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- 09/04/2010, 10:33 #1
solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Buenas:
Llevamos unos meses en los que encontramos diferencias de lecturas entre el contador y lo que finalmente nos abona en este caso, Gesternova y ante la reclamación efectuada, este es la respuesta:
Buenos días Pascual,
En relación a las diferencias que se han producido en las últimas facturas, he revisado la curva de carga de la instalación y la diferencia en la lectura se debe a que la CNE limita la energía de la instalación a la potencia nominal de tu instalación. Según el registro del ministerio tu instalación tiene una potencia nominal de 50 kW, por tanto en todas aquellas horas en las que la energía exceda esta potencia la CNE considera una lectura de 50 kW.
Adjunto excel donde podrás ver para el mes de enero:
1)La curva de carga de tu instalación (energía total de XXXX).
2)La curva de carga con la limitación de potencia que realiza la CNE y que es la lectura que consta en la factura que te mandamos: XXXX-136 Kw.
Para cualquier aclaración que precises estamos a tu disposición,
Saludos,
Si alguien sabe algo al respecto.....
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- 09/04/2010, 10:45 #2Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Se están quedando contigo, ¿Te han enviado eso por escrito? Que cracks!!! Una cosa es la energía y otra la potencia, son cosas diferentes. ¿Qué excede a qué? ¿Dos kilos de tocino o 20 km/h?
- 09/04/2010, 11:51 #3Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Pregunto, eh?
¿Puede ser que el inversor no 'corte a 50 kw' y eso no se paga ?Esto es la leche
- 09/04/2010, 11:57 #4
Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Pues eso que comentáis es lo que exactamente está pasando. Pero alguien sabe si hay una base legal para que puedan hacerlo???
Sd2
- 09/04/2010, 12:05 #5Miembro del foro
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Es lo que establece el nuevo procedimiento y ha sido impuesto por la CNE.
Da igual valores negativos o superiores a las potencias nominales son acotados.
- 09/04/2010, 12:09 #6
Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Pues si es como dices vamos a perder muchos Kw................
- 10/04/2010, 10:09 #7Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Pues yo quiero ver ese procedimiento porque no me lo creo. Primero,los valores negativos es energía consumida y se resta de la producción, porque si fuese así y me acotan los valores negativos monto una panadería o lo que sea para consumir por las noches en mi instalación y me forro. Y segundo, qué pasa con la energía que has producido y te han acotado, regalito para las eléctricas?
- 10/04/2010, 11:43 #8
Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Pues yo estoy contigo, pero si es cierto que existe ese procedimiento, estará por escrito, no?. Y de momento nadie me lo ha enviado.
Sd2
- 10/04/2010, 17:29 #9Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Esto es perfectamente legal, porque una instalación inscrita con una potencia determinada no puede evacuar mayor potencia de la que tiene autorizada. Y para evitar confusiones aqui se está hablando en realidad de potencia horaria. Es decir, que los kWh producidos en una hora nunca podrán ser superiores a la potencia nominal de la instalación. Esta medida que toma la CNE me imagino que es para evitar el fraude, ya que todos sabemos que los inversores se pueden "trastear" para que den mas potencia de la potencia nominal, y además una vez realizada una instalación fotovoltaica también se pueden instalar mas placas. España es un pais de "listos", y por eso puede que la CNE actue asi.....no olvidemos que el pago de primas de fotovoltaicas supone un montante muy grande (relación prima en euros con potencia en kw) y tanto el Gobierno, como la CNE como las eléctricas harán todo lo posible para evitar los abusos y que estas cantidades no se disparen de manera desmesurada...y a mi me parece bien. Los "listos" que hayan ampliado sus instalaciones de estranjis...tendrán que legalizarlas debidamente....por supuesto...como tiene que ser.
- 10/04/2010, 18:02 #10Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Y por si no te queda claro todavia te recomiendo que te leas el Anexo XII del RD 661/2007 donde se determina claramente cual es la curva de energía que se aplica. Toda la energia que se salga de esa curva determinada en este anexo se sobreentiende que es debido a que se ha instalado mas potencia de la autorizada y por lo tanto no tiene derecho a prima. El Anexo XII es el procedimiento que aplica la CNE.
