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- 22/11/2010, 15:36 #1Miembro del foro
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Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Hola a todos,
Alguien sabe finalmente quienes serán los primeros afectados por la reducción de tarifas del nuevo RD? Según leo en Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto, sería de aplicación a Q3 de 2011, pero hoy he leído que a Q4 de 2010??
Thanks
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- 22/11/2010, 17:16 #2Forero
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Hola Cervantes, yo también estoy hecho un lío con eso, y sobre todo con otra cuestión: sobre qué base se calculará la bajada, si sobre lo que dice el 1578, o sobre el precio actual. Según la nota del Ministerio, se aplicará desde la 4 del 2010. Ahí te pongo el link.
http://www.mityc.es/es-es/gabinetepr...refv191110.pdf
- 22/11/2010, 18:21 #3Miembro del foro
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Será sobre el precio actual, sino no completarían su disfraz de Maquivelo.
Para el caso que hubieran dicho que ya todo lo proximo va a paridad, apaga y vamonos.
Y el Sr. Marin es la viva muestra de que todolo incompetente siempre tiene premio, se nos va a Bruselas.
saludos
?No hay iconos echando fuego?
- 22/11/2010, 18:39 #4Forero
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
El borrador del nuevo real decreto dice lo siguiente:
Disposición transitoria cuarta. Reducción extraordinaria de la tarifa fotovoltaica para la primera convocatoria de preasignación a partir de la entrada en vigor del presente real decreto.
1. Los valores de las tarifas de las instalaciones fotovoltaicas para la primera convocatoria de inscripción en el Registro de preasignación de retribución cuyo plazo de presentación de solicitudes se inicie con posterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto se calcularán a partir de los valores resultantes de la aplicación de la metodología establecida en el artículo 11.2 del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, multiplicándolos por los siguientes factores:
a) Instalaciones de tipo I.1: 0,95.
b) Instalaciones de tipo I.2: 0,75
c) Instalaciones de tipo II: 0,55.
En caso de que la reducción se aplicara a la Q2-2011, se haría como hasta ahora el cálculo de las tarifas que correspondería a la Q2-2011 en función del cupo cubierto en la Q1-2011 (se puede estimar que el valor de las tarifas para la Q2-2011 cálculado de la forma habitual debería ser un 5%-6% inferior a las tarifas de la convocatoria Q4-2010 pendiente de resolver) y sobre este resultado es sobre el que se aplicaran las reducciones extraordinarias.
- 22/11/2010, 18:46 #5Forero
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Pues si es así, para las del tipo I-2, que son las que más se hacían, calculo yo 0,2151!!!!!!, eso si entra en vigor después de la Q4 de 2010. Si entra ahora en vigor, sería de 0,2214. Y ahí viene la otra incógnita: ¿seguirá bajando en cada convovatoria que se cubra el cupo, como hasta ahora??? Lo que he leído no dice nada de eso, y ya te digo, estoy hecho un lío de la virgen. No entiendo nada, no sé si seguir, o me debo dedicar ya a la loable profesión de parado.
- 23/11/2010, 11:03 #6Miembro del foro
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Gracias por vuestras respuestas. Ya tenemos el decreto y es claro: "primera convocatoria de inscripción en el Registro de preasignación de retribución cuyo plazo de presentación de solicitudes se inicie con posterioridad a la entrada en vigor del vigente real decreto".
No sé si será Q2 o Q3 de 2011, pero el Q4 2010 está libre, gracias a Dios!
- 24/11/2010, 12:25 #7Forero
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Si el Decreto se publicó ayer día 23 de Noviembre, entró en vigor hoy 24.
La presentación de solicitudes para la Q2 de 2.011 comenzó el 1 de Noviembre y se supone que terminará el 31 de Enero de 2.011. Asi que yo pienso que las rebajas anunciadas del 5,25,45 % comenzarán para la Q3 de 2.011.
Así que en el par de meses quedan, supongo que el PREFO va a recibir proyectos a cascoporro y se formará una cola muy importante que, más adelante, quedará rebajada con los que no se han enterado que ahora hay que solicitar la inscripción en cada convocatoria.
No se porqué en la nota de prensa del Ministerio, que se ha adjuntado el link, especifica que esos porcentajes de reducción se aplican para "(la cuarta del año 2.010)".
Menuda panda de ineptos, no se enteran de nada.
- 24/11/2010, 14:00 #8
Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
A ver si nos ponemos de acuerdo en este punto.
Que yo sepa, hoy no puedo presentar solicitudes para la Q2, si la presento ... va a la Q1 ya que todavía está abierto el plazo y lo estará hasta 5 días hábiles después de publicar los listados definitivos de la Q4-2010.
Por lo tanto, la Q2 no está en marcha todavía.
Si lo anterior es cierto ... la rebaja aplicará sobre sobre esa Q2, ya que es la siguiente tras la publicación en el BOE del RD.
Saludos,"Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti
- 24/11/2010, 16:50 #9Forero
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Totalmente de acuerdo, creo que es así, Jor-sol
- 24/11/2010, 17:51 #10Forero
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Segun el enlace de EY del blog de jumanji sería la Q3. Vaya lio
https://docs.google.com/viewer?a=v&p...YjI2N2E5&hl=es
Pag. 6Esto es la leche
- 24/11/2010, 18:03 #11
Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Yo apuesto por la Q2 cuyo plazo de presentación todavía no está abierto.
