo 2º vaya putadón.


    Mi madre y mi padrino tiene la instalación como titular y tomador respectivamente con Fenosa, debería ir cambiando el contrato a 5KW con Fenosa Y A MI NOMBRE o hacer ya todo directamente con Gesternova?(al de consumo me refiero)

    Me daría problemas Fenosa para el contrato con distribuidora al estar con Gesternova cuando lo vayamos a realizar??


    Para mi es una putada que tengo que aumentar el consumo de casa a 5 y cambiar los contratos, aunque para alguno de vosotros es bastante peor.

    En cuanto a la planta ya entra para la solicitut actual (2 trimestre) con lo cual si no cumples con la potencia te quedas sin prima de B. 1.2. y se pasa a B.2.

    No debería haber ningún problema con endesa.

    Saludos

  16. #16
    enriquedopico está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Gracias Ulises, aunque en la ultima contestación solo me has citado jeje


    Saludos

  17. #17
    astrilla está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Cita Iniciado por Ulises67 Ver mensaje
    para el segundo trimestre de 2011
    Esto no es correcto, por favor mirad unas respuestas anteriores. El requisito del 25% de potencia contratada no tiene nada que ver con el PREFO, es industria a la hora de pedir el RIPRE quien solicitará que se justifique este hecho, por lo tanto este requisito entró en vigor al dia siguiente de la publicación en le BOE del RD. Las plantas de màs de 100 kW que están en prerregistro cómo ya solicitaron autorización administrativa en principio no es de aplicación, ya que es anterior al RD1565 pero las de menos de 100 que no han solicitado autorización administrativa se aplicará estó cuando soliciten el RIPRE.

    Saludos

  18. #18
    enriquedopico está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Cita Iniciado por astrilla Ver mensaje
    Esto no es correcto, por favor mirad unas respuestas anteriores. El requisito del 25% de potencia contratada no tiene nada que ver con el PREFO, es industria a la hora de pedir el RIPRE quien solicitará que se justifique este hecho, por lo tanto este requisito entró en vigor al dia siguiente de la publicación en le BOE del RD. Las plantas de màs de 100 kW que están en prerregistro cómo ya solicitaron autorización administrativa en principio no es de aplicación, ya que es anterior al RD1565 pero las de menos de 100 que no han solicitado autorización administrativa se aplicará estó cuando soliciten el RIPRE.

    Saludos

    Esto parece un tira y afloja jeje.

    Pues a mi entonces me toca no tengo la Autorizacion Administrativa


    Saludos

  19. #19
    serpa está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Nosotros tenemos autorizacion administrativa, y seguramente entraremos en el Q1, pero no tenemos solicitado el RIPRE.
    Sabeis si nos aplicaran lo del 25 %

  20. #20
    enriquedopico está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    El otro día el ingeniero, le preguntó directamente a industria por la mía que NO tenemos la autorización administrativa y le dijeron que hasta los que entraban en Q1 que no se iba a pedir ese requisito, a lo de Q2, ya SI.

    Esta respuesta también lo puso alguien más arriba. Yo me quedo con que lo sabré cuando llegue la hora de solicitar el RIPRE.


    Saludos

  21. #21
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Cita Iniciado por astrilla Ver mensaje
    No es por desmoralizar, esta misma pregunta me la hice yo y llamé al ministerio, la respuiesta fué que durante 25 años se tiene que cumplir que la potencia contratada sea el 25% de la planta fotovoltaica, si en algún momento no se cumple me comentaron que pasarían a considerar la instalación de tipo II. Por lo que está la cosa jodida, ya me direis a mi, quien es capaz de asegurar que una nave estará ocupada durante 25 años y más con lo que nos está enseñando esta puñetera crisis. Este punt del RD es muy dañino, yo creo que nadie se ha dado cuenta todavía de lo dañino que es.

    Saludos
    si el motivo del cierre de la empresa de abajo es justificado no hay ningún problema. Hemos pensado garantizar en contrato la permanencia del contador a costa del titular de la cubierta para no tener problemas

  22. #22
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Cita Iniciado por enriquedopico Ver mensaje
    Y una cosa más

    Esto empieza a partir de X convocatoria o se van a tener que adaptar tambien las que están en funcionamiento??


    Un saludo
    solo a partir de esta segunda convocatoria

  23. #23
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
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    Cita Iniciado por serpa Ver mensaje
    Nosotros tenemos autorizacion administrativa, y seguramente entraremos en el Q1, pero no tenemos solicitado el RIPRE.
    Sabeis si nos aplicaran lo del 25 %
    Estais salvados

  24. #24
    borch está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Yo pregunté lo mismo hace tiempo y nadie me respondió.
    Pienso hay dos soluciones:
    1. Ampliar la potencia contratada, aunque uses muy poco, pero ello puede implicar cambiar acometida, protecciones, etc.
    2. A partir de 100 kW el consumo propio de la instalación hay que contratarlo, aquí puedes poner un 25% de la instalación, aunque no sea verdad.

    En realidad esto del 25% está basado en lo de acercar la generación al consumo, pero está horrorosamente planeado, pues puede que las naves vecinas obsorvan toda la energía. Resumiento otra atrocidad más en la legislación fotovoltaica.
    España debe servir a los otros paises como ejemplo para la fotovoltaica, como ejemplo de como no se debe planificar, primar, legislar, retroactivar, etc...

  25. #25
    jotrica está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: limitacion25 %

    Alguien sabe como se tendrá que justificar el 25%? Por titular o por referencia catastral?
    En Industria no me lo han podido asegurar.
    Espero que sea por referencia catastral, ya que por ejemplo es habitual en una nave industrial que la nave sea de un titular, la fotovoltaica de otro y el suministro eléctrico esté a nombre del que tiene la nave alquilada.

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