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  1. #26
    Jhango está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    Hola compañeros. ¿Conque ya estamos de nuevo con las mismas?

    No es cosa facil adivinar el futuro y por eso nunca podremos saber que es lo que va a pasar y por ese mismo motivo hay opiniones para todos los gustos.

    A mi para empezar y una vez leido por encima el informe del abogado del Estado me ha dado un subidon de adrenalina y se me ha acelerado el pulso y es que cada cual es como es y las circunstancias lo han hecho y yo, para mi desgracia, ya me visto antes en una guerra de estas mismas caracteristicas, esa de la retroactividad de las normas y los derechos consolidados.

    Precisamente por esa misma razon antes de invertir me estudié a conciencia toda la normativa llegando a la clara conclusion de que no se puede aplicar retroactividad a las tarifas. Por eso me metí.

    Pero entonces ¿porque se me acelera el pulso?. Pues porque a estas alturas tengo muy claro que una cosa es lo que marca la ley y otra es la actuación de nuestros legisladores y a veces no nos salvamos ni por medio de la tutela judicial efectiva. Cuando a un politico se le planta algo entre ceja y ceja ya te puedes hechar a temblar porque no estan educados en el respeto a la ley y a veces, igual que hace el delincuente, buscan sus resquicios para conseguir sus objetivos. Manda el fin y no los medios.

    Por esa razon sucedió lo que bien comenta Truji de que hace unos años se "chuparon" una actualización de tarifas contraviniendo lo que marcaba la norma. Eso es un hecho. No juegan limpio.

    Por esa misma razón tenemos este informe. Seguro que no se sostiene juridicamente pero da igual, sirve para justificar lo que se busca. Creo que el Gobierno nos la tiene jurada. No nos perdona que miles de Mw imprevistos se colaran por la puerta que ellos mismo habian dejado abierta. Los dejamos como unos imbeciles ante la opinion publica y ahora ademas no saben por donde meter mano al pago de la factura, ese desaguisado del que ellos mismos son causa.

    Estoy seguro de que en sus mentes somos simples especuladores y asi nos tratarian ante la opinion publica llegado el caso. No creo en el argumento de que los frenaria la opinion publica que se escandalizaria y movilizaria a nuestro favor. Todo lo contrario. Tienen mucho poder en sus manos para generar un estado de opinion en contra nuestra. Seguro que seriamos unos especuladores a los que conviene cortar las alas. Esa parte no es predicion porque ya le he vivido.

    Somos muchos los productores fotovoltaicos pero son muchos mas los consumidores electricos a los que les pareceria estupendo simplemente que no subieran tanto sus tarifas. Ya podeis imaginar quienes serian los culpables de esas importantes subidas. A la gente le importa un comino la seguridad juridica del vecino si saca alguna tajada de ello.

    Es posible que los bancos sigan prestando pero eso no es un claro indicador por la razon de que el banco siempre se asegura el cobro sea rentable o no la instalacion. No solo respondemos con nuestras instalaciones sino ademas de manera ilimitada con nuestro patrimonio personal. ¿Acaso se conforman con el simple aval de la instalación?. Luego está la cuestión de la supuesta infalibilidad bancaria que la reciente crisis ha dejado suficientemente contestada.

    ¿Haria trampas el Gobierno?. Grecia las ha hecho. ¿Son estos mejores?

    En fin que ¿donde hay que concentrarse?

    Saludos
    Aparte de Quinto (al que le doy mi más sincera enhorabuena por sus participaciones), ¿Cuantos os habeis leído el Informe del Super Abogado del Estado jefazo del MITyC?

    No entendí la pregunta de Quinto de ¿donde hay que concentrarse?
    Entiendo que se refiere a pedir al Ministerio de una vez que nos garantice lo que ya tenemos... Lo futuro ya me da todo igual... Pero lo que tengo que no me lo quite ningún Real Decreto.

    Saludos a todos!

  2. #27
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Bueno, ya sabéis mi opinión sobre la comentada retroactividad.

    He colgado un artículo en el cual, apoyándome en una SITUACIÓN REAL vivida en el sector de las Renovables en España, argumento mi postura.

