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Tema: Ya hay borrador
- 03/08/2010, 00:38 #51Forero
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Respuesta: Ya hay borrador
Fergama, perdóname si te ofendo, pero tus comentarios son muy malos y no aportan nada. Todos estamos cansados de escuchar la misma cantinela de parte de gente que habla sin criterio propio y con gran desconocimiento de la situación. Tus argumentos y forma de expresarte te delatan. Si quisiéramos ver este tipo de mensajes nos meteríamos en el foro de libertaddigital.com o similares.
Aunque esté fuera de contexto, quiere felicitar a todos los participantes del foro. Nunca había visto una comunidad virtual donde conocimiento, profesionalidad y la vez, capacidad de movilización hayan ido tan de la mano.
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- 03/08/2010, 00:55 #52Forero
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Respuesta: Ya hay borrador
Precisamente digo ese 10% para todos aquellos que tienen una "repontenciación" de una cuantía no escandalosa..., y para lo que en vez de debatir (berrean y se encasillan en posturas maximalistas que no llevan a nada, y no eres tú...) la mía tiene un repon. del 6%.
Es sólo una idea y lo siento si opinar y discrepar va contracorriente.
- 03/08/2010, 00:58 #53Forero
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Respuesta: Ya hay borrador
- 03/08/2010, 01:00 #54Forero
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- 03/08/2010, 01:09 #55Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
Quinto, lamentablemente creo que 18029632 no te entendió.
Está bien que esté de acuerdo con prohibir las repotenciaciones, pero no dice nada de tu argumento sobre respetar aquellas instalaciones que fueron concebidas desde su origen con potencias picos superiores en más de un 10% sobre la potencia nominal.
Pareciera que no discierne entre repotenciaciones, y plantas que tienen potencias pico superiores en más de un 10% a la potencia nominal desde la concepción original del proyecto, cosa que el RD 661/2007 no objetaba en modo alguno.
Por cierto, tal como sugería Ramoncho1, 180296632 tiene una planta en la que la potencia pico es superior a la potencia nominal en una cantidad igual o inferior al 10% (en este caso el 6%) y por eso se expresa como se expresa, y así nos va.Última edición por andres00; 03/08/2010 a las 09:20
- 03/08/2010, 09:15 #56Forero
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Respuesta: Ya hay borrador
Ve usted como yo opino conociendo su realidad y su potencia pico es menor del 10% que la de la nominal, que casualidad, si su instalación hubiese tenido una potencia pico del 13% sobre la nominal, cual hubiera sido su recomendación, quizás el margen que hubiera propuesto hubiera sido del 15% ? ..
Quién es usted para determinar cual es la potencia pico " normal " ?
El 99% de los que aquí escribimos efectuamos , como usted dice, " actos normales ", plantas en plazo , etc ..
Yo me he declarado en contra, si usted lee el foro, de las repotenciaciones excesivas en origen ( pero no las cuantifico ) y sobre todo de las repotenciaciones a posteriori .. la instalación en origen de potencia pico tiene sus explicaciones técnicas y es perfectamente legal, si se quiere limitar cuantitativamente, tendrá que ser bajo la realidad de las instalaciones para que no afecta a quien, de forma regular, legal y "normal" acometió sus inversiones y en todo caso perjudique a esos "listillos" que desde luego, haberlos los hay, y no de una forma aleatoria, arbitraria y por supuesto, como acabamos de ver INTERESADA por su parte ..
Aquí en este foro tratamos de defender nuestros derechos en su conjunto, siempre desde la legalidad de las normas, no tratamos de tirar piedras contra otros, que es precisamente lo que usted ha hecho, eso sí, por supuesto, guardándose sus espaldas ... el margen que propone no le afecta en absoluto ..
- 03/08/2010, 09:48 #57Forero
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Respuesta: Ya hay borrador
andres00:
Para despejar cualquier duda: no soy propietario de ninguna instalación fotovoltaica. Lo que me mueve a leer y escribir en este foro es mi deseo de cambio del modelo energético.
La pretensión de limitar los años de tarifa a las instalaciones fotovoltaicas del RD 661/2007 tiene un caracter claramente retroactivo y es una expropiación en toda regla. Además sólo se aplica a la fotovoltaica. Me gustaría que alquien me explicara que justifica que una solar termoeléctrica de las que esta previsto que entren en funcionamiento siga cobrando tarifa después de 25 años y en cambio las fotovoltaicas no.