Creo que da igual que inicialmente se estableció que comenzaba su plazo el 1 de noviembre. La realidad es que no está abierto con lo que la siguiente es la Q2.
En fin .... al final harán lo que les salga de los ..."Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti
- 24/11/2010, 18:04 #12Forero
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Oficial, es para la Q2 de 2011.
Según el MITyC el tijeretazo fotovoltaico lo aplicarán a partir de la Segunda Convocatoria de 2010
- 24/11/2010, 18:41 #13
Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Era lo normal.
Ya se sabía que estaban paralizando la publicación de los listados definitivos de la 4T2010 para que este "corte" entrara cuanto antes."Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti
- 25/11/2010, 09:37 #14Forero
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Y para cuando o para qué convocatoria, los que estamos en el PREFO como admitidos pero no inscritos tenemos que hacer de nuevo la solicitud?. Como sabeis hasta ahora seguías en la lista de facto hasta que estuvieras inscrito o hasta cuando desistieras.
- 25/11/2010, 09:45 #15Miembro del foro
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- 25/11/2010, 10:16 #16Miembro del foro
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Queridos amigos: en mi último escrito y probablemente con anterioridad a cualquier otro comunicado os advertía de la falaz prórroga del cierre de la Q1. Entonces señalaé que obedecía sin dudas a un nuevo fraude de Ley del Ministro Sebastiían.
Las Patronales asumen, como casi siempre esta situación lo que las convierte cada vez más en cooperadores necesarios de las tropelías de Sebastián. Os vuelvo a decir que la prórroga y sus nefastas consecuencias son antijurídicas y por tanto deben contar con la oposición de todo el Sector. Personalmente nada me juego en un supuesto u otro pero es evidente que si permitimos esta acción ilegal nunca más podremos contar con un sector regulado, legal y seguro.
Da igual quienes sean los beneficiados o los perjudicados, se trata de una Ley, un Sector y un Estado de Derecho. Las Patronales y todas nuestras firmas deberían exigir la dimisión inmediata de Sebastián. Un Ministro de España no puede actuar contra Derecho.
La q2 está fuera del nuevo Decretro. La razón: los plazos establecidos en el Anexo III del 1578 y que la prórroga no tiene ninguna razón objetiva de su establecimiento. Todos sabemos que el PREFO tenía los listados de la Q4 preparados un mes antes de su publicación. Ningún funcionario puede negarlo so pena de incurrir en prevaricación. Por otro lado si la ampliación obedeciera a una disfunción de la Administración ésta no puede perjudicar a los afectados de la q2. Es así de sencillo.
Considero es necesario inundar las Patronales cartas y firmas de rechazo a su connivencia con el Ministro. Cabe señalar que si están para defender los atropellos del Ministro mejor les pague éste sus cuotas, evidentemente el dinero que cobran de los nobles empresarios se usa para todo menos para defender los intereses de los asociados. No se trata sólo de la q2 sí ó q2 no, se trata de una reducción contrasentido de la prima, la limitación de potencia y la prepotencia e ilegalidad fragrante de un Ministro que ha hundido el Turismo, la Industria y ahora la Energía.
Creo que el nuevo Decreto afecta al menos a más de 50.000 personas entre promotores, ingenieros, técnicos, fabricantes, instaladores, obra civil, etc… con que 3.000 ó 5.000 antes del puente nos manifestáramos ante el Ministerio Sebastián no aguanta ni 48 horas en el cargo.
Es el momento de dar un paso adelante o dejarse enterrar, vuestra es la decisión.Sebastián podrá asesinar a la energía fotovoltaica pero jamás podrá acabar con su padre, el SOL”
- 25/11/2010, 10:48 #17Forero
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Respuesta: Inicio Aplicación Reducción de Tarifas
Artículo 3, apartados 3 y 4
...
El titular del proyecto o instalación, deberá presentar una solicitud para cada una de las convocatorias en las que quiera participar, no siendo válidas para una convocatoria las solicitudes de proyectos o instalaciones que no hubieran resultado inscritos en el Registro de preasignación de retribución en convocatorias anteriores.»
Cuatro. El apartado 4 del artículo 6 queda redactado en los siguientes términos:
«4. Aquellos proyectos a los que se les asigne potencia, serán inscritos por la Dirección General de Política Energética y Minas, en el Registro de preasignación de retribución, asociados a dicha convocatoria. El resto de solicitudes serán desestimadas en la convocatoria. No obstante, el interesado podrá presentar nueva solicitud de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 anterior, comunicando, en su caso, que la documentación presentada sigue siendo válida y no tiene que volver a ser presentada.»
Las modificaciones normativas que se realizan en los apartados uno, dos, tres y cuatro del artículo tercero serán de aplicación únicamente a partir de la primera convocatoria de inscripción en el Registro de preasignación de retribución que se inicie tras la entrada en vigor del presente real decreto.
- 25/11/2010, 11:20 #18Forero
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- 30/11/2010, 11:37 #19Forero
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