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  1. #51
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Jhango, creo q en esto tenemos opiniones muy diferentes

    Un saludo

  2. #52
    Jhango está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    En esto Pepe si estamos de acuerdo:

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    perdona si no me explico bien. Lo que quiero decir es que lo de la "rentabilidad razonable" que al ser un término indeterminado el Estado podria usar para bajar la tarifa, es precisamente el argumento fundamental para mantenerla. OK?

    La sentencia del Tribunal Supremo no explica que es rentabilidad razonable, lo suelta, pero no especifica que debemos de entender por rentabilidad razonable.

    Por esto me quejo de la inseguridad jurídica e indefensión que los promotores solares sufrieron tras recurrir antes el Supremo-

    Saludos Pepe! Y no te mosquees que este debate es muy interesante y constructivo-

  3. #53
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    perdona si no me explico bien. Lo que quiero decir es que lo de la "rentabilidad razonable" que al ser un término indeterminado el Estado podria usar para bajar la tarifa, es precisamente el argumento fundamental para mantenerla. OK?
    Sigo sin entender...

    Cita Iniciado por Jhango Ver mensaje
    La sentencia del Tribunal Supremo no explica que es rentabilidad razonable, lo suelta, pero no especifica que debemos de entender por rentabilidad razonable.
    Por esto me quejo de la inseguridad jurídica e indefensión que los promotores solares sufrieron tras recurrir antes el Supremo
    Totalmente de acuerdo contigo.

  4. #54
    Avatar de Quinto
    Quinto está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cucharita, respondiendo a tu pregunta te tengo que decir que existen tres grados de retroactividad pero la circunstancia que comentas no creo que corresponda a ninguno de ellos. No creo que en ese caso se haya dado retroactividad.

    Respecto al debate posterior mi opinion, ya expresada aunque tal vez enmascarada por otros comentarios, es que la rentabilidad actual coincide con la razonable y esa no es una cuestión ni discutible ni sujeta a ningún tipo de negociación o apreciación. Si el Gobierno intenta cambiar eso significaría para mi una declaración de guerra simplemente por el hecho de que no admito un engaño mas, mi familia vive de esto y no me iba a conformar con una docil y resignada ruina.

    Por tanto Pepe, aquí no hay nada que negociar porque todo está claro y escrito, como bien dices el decreto es mi contrato.

    No se trata de responder al Abogado del Estado, se trata de informar de la mejor manera posible a otros compañeros para que no cunda el pánico y no se adopten decisiones precipitadas llevados de este animo.

    Tampoco se trata de transmitir un estado de seguridad y tranquilidad que en mi opinion no existe. El que se sienta seguro en estas circunstancias me parece que peca no se muy bien de ingenuidad, ceguera, inconsciencia o temeridad. Por aqui ronda un tiburón que ha mostrado su aleta, si yo no hago absolutamente nada y luego se me lleva una pierna, es facil que muera sabiendo que fuí un incauto. No chapotearé para atraerlo pero le haré saber que lo he visto, que conozco su naturaleza depredadora y que seré una presa muy dura de roer.

    ¿Porque SI hay que preocuparse?

    - El autor del informe no es cualquiera, dudo que lo elaborara por propia iniciativa y mas aún que tuviera la osadia de hacerlo público sin el consentimiento de sus superiores. Ningún politico del gobierno ha disentido de su contenido.

    - Para el politico medio de este pais cuenta el fin y no los medios. Si para conseguir su objetivo hay que saltarse la ley lo harán. Eso ya lo han hecho antes.

    - Del contenido del informe se desprende que quieren hacer una barbaridad, justificada, necesaria y conveniente.

    - En España vivimos en un estado de permanente inseguridad jurídica sin que nadie mueva un dedo para ponerle remedio.

    - Nos tienen ganas por los montones de Mw que se les colaron con la anterior normativa y que amenazan con llevar a la ruina al sistema electrico y a ellos como directos responsables.

    - No cabe duda de que están estudiando una bajada de primas. Esa es una información pública. Han declarado que "de momento" no será retroactiva pero eso no es garantia de nada.

    - Las tarifas eléctricas suben y suben y hace falta un culpable de esto. Tambien hay que transmitir firmeza.

    - Juristas y profesionales de este sector son de la opinion de que hay que hacer algo. Para empezar una recogida de firmas pidiendo al Gobierno seguridad juridica.