    Por qué pienso que NO se va a aplicar retroactividad en el nuevo marco retributivo: http://jumanjisolar.blogspot.com/2010/02/bajada-de-las-primas-la-generacion.html

    Poco más me queda ya por decir...
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  3. #28
    cucharita está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Quiero expresar que suelo solar ha comunicado una entrevista :
    HOY el Ministerio de Industria ha manifestado que de momento no se está trabajando en modificar el Real Decreto 1578/08, sino en la publicación de una Orden que vele por la calidad de las instalaciones fotovoltaicas.

    Esto es lo que hay, los rumores son muy dañinos, y no vale me lo dijo un vecino, de un hijo etc..., negro sobre blanco y de momento no hay nada.

  4. #29
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por sifos Ver mensaje
    Lo unico cierto es que a los del 436 les cambiaron las reglas del juego con el partido empezado y perjudicó economicamente
    Dado que la rentabilidad de las inversiones fotovolaticas usualmente se valoran a 25 años vista, en mi opinión aún no se puede precisar si el cambio en las reglas del juego del 661 vs el 436 terminará perjudicando o no a quienes hicieron su inversión bajo las reglas del 436.

    Por otro lado me gustaría conocer cual es el argumento de aquellos que defienden que el 661 no tuvo efectos retroactivos sobre el 436, en virtud de lo que señala Sifos en su mensaje:

    "A los del 436 les cambiaron las reglas del juego con el partido empezado"

    En mi opinión eso es una gran verdad. Creo que no tuvo mayor contestación por quienes habían invertido bajo el 436, porque la tarifa de partida con el 661 era practicamente equivalente a la que se tenía en ese momento con el 436, y además, en mi opinión, da mayor seguridad económica que la tarifa fotovoltaica la ajusten de una forma referenciada a la inflación (como es con el 661) y no referenciada a una "tarifa electrica media de referencia" que quien sabe como irá evolucionando (como era el caso con el 436).

    De nuevo, creo que aún no se puede decir que los que invirtieron bajo el 436 salieron perjudicados (quizás termina siendo al revés), pero lo que es un hecho CLARO es que, a quienes inviertieron bajo el 436 les cambiaron las reglas del juego con el partido empezado, y eso, en mi opinión, pone en evidencia que el 661 tuvo efectos retroactivos, ya que modificó el esquema de remuneración económica previsto en el 436, basado en el cual, quienes invirtieron en esa época, hicieron sus proyecciones económicas.

    Lo que no está claro es si el cambio del 661 ha sido para bien o para mal (vs el 436) y creo que allí está la clave del asunto.

  5. #30
    Jhango está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Hola Cucharita:
    Acabo de leer la noticia que por cierto me ha parecido muy interesante y tranquilizadora...pero mira que dice "De momento..."

    Lo que te quiero decir es que no tiene nada que ver la noticia "de que estan trabajando en una Orden a favor de la calidad", con lo que debatimos en este hilo respecto del Informe de retroactividad de las primas del Abogado del Estado, que no es ningún rumor como parece que argumentas en tu última reflexión.

    No puedes mezclar las churras con las merinas: Una cosa es el informe del Mityc a favor de la retroactividad, y otra la entrevista publicada de la calidad en la fotovoltaica.

    Si te lees el informe lo que te dicen es que si le sale al MITyC de los hue...os puede retrotraer el derecho reconocido por las primas...pues que lo pueden hacer...y eso es lo que acojona al que ve, oye y entiende.

    Lo que se plantea en este hilo sobre la retroactividad es que "aunque poder se pueda" que el Mityc no nos amenace con ello, porque sino me dedico a instalar ACS y climatizaciones de piscinas.... Lo que he leído de la difusión del informe en una editorial jurídica pues me jode...xq como les decimos a nuestros comerciales que vendan, si resulta que ese informe lo han leído y ya no quieren invertir en fotovoltaica sus potenciales Clientes.

    Creo que deberías abrir otro hilo y no confundir a los foreros con el informe del Abogado del Estado del MITyC, con la entrevista del MITyC.

    Si piensas que el Informe es un rumor, mal vamos porque ya son muchas las aportaciones de los foreros como para que nos vengas con estas.

    Si por el contrario piensas que lo que es rumor es el que bajen las primas, yo ya lo aclaré en otro hilo a Jumanji y a otros en los que os explicaba que un grupo de fabricantes solicitaron al Secretario de Energía la bajada de primas un 25% para que quede ajustada la TIR y echar a la competencia, y a presuntos especuladores, y que al parecer el MITyC acogió el informe que le fue presentado con agrado.