- 10/04/2010, 18:41 #11Miembro del foro
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
¿Cómo puedes defender algo tan delicado con una afirmación tan endeble como eso de que "...se sobreentiende que es debido a que se ha instalado más potencia de la autorizada"?
Lamentablemente no soy técnico, pero seguro alguien en el Foro podrá contrargumentar eso mejor que yo.
De entrada me parece que la potencia que se genera en un mes puede variar mucho dependiendo de si el mes ha sido muy bueno o no en cuanto a radiación solar, y dependiendo de si la instalación tiene o no seguidores solares.
Los valores de la tabla del Anexo XII del RD 661 son orientativos y en ningún caso podrían considerarse valores máximos, y no consideran la presencia o no de seguidores solares.
Además, no has dado respuesta al planteamiento de Lugh: "qué pasa con la energía que has producido y te han acotado, ¿regalito para las eléctricas?"
Este asunto, que de nuevo me parece muy delicado, tiene que tener algo más de fondo
- 10/04/2010, 19:45 #12Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
No hace falta que jures que no eres técnico porque si no no harias esa afirmación tan sui generis. Por supuesto que la energia de una planta fotovotaica varia mucho en funcion de las horas de sol, de si hay seguidores o no, de la latitud en donde esté situada, de la temperatura ambiente y de muchas otras cosas mas.....Lo que no va a suceder nunca es que una instalación de mas potencia de la potencia pico, porque la potencia pico es el máximo teórico en las condiciones ideales que puede dar la placa fotovoltaica. Por muchos seguidores que le pongas o sol que haya nunca vas a conseguir que una placa fotovoltaica de 200 W te de 250 W. Eso no es posible.....si lo consiguieras sería algo "magico" e inexplicable....o es que nos estás engañando o es que sacas la energía de un agujero negro energetico...
- 10/04/2010, 19:57 #13Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Y por lo tanto si tu multiplicas las horas solares pico por la potencia pico te dará siempre la potencia máxima que es capaz de dar esa instalación fotovoltaica. Estas curvas son por lo tanto el máximo teórico. Si se dan mas kWh es entonces porque la potencia de la instalación es superior. Y aqui no influye para nada los seguidores, ni las horas de sol, ni nada....ya que las horas solares pico son las horas de sol "ideales" suponiendo una irradiación solar constante de 1000 w/m2. De modo que estas horas con esta irradiación sean equivalentes a la irradiación realmente producida en ese periodo. Este es el máximo teórico que no se puede superar en ningun modo....deberias repasarte un poco mejor la teoria de las placas fotovoltaicas antes de hablar en este foro de estos temas sin saber.
- 10/04/2010, 19:58 #14Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
perdon....si multiplicas las horas solares pico por la potencia pico lo que te da es la energia (kWh) máxima teórica de la instalación fotovoltaica.....por lo tanto, todo lo que se salga de eso es porque el "menda" que intenta facturar mas de esto quiere "engañar" al sistema, ya que ha instalado mas de lo que se le ha autorizado...
- 10/04/2010, 20:21 #15Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Y sobre la pregunta ultima de Lugh "¿Que pasa con la energia que has producido y te han acotado? ¿Regalito para las eléctricas?", pues esa energia no es regalito para las electricas sino que formaria parte de la baldita..es decir se venderia a precio de mercado, pero no tendria derecho a prima.
- 10/04/2010, 20:48 #16Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Una pregunta Fergama, que veo que estás puesto en el tema :
mi instalación tiene una potencia nominal instalada de 100 Kw y la potencia pico es de 115,6 kw ..
Mi pregunta es :
¿ todas producciones que superen los 100kwh ( me refiero a producciones durante 1 hora ) son las que se pagarán a precio de mercado o las que superen los 115,6 kwh ?, es decir, imagínate que de las 14 horas a las 15 horas la producción ha sido de 105 kwh ... la pregunta es :
Si 100 kwh me los pagarán con la prima y 5 sin la prima o
al no haber superado los 115,6 kwh pico me pagarían los 105 con prima.
un saludo y gracias.