    ¿Porque NO hay que temblar?

    - Sus pretensiones son absolutamente deshonestas e injustas. En nuestro pais tienen muy complicado ganar un pleito de esta naturaleza y fuera de nuestro pais no tienen ninguna probabilidad.


    Pepe, ¿porque es mejor no hacer nada?

    Saludos
    "Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke

  5. #55
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Ellos han usado un peón, me parece un error empezar a usar figuras. No admito negociación alguna en relación a lo establecido en el 661 y por lo tanto no tengo nada q decirle al Sr Ministro, entre otras cosas por que él no ha dicho nada. Si quieren bajar la tarifa, que lo hagan, en los juzgados nos defenderemos. Quejarse por un peón ( por mucho jefe q sea ) es un síntoma de fragilidad que la otra parte sabrá usar para llegar a un acuerdo previo al juzgado(eliminando el problema de la retroactividad para siempre). Nuestro mejor campo de batalla es en los tribunales, no en la política, y menos en los medios. Es muy fácil difundir que en medio de la mayor crisis económica existen unos señores forrándose a consta del resto con las famosas fotovoltaicas ( mirad los controladores, q no se si con razón o no pero les han linchado ¿alguno los defendeis? ). No se, yo es como lo veo.

    PD: Jhango, yo no me mosqueo. Cada uno ve las cosas como las ve y tampoco se trata de convencer al otro, eso es todo .

    Un saludo a todos

  6. #56
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    No admito negociación alguna en relación a lo establecido en el 661
    No se si has invertido en fotovoltaica bajo las reglas del 661 (pareciera que si), pero sería bueno que defendieras con esa misma convicción e ímpetu a aquellos que lo hicieron bajo las reglas del 436, y el Tribunal Supremo los dejó tirados.

    Te recuerdo lo que dijiste antes en este mismo hilo:

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    Con el 661 se cambiaron las reglas de juego pero no se ha demostrado q ello suponga un perjuicio.
    Osea, reconoces que a los que invirtieron bajo las reglas del 436 les cambiaron las reglas del juego, pero no pasa nada porque "no se ha demostrado que ello suponga un perjuicio". En cambio según tus propias palabras "no admites negociación alguna en relación a lo establecido en el 661". Vaya, vaya, que ecuánime, como se ve que tu dinero no lo pusiste cuando estaba vigente el 436.

  7. #57
    Avatar de Moucho
    Moucho está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Aunque esto mismo lo puse en otro post, lo pongo aqui para no desvirtuar la discusión.

    Yo esa sentencia aunque la considero injusta (los que invirtieron en el 436 lo hicieron en base a una determinada regulación económica) veo que no perjudica de una manera explicita a los del decreto 436 (no se les bajó la prima de golpe), sino que simplemente se les recorta los beneficios en vista de que la tarifa de referencia se veía venir que tenia que crecer de manera notable en los siguientes años. Aluden a la rentabilidad razonable, y en ese caso concreto a los del 436 que pasaron al 661 el tribunal considero que con el 661 siguen teniendo una rentabilidad razonable, ya que la tarifa no les baja (no empeoran), sino que simplemente la subida se hace de una manera mas "racional". Obviamente el tribunal fundamenta este hecho con todas las artimañas jurídicas con las que cuenta el ordenamiento jurídico español. Yo pienso que de ahí a bajarnos a todos las primas hay un abismo (mi opinión personal). Respecto al tema de la rentabilidad razonable leo en el artículo sobre la sentencia, que los abogados de las promotoras trataron de defender que el sistema de retribución del 661 es injusto, a lo que el propio tribunal responde que el 661 no es injusto pues su objetivo es obtener una rentabilidad razonable para dichas instalaciones. El mismo tribunal esta diciendo que el régimen retributivo del 661 cumple el principio de rentabilidad razonable, mientras que en el caso del 436 el régimen retributivo era superior a lo considerado como razonable.

    Bueno esto es lo que yo interpreto sobre este tema, aunque como no soy especialista en ordenamiento jurídico me aplico mis propias reservas.

    Saludos

  8. #58
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Andres, yo no defiendo ni pretendo defender a nadie. Doy mi opinión nada más. Si, yo he ido bajo el 661. Pero es igual 436 o el actual...
    En cuanto a la setencia del TS, no la he leido por lo q no opino. ¿ la has leido? ¿Por qué les dejó tirados? lo dices por la TMR? o fue otro el problrma?

