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- 18/09/2006, 10:39 #26Miembro del foro
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Gracias MIGUELON11 por tu aportación!. Esta información es muy interesante, pues nos pone en situación de lo que ocurre en Europa. En este contexto, el RD 436 tampoco es algo tan ventajoso como yo al menos pensaba, sino que nos sitúa a un nivel medio respecto a los demás paises ¿que se pretende empeorando estas condiciones?. de verdad que no lo entiendo
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- 18/09/2006, 12:04 #27Forero
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Gracias Miguelon, un gran post (pese a confundir Francia con Grecia :wink: )
Un saludo.
- 18/09/2006, 15:23 #28Miembro del foro
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Tarifas Italia y Francia
Añado mi granito de arena:
Italia: www.grtn.it
1-20 kW: 44,5 centimos/kWh (20 años) + posibilidad de autoconsumo 'gratis'. Limite anual
20-50 kW: 46 centimos/kWh (20 años) + 8,5/kWh
50 kW-1MW: max 49 centimos/kwh (20 años) (subasta) + 8,5/kwH. Fianza 1.000 Euros/kWp solicitado en subasta
empezando en 2007, decremento anual 5% por nuevas instalaciones.
tarifas actualizadas al IPC.
BIPV + 10%
Limites totales (anuales):
1-20 kw: 360 MW (60 MW)
20-1 MW: 140 MW (25 MW)
Francia: http://www.hespul.org/Le-nouveau-tarif-d-achat.html
30 centimos/kWh
Corsega, Guadalupe, etc.: 40 centimos
BIPV: 55 centimos/kWh
Para particulares ademas:
IVA 5,5% en lugar de 19,2%
deducibilidad del IRPF del 50% del coste de la instalacion
- 18/09/2006, 20:11 #29Miembro del foro
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Gracias Miguelón & Sunshine - un post MUY valiaso....
- 18/09/2006, 20:39 #30Miembro del foro
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Iniciado por PGL
La "ventaja" reside en que a similares condiciones economicas nosotros tenemos mucha mas irradiación.... :lol: :lol: :lol:
- 18/09/2006, 21:18 #31Miembro del foro
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Todos damos por hecho que va a haber revisión de primas durante lo que queda del año 2006,pero si "casualmente" el nuevo decreto se aprueba en enero del 2007,eso significaría que el nuevo "fin del mundo fotovoltaico" sería el 1 de enero del 2009,con lo cual todos los megaproyectos estarían realizados,podría ser???.
- 18/09/2006, 23:50 #32
No sé, lo cierto es que ya no me imagino el mundo (este país) sin la FV. Es parte del futuro (ya presente), y en 2009 las cosas cambiarán, pero no debemos tratar de buscar a toda costa el fin de la energía solar, que no se va a producir.
Debemos de acostumbrarnos a un sector cada vez más maduro, y por supuesto cambiante hasta que se estabilice (y eso no ocurrirá en muchos años).
Como dijo Welsungo una vez, "sólo sé que el mundo que verán mis hijos será muy distinto al actual". :roll:
- 19/09/2006, 13:01 #33Iniciado por Jesus Maria
Ahí está uno de los problemas que, los que estamos en trámites, puede que no nos de tiempo a inscribirnos en el REPE antes de que salga este nuevo RD.
Y otro de los problemas, es que hablan de que afectará a la totalidad de las instalaciones, independientemente de su puesta en funcionamiento (o sea, retroactivo) con lo que, si esto fuese así, daría igual lo que digo en el punto anterior ya que, aunque tuvieses el REPE antes de la salida de este nuevo RD, estarías también afectado por el mismo.
Lo que tienen que hacer es que no ocurra ninguno de estos dos casos, o sea, que respeten los años de transferencia y que no tenga efectos retroactivos. De este modo los inversores sabrían a qué atenerse y podrían tomar las decisiones con conocimiento de causa.
Joder !! NO SE PORQUE LO TIENEN QUE COMPLICAR TANTO !!!"Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti
- 19/09/2006, 13:37 #34Miembro del foro
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Jor-sol, en el post del RD 436 ya intenté clarificar algunas de las dudas que planteas.
Yo sé que la tranquilidad definitiva sólo va a llegar cuando se publique el nuevo RD, pero si esa es nuestra postura, deberíamos elegir un camino:
1- No plantear ninguna duda nueva, porque nada de lo que nos digan nos dejará tranquilo hastqa que se publique. Entonces este foro se convierte en el muro de las lamentaciones.
2- Intenta llegar a verdades parciales hasta que se publique la verdad absoluta.
Yo intento seguir el segundo camino, anque a veces se me dé mejor que otras.
Y otro de los problemas, es que hablan de que afectará a la totalidad de las instalaciones, independientemente de su puesta en funcionamiento (o sea, retroactivo) con lo que, si esto fuese así, daría igual lo que digo en el punto anterior ya que, aunque tuvieses el REPE antes de la salida de este nuevo RD, estarías también afectado por el mismo.
Saludos."Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas" (M. Benedetti)
- 19/09/2006, 15:40 #35Miembro del foro
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Hombre, eso de que lo saquen un día y aplique al día siguiente me parece un poco fuete. De hecho la revisión puede salir cualquier día desde hoy hasta diciembre. Yo creo que no es sólo importante la retroactividad para las instalaciones ya conectadas, las instalaciones en construcción también debieran de tener derecho a acogerse a las condiciones actuales.
Sobre este tema me parece muy adecuado el planteamiento alemán. Un 5% menos cada año hace muy fácil hacer previsiones tanto al gobierno, al sector eléctrico, a las compañías eléctricas e incluso a los particulares interesados en montar una instalación.
- 19/09/2006, 16:53 #36Iniciado por simosol
"Artículo 39. Revisión de tarifas, primas, incentivos y complementos para nuevas instalaciones. "
Con lo que el punto 3 de este mismo artículo (que era lo que me preocupaba) solo es para las nuevas:
"3. Las tarifas, primas, incentivos, complementos y límites inferiores y superiores, que resulten de cualquiera de las revisiones contempladas en esta sección serán de aplicación a la totalidad de instalaciones de cada grupo, con independencia de la fecha de puesta en servicio de la instalación."
Gracias y saludos"Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti
- 19/09/2006, 17:25 #37Miembro del foro
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Pero ahí la gran pregunta Jor-Sol...
Qué es una nueva instalación??? Es decir, si yo me conecto a la red por primera vez el lunes que viene y el decreto sale hoy... a qué régimen tarifario me acojo? Al 436 o al XXX?
Yo, a mis clientes les estoy aconsejando que paren los proyectos por esto mismo, porque en ningún momento habla del 1 de enero de 2008 y sí que dice:
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado el Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo por el que se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Salu2,
- 19/09/2006, 18:37 #38
Esa es la cuestión, y era el primer problema que planteaba en mi post.
Iniciado por jor-sol
El segundo problema que planteaba en mi post es el que me ha comentado Simosol, que queda resuelto."Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti