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Tema: Facturas rectificativas
- 16/10/2010, 20:03 #1Miembro del foro
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Facturas rectificativas
Hola:
Quería pediros un poco de ayuda, orientación sobre cómo proceder con las facturas rectificativas enviadas por Iberdrola de cara a la presentación del IVA, especialmente cuando corresponden a trimestres del IVA ya vencidos.
A la explicación dada directamente por ellos, me ha resultado confusa y nada aclaratoria.
Espero, por favor, vuestra ayuda.
Gracias
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- 16/10/2010, 22:20 #2Forero
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Respuesta: Facturas rectificativas
Hola patxian,
yo también he tenido problemas con la facturas rectificadas de Iberdrola.
Yo lo hago así:
1. Doy como entrada las facturas que me pasan del mes correspondiente, BI e IVA.
2. Cuando me pasan la factura rectificada, de meses anteriores, lo que hago es anotar la diferencia respecto a lo que pagaron en la primera factura del mes correspondiente, y el valor que corresponde a la rectificada.
Por ejemplo:
a) si pagaron en la primera factura 100 y en la rectificada calculan que correspondían 105, anoto ahora el valor de 5 en esa factura. La factura con el valor de 100 ya quedó registrada.
b) si en lugar de 100 la rectificada es de 98, anoto ahora -2.
3. Cuando hago la declaración trimestral sumo valores positivos y negativos (BI e IVA), y el resultado es lo que declaro.
4. Para evitar revisiones de facturas, he quedado con Ibedrola pasarles la lectura real del contador entre el 20-25 de cada mes para evitar todo este follón
Espero haberte ayudado.
Suerte y SaludosFerBel. Ayora.
- 18/10/2010, 09:02 #3
Respuesta: Facturas rectificativas
Entiendo que la solución que te da farbel es medianamente válida y sobro todo de andar por casa y lo más importante, el resultado final es el mismo.
Lo que realmente se debe de hacer es lo siguiente:
Ejemplo:
En febrero emitieron la factura X por importe de 100 e iva 16%
Se declaró en el 1er. trimestre B.I. 100.-€ e I.V.A. 16.-€
Ahora en Septiembre Iberdrola te ha enviado una rectificativa donde la BI es 200 y el I.V.A. 32.-€ (16%)
Así en el tercer trimestre debes de incorporar la factura rectificativa tal cual te la han remitido:
BI: 200.-€ I.V.A. 16% = 32.-€
Y debes de incorporar EN NEGATIVO la factura que rectifica, ya que la rectificativa LA ANULA (debes incorporarla con la fecha que fué, o sea Febrero, para que si repasaras el I.V.A. siempre sabrás a qué factura o período corresponde la negativa o anulada)
BI: - 100.-€ I.V.A. 16% = -16.-€
Quedántote pues para ingresar en hacienda la diferencia, o sea 16.-€
En caso de que la factura rectificativa fuera menor, se procede de la misma manera, ejemplo: Rectificativa BI: 80.-€ - I.V.A. 12,8.-€
En la declaracion sería:
Rectificativa: BI: 80.-€ I.V.A. 12,80.-€
Anulada o rectificada: B.I. -100.-€ I.V.A.: -16.-€
Quedántote al final un I.V.A. a compensar (a tu favor) de - 3,20.-€
Saludos