  9. #59
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    Andres, yo no defiendo ni pretendo defender a nadie. Doy mi opinión nada más. Si, yo he ido bajo el 661. Pero es igual 436 o el actual...
    En cuanto a la setencia del TS, no la he leido por lo q no opino. ¿ la has leido? ¿Por qué les dejó tirados? lo dices por la TMR? o fue otro el problrma?
    Moucho acaba de responder a tu pregunta. Gracias Moucho...

    Y seguimos hablando de una "rentabilidad razonable" que nadie precisa. ¿A eso le llamamos seguridad jurídica?

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    Andres, yo no defiendo ni pretendo defender a nadie. Doy mi opinión nada más. Si, yo he ido bajo el 661. Pero es igual 436 o el actual...
    Creo que para ti NO ES IGUAL el 436 ó el el 661 (ó el actual). Te recuerdo lo que escribiste hace unas horas:

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    Con el 661 se cambiaron las reglas de juego pero no se ha demostrado q ello suponga un perjuicio. La adecuación de la tarifa electrica a sus valores "reales" suponen un incremento tremendo que con casi toda seguridad supondria la desaparición del regimen especial. Evidentemente fue un error referenciar a la TMR pero el cambio que supuso creo q es relativamente facil demostrar que no supuso un perjuicio.
    Los que invirtieron con las reglas del 436 también tenían un contrato, pero como en tu opinión es "relativamente fácil" demostrar que el cambio del 436 al 661 no supuso un perjuicio, pues eso está bien y haya ellos con su suerte. Pero tú, que invertiste bajo el 661, "No admites negociación alguna en relación a los establecido en el 661".
    Última edición por andres00; 20/02/2010 a las 01:11

  10. #60
    Avatar de Moucho
    Moucho está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Pues yo opino igual que Pepe74. Yo no admitiría ninguna negociación para que me bajaran la prima en la que me quedara peor a como estoy ahora.

    Andrés, respecto al tema de rentabilidad razonable en la sentencia, me vuelvo a citar en que el mismo mismo tribunal esta diciendo que el régimen retributivo del 661 cumple el principio de rentabilidad razonable, es decir, que ahora mismo ya tenemos una rentabilidad razonable ( con el 436 no lo teníamos, según el alto tribunal). Ahora, si el tribunal supremo en un hipotético futuro da la razón a los que deciden bajarnos las primas, pues se estaría contradiciendo y no sé hasta que punto podria hacer eso.

    Yo opino que esa sentencia hay que cogerla con pinzas para el caso que nos ocupa, ya que una cosa es la justificación en forma legal de una subrogación de un decreto a otro (del 436 al 661) en el que los del 436 no quedaron peor a como estaban (pocas voces criticas se han hecho oir en su dia con respecto a este asunto), sino que simplemente en el futuro ganan menos por ceñirse a una subida basada en el IPC -0,5 ptos, y otra muy diferente la justificación de una bajada de primas de forma indiscriminada. Es más, como lei en este mismo post, el articulo del abogado del estado salio al poco de conocerse la sentencia, por lo que podria estar basado en la sentencia.

    Esta es mi opinión.

  11. #61
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Andres, perece q a quien estás juzgando es a mí. Yo solo doy mi opinión, nada más y lo q no voy es a estar defendiendome no se muy bien de qué y de quien. Me parece estupendo q cada cual vea las cosas como quiera.
    un saludo

  12. #62
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Moucho Ver mensaje
    Pues yo opino igual que Pepe74. Yo no admitiría ninguna negociación para que me bajaran la prima en la que me quedara peor a como estoy ahora
    Pues yo también opino igual, faltaría más. El problema es que no me gustan nada las cosas que se están escribiendo en SueloSolar y en este mismo foro en relación a la Sentencia del Tribunal con relación al caso del 436, y el informe de D. Eduardo Soler Tappa. Yo lo que aún no estoy seguro y es parte de lo que se está discutiendo en este hilo es si debemos asumir una actitud pasiva o proactiva. Yo mismo aún no he logrado posicionarme claramente en un sentido o en otro y promuevo la discución. Todas las opiniones aportan de una manera u otra.