Pero dicho esto y puesto que el tema está encima de mesa creo que no se le escapa a nadie que es díficil defender ante la opinión pública la pertinencia de mantener la tarifa más alla de los 25 años (incluso en este mismo foro he leido opiniones de gente que o bien le parece prescincible o bien le parece excesivo). Creo que los dos aspectos son importantes. No sólo defender la ilegalidad de su retirada sino también argumentar la pertinencia de su permanencia.
- 03/08/2010, 10:02 #58Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
Inquietud, ante todo mis respetos a tus valiosas contribuciones en el Foro. Aunque en mi exposición aparecen juntos tú y quien se hace llamar 18029632, no pretendía, ni mucho menos, ponerlos en un mismo saco. Conozco tu trayectoria en este Foro y la valoro muy positivamente. No puedo decir lo mismo de las opiniones recientes de 18029632.
Aclarado lo anterior, justamente en mi reflexión trato de aportar razones para explicar los efectos negativos de la medida de limitar a 25 años el cobro a tarifa regulada. En este caso, por el simple hecho de que una medida con efectos retraoactivos afecta la seguridad jurídica, aumenta la prima de riesgo y en consecuencia afecta a la baja las valoraciones de las plantas FV. Estoy consciente de que este hecho que es REAL, es dificil hacerlo llegar al común de los ciudadanos.
- 03/08/2010, 10:16 #59Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
Entonces recapitulando sobre las propuestas que han salido:
1 - Limitación de potencia a instalar: 400% de la potencia contratada.
2 - Solicitud telemática, ya no se puede hacer via correo ordinario.
3 - Hay que hacer nueva solicitud en cada convocatoria, o ratificar la ya hecha.
4 - Bajada del 5%, 25% y 45% de la tarifa en las instalaciones tipo I.1. I.2 y II.
5 - Se elimina la necesidad de tener licencia de obras para solicitar prefo en tipo I.1.
6 - La potencia no efectuada pero asignada, se pierde.
7 - Prohibición de las repotenciaciones tras la puesta en marcha.
8 - Derogación de la tarifa tras 25 años, después precio de pull.
Conexión de instalaciones
1 - Estudio de punto de conexión gratuito.
2 - Mayor protección ante "retrasos" en la resolución de los puntos de conexión.
3 - Instalaciones de conexión abreviada.
4 - Posibilidad de separación galvánica mediante metodos que no sean trafos.
5 - Autorizacion administrativa no obligatoria para menos de 100 kW?? (disposición adicional segunda).
NO dice nada de limitación de horas, ¿verdad?. La única medida "retroactiva" es la limitación de tarifa a 25 años, ¿no?.
Si me equivoco, o me dejo algo importante, que lo comente alguien. Creo que es más constructivo el comentar lo que realmente ha cambiado, que tirarnos los trastos a la cabeza, para ello creo que el hilo de retroactividad es más apropiado (es mi opinión).
- 03/08/2010, 10:19 #60Forero
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Respuesta: Ya hay borrador
sólo apoyar y agradecer a los que están luchando por la justicia y la legalidad que nuestras instalaciones e inversiones se merecen cum derecho.
Toda retroactividad es un ataque al patrimonio, despropiación, y hace que las instalaciones valgan de golpe menos, y los bancos no las consideren, afectan al patrimonio.
Además el ejemplo de inseguridad jurídica:
Tipico de república bananera, o es que nos gobierna Chavez & Company?, esto habría que preguntáserlo a ZP.
Se que no es un gran aporte pero gracias y ánimo.
Buen y soleado verano.
- 03/08/2010, 11:16 #61Forero
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Respuesta: Ya hay borrador
Me quedo con el resumen de gatusso. Como productores, nos joderán lo que quieran (Ver "el asedio" de Reverte), pero como profesionales buscarnos el camino a seguir
Me interesa muchísimo el tema del autoconsumo, ya que creo que ahí el futuro de los pequeños y medianos profesionales del sector. A ver si lo he entendido bien.
Un cliente quiere hacer una instalación de 10 Kw para autoconsumo en su instalación interior.
No necesita licencia de obra
No necesita licencia administrativa.
Luego solo necesitará boletín instalador y informar a la distribuidora. Supongo que se deberá cambiar el contador por uno bidireccional.
El que haga esto, ¿cobrará primas? Yo creo que no porque entonces debería pasar por el ripre, y otras cosas técnicas.
