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  1. #1
    Avatar de Quinto
    Quinto está desconectado Forero
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    Predeterminado ¿Os acordáis de la falta de actualización de tarifas en 2007?

    Bueno, pues acabo de averiguar que fue recurrida por dos SA que tenían plantas fotovoltaicas. El asunto llegó al Tribunal Supremo. Esto es lo que dice la sentencia al respecto.

    Sentencia del TS de 3/12/2009

    “En último término, procede considerar que la pretensión de que se condene a la Administración a que acuerde la actualización de tarifas correspondientes a 2007, aplicando la metodología de actualización resultante del Real Decreto 436/2004 , o bien del Real Decreto 661/2007 , debe ser rechazada, puesto que el criterio de no elevación de los valores de la tarifa regulada para las instalaciones de tecnología fotovoltaica se justifica en que la rentabilidad de la actividad de generación a partir de esta tecnología era superior a la considerada como retribución suficiente y razonable”


    Sin más justificación, sin ningún dato que indique cual es esa concreta rentabilidad o los índices objetivos en los que se basa la afirmación. Nada.

    En primer término he sentido vergüenza. En último término me he quedado frío.
    "Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke

  2. #2
    Viasol está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Os acordáis de la falta de actualización de tarifas en 2007?

    El magistrado ese Campos que hace siempre las sentencias del TS sobre este asunto también parece del lobby nuclear, pero creo que si ahora el Gobierno decidiera, ojalá que no, bajar la tarifa de la FV retroactivamente, la fundamentación de los recursos, que ya sería mucho más profunda, obligaría al TS a profundizar en lo que se considera o no razonable y por qué, en lo que son derechos incorporados en el patrimonio o meras expectativas, en el concepto de retribución fija o tarifa (que no variable en base a primas ) etc...

    Es mejor conocer de antemano la opinión y lo poco que ha profundizado del TS hasta ahora para prepararanos adecuadamente.

    Si vis pacem para bellum

  3. #3
    Avatar de Quinto
    Quinto está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Os acordáis de la falta de actualización de tarifas en 2007?

    A mi me parece que con esta sentencia, independientemente de lo que haga Sebastian en el futuro, se ha quebrado de manera definitiva la poca seguridad juridica que pudiera haber en este pais y de camino la seguridad tambien necesaria en que los tribunales de justicia velaran por la legalidad y no por la oportunidad. Jamas en toda mi vida se me volverá a pasar por la cabeza invertir en una actividad regulada. Tendría que estar loco.

    En la exposicion de motivos del RD 661 se dice que la rentabilidad fijada en sus tarifas es razonable. Los informes de la CNE asi lo acreditan.

    Una actualización hubiera supuesto alrededor de un 2% de subida.

    Según el criterio del magistrado ponente D. Jose Manuel Bandres la linea de la rentabilidad razonable es tan nítida y concreta que le permite discernir en ese entorno de un 2% de tal manera que la rentabilidad ofrecida es razonable pero, si se eleva un 2%, ya es excesiva.

    Esta consideración le permite convertir en papel mojado las actualizaciones de tarifas previstas expresamente en las normas.

    Creo sinceramente que olvidó que los tribunales hacen un juicio de legalidad y no de oportunidad o que tiene un deber de tutela.

    Las empresas recurrentes y posteriormente todos nosotros hemos tenido que tragar con este marrón. Sin mas opciones de apelación. Eso es lo que hay.

    Esta sentencia contiene otras perlas como ignorar que en el RD 436 se dice de manera expresa que las revisiones de tarifas no tendran caracter retroactivo. Envuelto en mucho celofan legalista se viene a justificar la ruptura de una garantía dada por el Estado. Esto me hace pensar que Sebastian juega con una baraja marcada.

    Una noticia sobre el ponente D. Jose Manuel Bandres. Muy interesante.

    El TC estudiará la cuota a las TV para producir cine
    "Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke

  4. #4
    Viasol está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Os acordáis de la falta de actualización de tarifas en 2007?

    Pues parece que este ponente Bandrés tiende a anteponer el "interés general", cuya expresión para él evidentemente es la postura del Gobierno publicada en el BOE, a otras consideraciones jurídicas...

  5. #5
    Juan Eloy está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Os acordáis de la falta de actualización de tarifas en 2007?

    Sí , Quinto y Viasol , peligroso y de difícil comprensión . La ley es la ley . Otra vez ese concepto esquivo de "rentabilidad razonable" .

    ¿No fue recurrida la sentencia ante un organismo superior? . Interpreto del hilo "sobre un recorte retroactivo" que un recorte retroactivo de las tarifas del 661 se dirimiría en el extranjero , en órganos superiores a nuestro TS (para este tipo de casos) .

    Entiendo , para este caso , que sería recurrible pero quizá fuesen mayores los gastos y quebraderos de cabeza que el posible beneficio futuro .

    Quinto , estoy contigo , en otra de éstas no vuelven a pillarme .

  6. #6
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Os acordáis de la falta de actualización de tarifas en 2007?

    el lado positivo de la sentencia es que considera no razonable un +2% , de lo q se deduce que un -2% tampoco sería razonable




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