- 10/04/2010, 22:32 #17Miembro del foro
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Fermaga: yo no seré un técnico pero creo estás presumiendo de saber mucho y estás mezclando conceptos.
Primero, en tu argumentación estás todo el tiempo refiriéndote a la multiplicación de la potencia pico de la planta por las horas de sol pico. Lo que regula el RD 661 es la potencia nominal, no la potencia pico. Una planta de 100 kW nominales puede tener 105 kWp, o puede tener 115,6 kWp como la de Ramoncho1, y si en ninguno de los dos casos se han trucado los inversores cuya potencia suman 100 kW nominales, seguramente producirá más kWh la de 115,6, aunque habrá invertido más en placas y quizás bajo ciertas condiciones esté desperdiciando potencia pico y los inversores no le conviertan toda la energía producida.
Por otro lado, es cierto que las horas solares pico se corresponden con las horas solares "ideales" a 1000 W/m2, pero eso no quiere decir que las tablas en las que aparecen valores de horas solares pico, estén reflejando los valores "máximos" de radiación que son alcanzables en un determinado mes o año y en una determinada zona geográfica. Eso son cifras "promedio" de unas mediciones de varios años. Pueden haber meses o años en los que la radiación recibida este por encima de la media de horas solares pico que recogen las tablas y en esos meses o años, la producción en kWh ser sùperior a la que se obtendría de las tablas, sin haber trucado nada de nada.
- 11/04/2010, 12:33 #18
Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Hombre, según mi modesto conocimiento del tema, el tener una mayor potencia pico hace que de media produzcas más Kwh a lo largo del día, pero en ningún momento por encima de la potencia nominal, que viene dada por la potencia del inversor. El inversor, por así decirlo, "capa" la potencia en un máximo determinado.
Por poner un ejemplo exagerado, si alguien tiene un inversor de 100KW, pero una potencia pico de 1MWp, probablemente esté produciendo en todas las horas de luz el máximo permitido por el inversor de 100KWh, y la curva del día parecería más bien una recta, pero nunca superaría los 100KWh de producción en ningún momento. Alguien que instale solamente 105KWp con el mismo inversor producirá mucho menos a lo largo del día, pero en las horas punta también alcanzará los 100KWh si las condiciones ambientales son adecuadas.
Lo que la ley dice es que, para este ejemplo, en ningún momento se puede producir más de los 100Kwh que vienen determinados por tu potencia nominal y por tu inversor. Si estás produciendo más es que algo no cuadra, y que tu potencia nominal y la de tu inversor son mayores de lo que has declarado.
No veo que haya tanta controversia acerca de este tema.
- 11/04/2010, 12:51 #19Miembro del foro
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- 11/04/2010, 14:12 #20Miembro del foro
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
En efecto es así, la limitación de potencia está en el inversor. Lo que nunca podrá ser es que una instalación de 100Kw en inversores genere , por ejemplo, la hora 12 del 15 de Julio 130 Kwh. indicaría claramente un fraude. Lo mismo ocurre en el consumo cuando hay control de potencia, no es nada raro, y solo perjudica al que comete el fraude. de todas formas mis inversores son de 7000 w nominales y pueden llegar a 7011 w con lo que la pérdida si se llega a dar es despreciable. ese margen de 11 seguro que se lo comen las pérdidas.
- 11/04/2010, 15:34 #21Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Pues hay inversores que tienen de potencia nominal 5kwh y pueden dar una potencia máxima de 5,4. Es el caso de los inversores ingecon Sun que tengo. Yo he visto como durante algunas horas están trabajando a 5,4. Además en mi caso que la instalación es con seguidores, la potencia pico 20,25kwh pico y la potencia nominal de 15 kw nominales, puede haber horas que estén produciendo más de 16 kwh, con lo cual creo que no se debería contar la potencia nominal de los inversores, sino la potencia máxima que pueden llegar a dar. Un saludo.
- 11/04/2010, 20:12 #22Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Tú también deberias repasarte un poco la teoría de módulos fotovoltaicos, porque la potencia nominal de un módulo es una determinada radición (1000W/m2) y temperatura de célula (25ºC), por lo tanto con más radiación y menor temperatura un módulo de 200W podria darte más potencia, pero realmente esto no viene al caso.