    Cita Iniciado por Moucho Ver mensaje
    Andrés, respecto al tema de rentabilidad razonable en la sentencia, me vuelvo a citar en que el mismo mismo tribunal esta diciendo que el régimen retributivo del 661 cumple el principio de rentabilidad razonable, es decir, que ahora mismo ya tenemos una rentabilidad razonable ( con el 436 no lo teníamos, según el alto tribunal). Ahora, si el tribunal supremo en un hipotético futuro da la razón a los que deciden bajarnos las primas, pues se estaría contradiciendo y no sé hasta que punto podria hacer eso.
    Moucho: esa es una reflexión MUY INTERESANTE que va en la dirección de tranquilizar a los que invirtieron bajo el 661. Quizás lo malo es que es solo una reflexión de ciudadanos comunes como tu y yo.

    Dicho eso, les invito a la reflexión sobre esta situación: Hay parques del 661 con toda la documentación en regla que están en venta. Si tuvieses la responsabilidad de asesorar a un fondo de inversión (nacional o extranjero, da igual) interesado en invertir en un parque solar, ¿que harías?. Te aseguro que si le pones sobre la mesa toda esta discusión se asustarían Y MUCHO !!.

    ¿Te parece razonable que en un país como España estemos sujetos a esta inseguridad jurídica en inversiones tan importantes y además al mismo tiempo presumiendo de que España es uno de las grandes lideres globales en renovables y muy enparticular en solar fotovoltaica? Yo lo encuentro un contrasentido y de cara a mi posición como asesor me lo pone bien dificil.

    Quizás me dirás ¿y porqué dices que hay inseguridad jurídica?. Pues no me ha gustado nada la sentencia del Tribunal Supremo sobre el 436 (por supuesto la respeto), no me gusta nada el informe de D. Eduardo Soler Tappa, y quisiera un pronunciamiento explícito y público del MITyC de que las tarifas acordadas en los respectivos RDs 436, 661 y 1578 no se van a tocar a la baja, y que en todo caso los cambios previstos a partir del 2012 con el 1578, de llevarse a efecto, NO tendrán efecto retroactivo sobre los parques construídos del 2009 al 2012 bajo el 1578.

    ESO APORTARIA MUCHO A LA SEGURIDAD JURIDICA Y SOLO RATIFICARIA LO QUE YA DICEN LOS RDs (LOS "CONTRATOS"), POR LO QUE SI ESTUVIERA TAN CLARO NO VEO PORQUE EL MITyC PARA ACABAR CON TODOS ESTOS RUMORES NO LO PONE BIEN CLARO.

    Además, el origen de toda esta discusión está, según lo publicado en este mismo FORO, en que alguien de mucho peso en el MITyC se reunió hace unos días con los representantes de ASIF, APPA, AEF y estuvieron valorando una bajada de primas de hasta un 30% (no se si en definitiva esa reunión se hizo o no, aunque algunos foreros han aportado evidencias de que si tuvo lugar).

    ¿Qué sentido tiene estar discutiendo esto AHORA, si en todo caso y según los que están "tranquilos" las tarifas del 436 y el 661 NO SE PUEDEN BAJAR, y conforme a la Disposición Adicional Quinta del 1578, lo que está previsto es, en su caso, proponer un cambio del esquema de retribución a partir del año 2012.

    Para más claridad cito textualmente esa Disposición:

    "Disposición adicional quinta. Modificación de la retribución de la actividad de producción mediante tecnología fotovoltaica.
    Durante el año 2012, a la vista de la evolución tecnológica del sector y del mercado, y del funcionamiento del régimen retributivo, se podrá modificar la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica".

    Luego, si resumimos los argumentos de aquellos defienden prudencia y tranquilidad tenemos lo siguiente:
    * A los del 436 no les "bajaron la tarifa", sino que les cambiaron la forma de cálculo de su régimen retributivo. Entiendo de esa posición que si se plantease una bajada de tarifas en toda regla, entonces sí hubiese sido inaceptable.
    * Los del 661 "no admiten ninguna negociación para que les bajen la prima con la que quedaran peor a como están ahora"
    * Los del 1578 tienen un contrato que no prevé una revisión del régimen retributivo, sino en todo caso, sólo a partir del 2012 y bajo ciertas condiciones a ser valoradas llegado ese momento.

