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  1. #1
    nuestraenergia está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    oct 2010
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    Predeterminado Falsos mitos del 1578/2008 y listados de la Q4 circulantes

    Se ha extendido la opinión del que el RD 1578 despliega sus efectos hasta finales del año 2010. Esto no es cierto en modo alguno. Para los apóstatas del final de mundo a través de la extinción del 1578 les informo que este Decreto se mantendrá vigente hasta la probación de un nuevo marco regulatorio, que efectivamente lo modificaría, sustituiría o derogaría cuando efectivamente sea aprobado. Es cierto que se están dando pasos hacia el cataclismo final.

    La cuestión es pues tratar de dilucidar la fecha que el Ministro Sebastián ha programado para el ataque nuclear contra la energía fotovoltaica.

    Leyendo la biblia del 1578, anexo III encontramos las claves. Según el derecho positivo vigente, confirmado por un técnico del PREFO, el atentado ministerial no debería afectar el modo alguno a la 1ª convocatoria del 2011 y a partir del día 1 de noviembre tampoco a la 2ª convocatoria de dicho año. Esto lo podéis comprobar leyendo el Anexo III y el apartado final del borrador del nuevo decreto, según se ha presentado al Consejo de Estado y que determina que el nuevo decreto será de aplicación a partir de las convocatorias cuyo plazo de inicio para la presentación de las solicitudes para la preasignación sean posteriores a la entrada en vigor del Nuevo decreto.

    La Q1 del 2011 tiene por fecha de inicio el 1 de agosto y precluye mañana día 31 de octubre. La q2 se inicia el 1 de Noviembre.

    Bajo esta circunstancia y siendo obvio que las grandes patronales evitan denunciar el incumplimiento de los plazos de trámite que el propio Ministerio está realizando, debemos centrar nuestros esfuerzos en exigir que se cumpla rigurosamente lo establecido en el RD 1578 aprobado por el mismo Ministerio.

    El RD 1578/2008, para los que no se hayan dado cuenta es lo que se denomina Derecho Adjetivo, es una norma estricta y esencialmente de procedimiento administrativo. Por cuanto regula básicamente los trámites y plazos que regulan el sistema retributivo de la energía fotovoltaica. Siendo así es inaceptable en un estado de derecho que el mismo Órgano Administrativo que promulgó una ley la incumpla deliberadamente con el único fin de conculcar los derechos establecidos a favor de los sujetos que amparados en la seguridad de ese mismo procedimiento administrativo han realizado inversiones y gastos y depositado avales de alto importe confiando al menos en el respeto y cumplimiento del proceso administrativo establecido en el RD 1578/2008.

    En cuanto a los listados que circulan lamentablemente carecen de eficacia jurídica ya que no se corresponde con la publicación del Mityc. No obstante hay que confiar que al menos esta situación irregular suponga que el gran Ministro Sebastián no pueda seguir ordenando el secuestro de los listados oficiales. En este sentido desde el PREFO nos comentan que se pretende prorrogar el plazo de solicitud para la Q1 del 2011. Esto no invita a pensar en nada bueno. En cualquier caso si se mantiene el término inicio que se señala en el borrador del Decreto, esta nueva falaz maniobra del Ministro no debería perjudicarnos todavía más en nuestras legítimas expectativas. Realizo esta advertencia sobre el término “inicio” porque los gerentes de las grandes patronales se vanaglorian de grandes luchas sobre grandilocuentes conceptos cuando normalmente las claves del éxito o fracaso en el Derecho se concretan en pequeños términos, que normalmente pasan desapercibidos, como en esta ocasión pueda suponer, en especial para la Q2 del 2011, el término “inicio o cierre” del plazo para la presentación de solicitudes de preasignación.

    Iniciemos pues nuestra revuelta particular a favor de una España que sea digna de mantener el apellido que le otorgó al Constitución como: “ESTADO DE DERECHO”

    P.D.: conviene también trasladar a la Sociedad la situación a la que nos somete el Ministro a través de foros más generalistas como pueda ser la prensa, medios de comunicación, webs industriales u otras como objetivo2020 que defiende el cumplimiento de la Directiva Europea desde un prisma social amplio.

  2. #2
    nuestraenergia está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Falsos mitos del 1578/2008

    “Sí los pasillos de los Ministerios son largos, oscuros y estrechos, saquemos al Ministro Sebastián a los campos, calles, avenidas y plazas de España que, llenas de luz, siguen iluminando a los ciudadanos.


    Sebastián podrá asesinar a la energía fotovoltaica pero jamás podrá acabar con su padre, el SOL”


    PIRÍMIDE, Sacerdote del Astro Rey.




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