La potencia nominal de una planta viene determinada por el inversor, y es cierto que algunos inversores en sus caracteristicas afirman que pueden llegar a inyectar más de lo nominal, pero no engañan a nadie, lo dicen. ¿Es esto ilegal? Pues dependerá de las Delegaciones territoriales de industria que son las encargadas de velar por la correcta ejecución de las instalaciones y de que los equipos instalados se ajustan a la norma. Si ha tí te han legalizado una instalación con el inversor Z de potencia nominal Y, que puede llegar a inyectar Y+y', tu instalación no está para nada fuera de legalidad y no veo base legal para que no te paguen toda la energía que produces con prima.
Es decir, una instalación sí que puede producir por encima de su potencia nominal, ¿Que no debería? Pues exija usted a los fabricantes de inversores que limiten sus equipos a la potencia nominal, regule mejor.
Y no se puede presuponer el fraude, si existen sospechas investigue, y si lo hay, atice con mano dura.
- 12/04/2010, 11:04 #23
Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Lugh, me parece que has tropezado con piedra .
Si eso que dices fuese así, no habría coches en España. Ya que todos deberían estar 'capados' a 120 Km de velocidad máxima.
Yo creo que sí está regulado, tal como comentan, y que el cálculo (tomando la potencia pico legalizada) de kwp x hsp es bastante correcto para cortar la energía remunerada, y la que exceda .... a tarifa normal.
No veo que la producción Y+y' sea ilegal, sí está regulada pero no a tarifa máxima, sino cada parte a su tarifa."Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti
- 12/04/2010, 15:56 #24Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Estoy de acuerdo con Jol-Sol. Las plantas tienen una potencia autorizada que es la máxima potencia para las que tienen derecho a prima. Todo lo que se salga de eso debe de ir remunerado al precio de mercado.
La verdad es que esta discusión me parece muy curiosa cuando precisamente hoy ha salido la noticia en todos los telediarios y periodicos que hay huertos solares que producen de noche porque tienen "enchufados" grupos electrógenos....Y esto solo tiene un nombre: "robo" y los que hacen estas cosas "ladrones", hechos como este son precisamente los que dan mala fama al sector. Porque yo me pregunto, ¿cuantos grupos electrógenos hay instalados en este campo solar que curiosamente produce mas energía de lo normal? Eso habrá que verlo....Me parece estupendo que la CNE controle estos temas, es mas creo que deberia ser muy dura con estos casos, porque dan mala imagen al sector y con estas actitudes frustran a los verdaderos inversores, porque al final una manzana podrida pudre al resto y pagan justos por pecadores...
- 12/04/2010, 18:10 #25Forero
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Respuesta: solo se pagará la potencia nominal de la instalacion?
Que tendrá que ver el código de circulación con el Rd 661/2007 o el 1578 o un coche con un inversor. Y además, podría ocurrir si alguien decidiese que, dado que no existen carreteras en España de más de 120 km/h, todos los coches que circulen en España deberán estar 'capados', o no? Si se aprueba esa ley, por qué no?
A ver, en el artículo 3 del Rd661 se define la potencia de las instalaciones como:
Artículo 3. Potencia de las instalaciones.
1. La potencia nominal será la especificada en la
placa de características del grupo motor o alternador,
según aplique, corregida por las condiciones de medida
siguientes, en caso que sea procedente:
a) Carga: 100 por ciento en las condiciones nominales
del diseño.
b) Altitud: la del emplazamiento del equipo.
c) Temperatura ambiente: 15 ºC.
d) Pérdidas de carga: admisión 150 mm c.d.a.;
escape 250 mm c.d.a.
e) Pérdidas por ensuciamiento y degradación:tres
por ciento.
No dice nada de la potencia máxima que pueda entregar en otras condiciones el generador. No dice nada tampoco de que la energía producida por encima de la potencia nominal no tenga derecho a prima.
Por lo tanto, insisto, no hay base jurídica para que limiten la prima.