    Entonces ¿que hacen los de ASIF, AEF, etc reuniéndose en enero o febrero del 2010, con representantes del MITyC para discutir sobre una posible bajada de primas de hasta un 30%? O bien eso no es verdad, cosa de la cual no he visto ningún desmentido oficial, ó bien los funcionarios del MITyC y las grandes asociaciones fotovoltaicas han pasado de la improvisación a la superplanificación, estudiando desde ahora posibles escenarios que tendrán que enfrentar a partir del 2012. Eso me parecería muy bien, pero no estoy muy seguro de que sea el caso.

    Además no me deja claro sobre si las pretenciones son modificar las tarifas a partir del 2012 para aquellas instalaciones que se inscriban en el PREFO a partir de la fecha en que las nuevas tarifas sean conocidas, o tendrían también efecto para los parques construídos entre el 2009 y el 2012, por aquello que mencionó LITRI un poco más arriba:

    "La tarifa regulada que le sea de aplicacion a una
    instalacion, de acuerdo con el presente real decreto, se
    mantendra durante un plazo máximo de veinticinco anos
    a contar desde la fecha mas tardia de las dos siguientes:
    la fecha de puesta en marcha o la de inscripcion de la instalacion
    en el Registro de preasignacion de retribucion,
    Dicha retribucion no podra nunca serle de aplicacion con
    anterioridad a la fecha de inscripcion en el mismo."

    Lo que defiendo, y es solo una opinión más, es que bajo estas circunstancias se lo ponen muy dificil a las empresas serias, osea, las que realmente hacen todos sus deberes antes de tomar una importante decisión de inversión y no cuentan con información privilegiada.

    Me dirán que los cupos están llenos, que las empresas se pelean para invertir en el sector, etc, etc. Seguramente muchas de esas empresas ni están enteradas de este debate, ó cuentan con información de primera mano que yo no conozco.
    Última edición por andres00; 20/02/2010 a las 14:26

  13. #63
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    Andres, perece q a quien estás juzgando es a mí. Yo solo doy mi opinión, nada más y lo q no voy es a estar defendiendome no se muy bien de qué y de quien. Me parece estupendo q cada cual vea las cosas como quiera.
    un saludo
    Pepe74, creeme que no tengo absolutamente nada contra ti, solo que lo que está pasando quizás me preocupa un poco mas que a tí. Lee el post que acabo de escribir justo antes de esa nota y verás porqué.

  14. #64
    litri está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por andres00 Ver mensaje

    Cita:
    Iniciado por Moucho
    Andrés, respecto al tema de rentabilidad razonable en la sentencia, me vuelvo a citar en que el mismo mismo tribunal esta diciendo que el régimen retributivo del 661 cumple el principio de rentabilidad razonable, es decir, que ahora mismo ya tenemos una rentabilidad razonable ( con el 436 no lo teníamos, según el alto tribunal). Ahora, si el tribunal supremo en un hipotético futuro da la razón a los que deciden bajarnos las primas, pues se estaría contradiciendo y no sé hasta que punto podria hacer eso.

    Moucho: esa es una reflexión MUY INTERESANTE que va en la dirección de tranquilizar a los que invirtieron bajo el 661. Quizás lo malo es que es solo una reflexión de ciudadanos comunes como tu y yo.
    Pues mi traducción de la sentencia es que se entendió que una TIR del 20% (436) era excesiva y bajandola a un 15% (661) se seguía manteniendo una rentabilidad razonable, sin embargo ahora (1578) la rentabilidad razonable está en 10% por lo que los que podría haber motivos para por lo menos mosquearse ante este tipo de globos sonda (aunque como he dicho anteriormente, no creo que vaya a llevarse a cabo por causas de fureza mayor).

  15. #65
    Avatar de Moucho
    Moucho está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Pues yo creo que la tarifa en el momento en que se cambio el decreto 436 al 661 era la misma en ambos decretos, por lo que veo muy dificil establecer una comparación por TIR, ya que nadie en esos momentos sabia lo que iba a subir la TMR y el IPC (ni ahora lo sabe nadie, a no ser que seas Rappel), aparte que a ti no te costo lo mismo que a mí la instalación (supongo que el ministerio se fiaria de las estimaciones de precio que decia el IDAE en los panfletos que sacaba para incentivar la inversion). Sigo pensando que la sentencia hay que cogerla con pinzas ya que lo que se cambio fue una forma de actualizar la prima, no una bajada de prima, y segun el tribunal la formula de actualizacion del 661 está dentro de lo razonable. Creo recordar que el decreto 1578 utiliza la misma formula.