A lo que quiero llegar, es que si no cobra primas, ni hacen falta apenas permisos, es una inversión "que no deberá agradecer al gobierno" ni estar pendiente de futuros cambios, y sobre todo librarse del choteo que es a día de hoy las inscripciones en ripre con meses y meses por delante.
- 03/08/2010, 13:33 #62
Respuesta: Ya hay borrador
Para empezar creo que habria que preguntarse cual fue el motivo que llevo al legislador a disponer en su momento una tarifa sin limitación temporal.
Me parece razonable que la duracion de la tarifa sea igual a la vida util de los equipos pero el problema radica en que no se puede conocer a priori y con certeza cual es esta vida util. Esta me parece que es la justificación de que la percepcion de la tarifa se extendiera mas allá de los 25 años porque está claro que la vida del componente fundamental de la instalacion, que son las placas, es superior a los 25 años.
Conociendo esto siempre habia hecho mis planes contando con una vida util de 30 años durante los cuales percibiria la tarifa regulada y con la premisa de renovar a los 15 años los inversores. Asi es como hice mi plan de negocio que estos sinverguenzas estan empeñados en dejar en papel mojado.
Por lo tanto no creo que nadie razonable haya pensado en cobrar a perpetuidad la tarifa regulada y si este es motivo de preocupacion por parte del Ministerio bastaria con limitar la tarifa a la vida util de los equipos y regular las condiciones de mantenimiento y sustitución de equipos de la instalación.
Es la manera de primar la calidad porque la instalacion mejor construida y con mejores materiales tendrá una mayor longevidad y tambien una mayor rentabilidad. Es la manera de conseguir que este criterio de calidad se convierta en un criterio de seleccion hacia el futuro."Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke
- 03/08/2010, 13:55 #63Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
Gracias Gatusso por reordenar un poco el tema. A mí sigue sin cuadrarme si la limitación de horas es para las 661 o tb para las 1578 y posteriores.
Por otra parte no he visto en ningún sitio lo de la limitación de la pico sobre la nominal, lo acabo de repasar y no lo veo, pero lo he oido radio-macuto. En este sentido, a partir de estudios concienzudos del IES (llámese este "principiante yogurin" llamado Eduardo Lorenzo), análisis de software de gran prestigio como el PVSYST y la propia recomendación de los fabricantes de inversores, un 25-35% sobre la nominal es la más eficiente. Luego, si la instalación no tiene la orientación-inclinación óptima nos iríamos hasta un 40-45%. Esto es así, y si hay alguien que no esté de acuerdo le hago la demostración o le paso el estudio.
Otra cosa bien diferente es que hagas una instalación deprisa y corriendo con los módulos que te caben para entrar en prefo, y posteriormente repotencias con precios de módulos más bajos y tarifa igual, eso sí que debe ser sancionable, al menos desde mi punto de vista.
Saludos, Tecnun
- 03/08/2010, 14:18 #64Forero
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- 03/08/2010, 14:31 #65Forero
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Respuesta: Ya hay borrador
Pues fijate si a esto, unes la imposibilidad de trasmitir la instalación en 2 años, cuando el promover y vender era la practica habitual de relación-negocio de Instaladores y personas sin suelo o cubiertas (que somos la mayoria), ....lamentable. Pienso que al menos a las instalaciones con registro de prefo se les debiera de eximir de este tipo de condicionantes.....
Esto es la leche
- 03/08/2010, 14:32 #66Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
tecnum...
Estoy totalmente de acuerdo con esos datos (que conste), pero ¿podrias de todas formas pasarme ese estudio?
- 03/08/2010, 16:51 #67Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
He hecho un estudio personal basado en las fuentes que os comentaba y con una dinámica parecida a la de Lorenzo pero es propiedad intelectual de la empresa a la que pertenezco, de todas formas hay 3 argumentos fáciles de argumentar que seguro que os sirven, además el hecho de que el experimental está avalado por el IES da más fuerza que el que mi empresa os pueda pasar.
Os paso el artículo de E. Lorenzo que es público y perfectamente entendible. El resto no es más que hacer pruebas de simulación en PVSYST y observar las recomendaciones de los fabricantes de inversores (fijaos pe en los Ingeteam y tb tomad en cuenta que el "interés" del fabricante es que esa relación sea la más corta posible para asi, fijada la potencia instalada, te vendan el mayor nº de kW de potencia nominal.