    Saludos

  16. #66
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Moucho Ver mensaje
    Sigo pensando que la sentencia hay que cogerla con pinzas ya que lo que se cambio fue una forma de actualizar la prima, no una bajada de prima, y segun el tribunal la formula de actualizacion del 661 está dentro de lo razonable. Creo recordar que el decreto 1578 utiliza la misma formula
    El 1578 utiliza la misma fórmula que el 661, pero con un "pequeño" matiz:

    "La tarifa regulada que le sea de aplicacion a una
    instalacion, de acuerdo con el presente real decreto, se
    mantendra durante un plazo máximo de veinticinco anos
    a contar desde la fecha mas tardia de las dos siguientes:
    la fecha de puesta en marcha o la de inscripcion de la instalacion
    en el Registro de preasignacion de retribucion,
    Dicha retribucion no podra nunca serle de aplicacion con
    anterioridad a la fecha de inscripcion en el mismo."

    Osea:

    En el 661 se establece una fórmula de ajuste de la tarifa para los próximos 25 años. En el 1578 se establece una tarifa regulada con una formula de ajuste idéntica a la del 661, la cual se mantendrá durante un plazo máximo de 25 años.

    Eso, en mi opinión, crea inseguridad jurídica, aún dado por cierto el supuesto de que no se aplicarán bajadas de tarifa con caracter retroactivo.

  17. #67
    Avatar de Quinto
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Lo que mas me alucina de todo este asunto es la desfachatez con la que el aludido funcionario trata determinados temas y reinterpreta las normas. Como siempre en estos casos el proceso pasa por los siguientes pasos:

    - Se reconoce que una cosa no se puede hacer
    - Luego se llega a la conclusión de que no se deberia hacer.
    - Y luego a que puede hacerse por determinados motivos.

    Todos sabemos cual es la rentabilidad de una planta solar. Justo aquella que se ofreció en su momento y que fué la base para que cada cual adoptara su decisión.

    Ahora esa rentabilidad ya no es tal, se ha reinterpretado y definido como rentabilidad razonable. Rentabilidad unilateral diría yo.

    Le he dado muchas vueltas a cual puede ser el sentido o fin ultimo del informe porque no creo en las casualidades. Son bastante deshonestos pero no creo que sean tan locos como para ir por ese camino que podria tener gravisimas consecuencias.

    Pero, entonces ¿a que viene el informe?

    Al final de muchas especulaciones se debe reconocer que lo que queda, el efecto real es un aumento de la inseguridad juridica y de la prima de riesgo de las inversiones en energias renovables. Ahora todo el mundo sabe que en España la seguridad juridica es un valor muy relativo y que sus inversiones no están garantizadas porque su rentabilidad no es la que yo elijo sino la que ellos eligen.

    En un mercado normal se exigiría una mayor rentabilidad a estas inversiones pero como esta rentabilidad ya está determinada por la norma el resultado sería una reduccion de la demanda.

    ¿No será que ahora están sobrando todos los Mw que se pudieran hacer en el futuro?. El título del artículo del lumbreras de turno seria: La inseguridad juridica como instrumento para controlar la demanda.

    Otra versión de este receta sería miedo contra especulación.
    "Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke

  18. #68
    solfocus está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    El caso es que después de leer atentamente, y agradeciendo a todos: Jhango, Jumanji, Andrés, Quinto etc, el buen nivel que habéis mantenido durante unos días, no digo que vaya a acabar ni mucho menos, mi sentido común que a lo mejor es una tontería me dice de una manera muy sucinta lo siguiente:

    1.- Que la justicia está tocada, se ha politizado (Garzón, 11M... etc). Es sabido por todo español y ahora también por todo Bruselas y alguno más.
    2.- Que a los políticos le importa un bledo la fotovoltaica, I don't give a damn que dicen otros.
    3.- Que si tocan ahora mismo las primas, se arma un jaleo padre y eso no interesa.