Gracias por la confianza Er_Megawatio y Ramoncho
- 03/08/2010, 17:02 #68Forero
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Respuesta: Ya hay borrador
No se de donde sacas semenjantes conclusiones totalmente erroneas e insultantes que no tienen fundamento ninguno. Pero no voy a entrar a tu nivel contestando como quizas debería.
La cuestion es muy clara.
Quien realmente se ha hecho rico en este negocio son los productores de placas fotovoltaicas porque si no como se explica que hace unos años el precio del Wp rondaba los 8 euros y ahora está a menos de 4 euros? Me parece a mi que los costes no tienen nada que ver en estos precios, sino que mas bien los productores de placas fotovoltaicas hicieron el calculo de cual era la prima y de ahi sacaron los precios. Luego se quejaron de que tenian que echar a gente de las fabricas porque bajaron mucho las ventas....
Este es el problema de todos los negocios sostenidos artificialmente, con una rentabilidad de boletin que no se corresponde con lo razonable.
Ahora la queja es que no se cobra prima mas de durante 25 años. No entiendo la queja y la protesta, teniendo en cuenta que se planteaba una rebaja importante de las primas para las plantas que ya estan en marcha. Me parece a mi que el Ministro ha sido relativamente suave con el sector. Porque a los 25 años tienes una instalación totalmente amortizada y el que no haya primas no quiere decir que no vayas a cobrar nada....siempre se cobrará al precio del pool. Un buen negocio diria yo, pues entra dinero contante y sonante todos los meses y apenas si se tienen gastos, porque el coste de la energia es gratis (el sol no cobra de momento por sus rayos...) lo cual supone una rentabilidad al negocio bastante alta como los famosos windfall profits....Por eso no entiendo la queja en absoluto y ese rasgarse de vestiduras que estoy escuchando en el sector.
Y por lo que respecta a la investigación de plantas fraudulentas pues si que es cierto que se deberia haber actuado mucho antes. No entiendo porque se ha esperado tanto a resolver este tema.
Y el resto de cuestiones me parece razonable, porque si una instalación en cubierta tiene una prima superior es porque se quiere primar la generación distribuida cercana a los puntos de consumo, por lo que está totalmente justificada la limitación de instalación de potencia al consumo de energia que tenga la nave.
Y aquellos comentarios sobre invernaderos, dudo mucho que un invernadero grande que tenga instalados 1.8 MW consuma ni la minima parte de esa energia en consumos propios. Mas bien me parece a mi que eso de los invernaderos es el truco de los "listos" que tratan de escabullirse de la norma y buscar los resquicios legales para "colarnoslas" a todos los españoles (que somos los que pagamos esas primas con nuestra factura de la luz, que es de las mas caras de europa...)
- 03/08/2010, 17:09 #69
Respuesta: Ya hay borrador
Lo de sobredimensionar el generador respecto a la potencia nominal del inversor no se puede generalizar, porque:
1. existen inversores que llegan a mayor eficiencia en cargas parciales (por ejemplo los Sunways NT 900V)
2. hay localidades que disponen de irradiaciones muy altas en combinación de temperaturas bajas y por lo cual el panel llega a potencias mayores de la nominal; aunque por ejemplo elaboré un estudio para un sitio que da irradiaciones picas de >1200 W/m2 en combinación con temperaturas ambientales de 15ºC y menos.
Saludos
- 03/08/2010, 17:25 #70Forero
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- 03/08/2010, 17:30 #71Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
Ahí es donde algún día deberíamos llegar, a profesionalizar el sector un poquito y a no limitar (llámese horas, llémese pot pico, etc) a tituplen. Cada caso es un mundo, y a de estudiarse como caso único. El hecho de que presente unos ratios mayores no es más que una generalización, pero lo que intenta demostrar es que los órdenes de magnitud que alguno maneja como excesivos no lo son, es más, son insuficientes e ineficientes
Sds Tecnun
- 03/08/2010, 21:13 #72Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
Gracia tecnum por la informacion...
Tambien estoy de acuerdo contigo que cada instalacion es un mundo,
- 03/08/2010, 21:36 #73Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
Entonces las instalaciones en cubierta menores de 100 kw, solo tendran un 5% de descuento sobre el decreto 1578?
- 03/08/2010, 22:18 #74Miembro del foro
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Respuesta: Ya hay borrador
Se supone que las de tipo I.1 que son las menores de 20kw...
¿No?
- 03/08/2010, 23:06 #75