    Veredicto:

    Si han de retocar las primas meten en un paquete al 436, al 661,al 1578 y a los R.D. que estén por venir, y retroactividad que se crió. Eso sí cuando las plantas estén pagadas; supuestamente los diez años famosos.
    Los bancos no van a decir ni mu porque ya han hecho su negocio con el préstamo de la planta. Gran parte de los megavatios políticos, en particular los que más poseen (entre otros los hijos de los políticos que tendrán 13, 14 años para entonces) estarán jubilados. ¿estará jubilado de la política Javier Anta para entonces?
    Y señores, aquí no ha pasado nada. Y que conste que deseo con toda mi fuerza que no ocurra nada de esto ni ninguna otra improvisación más.

  19. #69
    litri está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Moucho Ver mensaje
    Pues yo creo que la tarifa en el momento en que se cambio el decreto 436 al 661 era la misma en ambos decretos, por lo que veo muy dificil establecer una comparación por TIR, ya que nadie en esos momentos sabia lo que iba a subir la TMR y el IPC (ni ahora lo sabe nadie, a no ser que seas Rappel)
    El valor economico puede que fuese el mismo en el punto de transición, pero a partir de ahí el 661 crecía sólo con el IPC, mientras que la la TMR (que estaba dumpeada, por debajo de coste real, debido a la convergencia con la entrada del euro) tenía que crecer casi un 50% en los años siguientes hasta alcanzar su valor real.

    Para poner un símil, es como si vas en un avión a reacción a 2 Km de altura y te dicen que tienes que pasarte en pleno vuelo a un avión a hélice. Los 2 aviones están a 2 Km en ese momento, pero sabes que el reactor puede llegar a los 10 Km y el de helice sólo a 3 Km de altura.

  20. #70
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Una de las cosas que más me molesta a la luz de la publicación del escrito de D. Eduardo Soler Tappa, es la falta de pronunciamiento por parte de los grandes actores responsables de propiciar un ambiente favorable para la inversión en este sector, llámese ASIF, AEF, la Banca, las Cajas, etc. En mi opinión el tema que estamos tratando aquí es muy serio.

    O bien las Asociaciones Fotovoltaicas y la Banca no se enteran, lo cual es imposible, o bien están negociando de forma reservada con el Estado y no conviene hacer ruido hasta llegar a un acuerdo satisfactorio, o bien manejan información privilegiada que no comparten y de la cual pueden sacar provecho.

    De nuevo, en mi opinión, esto es muy grave y como apunta Quinto, mientras no se aclare con rotundidad, lo que hará es afectar la actividad por el lado de la demanda (no se puede ajustar por el lado de la prima de riesgo), y lo peor, creo que los que seguirán animados son o bien los que no hacen sus deberes, o bien los que manejan información privilegiada.
    Aquellos que argumentan que todo negocio tiene sus riesgos y que esto “no es un plan de pensiones”, pues debo apuntarles lo siguiente:
    Primero, los planes de pensiones no están necesariamente exentos de riesgos.
    Luego:
    Quien invierte en energía solar fotovoltaica claro que asume unos riesgos, como en todo negocio, faltaría más. Cito algunos:
    1. El responsable del contrato de mantenimiento incumple con sus obligaciones y el propietario de la planta se ve en la necesidad de iniciar un pleito y buscar otro proveedor. Mientras eso se resuelve, la producción de capa caída.
    2. Ocurre un incidente en la instalación en teoría cubierto por el seguro multiriesgo. A la hora del reclamo el seguro alude a una letra pequeña poco clara y se desentiende. Posiblemente otro pleito en ciernes.
    3. Pasados cinco años la compañía de seguros encuentra que el ratio de incidencias es muy alto y pretende subir la prima de forma escandalosa o simplemente no renovar el seguro. Mientras buscas otra aseguradora (y no estás cubierto), sufres una incidencia importante (Ley de Murphy).
    4. Las placas van perdiendo eficiencia a un ratio mucho mayor de lo esperado. Cuando vas a hacer el reclamo, resulta que la empresa que te vendió las placas está en concurso de acreedores.
    Etc, etc, etc.

    Lo que es inaceptable es que a estas alturas del juego, estemos hablando de unos riesgos intrínsicos en el marco legal que regula la actividad, que ha servido de sostén para promover la inversión en el sector.

    Espero que luego de la entrega de firmas, haya un pronunciamiento oficial en un sentido o en otro sobre este asunto (aunque debo decir que soy poco optimista).

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