    Cucharita, que te aprecio, pero abre hilos nuevos para noticias nuevas, No confundamos a la gente.

    Gracias!

    Cita Iniciado por cucharita Ver mensaje
    Quiero expresar que suelo solar ha comunicado una entrevista :
    HOY el Ministerio de Industria ha manifestado que de momento no se está trabajando en modificar el Real Decreto 1578/08, sino en la publicación de una Orden que vele por la calidad de las instalaciones fotovoltaicas.

    Esto es lo que hay, los rumores son muy dañinos, y no vale me lo dijo un vecino, de un hijo etc..., negro sobre blanco y de momento no hay nada.

  6. #31
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    ¿quien ha dicho que no se puede establecer una disposicion con caracter retroactivo? claro que se puede. Lo q no puede ser es q suponga perjuicio para el titular del derecho. Con el 661 se cambiaron las reglas de juego pero no se ha demostrado q ello suponga un perjuicio. La adecuación de la tarifa electrica a sus valores "reales" suponen un incremento tremendo que con casi toda seguridad supondria la desaparición del regimen especial. Evidentemente fue un error referenciar a la TMR pero el cambio que supuso creo q es relativamente facil demostrar que no supuso un perjuicio. La rentabilidad "razonable" sigue manteniendose con el 661. Yo creo q esa rentabilidad razonable es la clave del tema y la que juridicamente es intocable. La rentabilidad es la que es para cada instalación y en su momento se consideró razonable. No existe ningun factor que incremente la rentabilidad, nuestros kwh en este sentido están todos vendidos y sabemos cuanto nos a costado a cada uno llegar a generarlos. El único fleco q veo en el de la fiscalidad, pero aún así y siendo un factor q contribuiría a bajar la rentabilidad creo q tampoco podrían, o por lo menos si habría opciones de ganar a nivel judicial.

  7. #32
    Jhango está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Entonces Pepe, si el Abogado del Estado dijera dentro de 6 meses que los que estamos cobrando del 661, 47 cent€/kW... vamos a cobrar 36 cent€/kw... y que ello como titular del derecho, no me produce un perjuicio, xq tengo una rentabilidad razonable...¿crees que tendría opciones de ganarlo a nivel judicial?
    Para cuando saliera la Sentencia del Tribunal Supremo habrían pasado 6 años, y ya me hubieran embargado los bancos hasta las sartenes del BBVA que me regalaronn por Navidad.
    ¡Qué no! ¡Que hay que pedir a las Asociaciones que se muevan y consigan que durmamos tranquilos! Bueno...cuando Anta se haya jubilado...xq creo que tiene un rollete raro con los del Ministerio...para el que no lo sepa quiere ocupar un cargo politico allí y esta haciendo meritos de sumiso y amén lo que diga el Ministerio. ¿Alguien le ha oído criticar al Mityc? Aunque sea una vez??

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    ¿quien ha dicho que no se puede establecer una disposicion con caracter retroactivo? claro que se puede. Lo q no puede ser es q suponga perjuicio para el titular del derecho. Con el 661 se cambiaron las reglas de juego pero no se ha demostrado q ello suponga un perjuicio. La adecuación de la tarifa electrica a sus valores "reales" suponen un incremento tremendo que con casi toda seguridad supondria la desaparición del regimen especial. Evidentemente fue un error referenciar a la TMR pero el cambio que supuso creo q es relativamente facil demostrar que no supuso un perjuicio. La rentabilidad "razonable" sigue manteniendose con el 661. Yo creo q esa rentabilidad razonable es la clave del tema y la que juridicamente es intocable. La rentabilidad es la que es para cada instalación y en su momento se consideró razonable. No existe ningun factor que incremente la rentabilidad, nuestros kwh en este sentido están todos vendidos y sabemos cuanto nos a costado a cada uno llegar a generarlos. El único fleco q veo en el de la fiscalidad, pero aún así y siendo un factor q contribuiría a bajar la rentabilidad creo q tampoco podrían, o por lo menos si habría opciones de ganar a nivel judicial.

  8. #33
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    Quinto está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Hola amigo Jumanji. Ya me he leído el artículo en el que expones tu opinión y no puedo negar que me ha llamado mucho la atención.

    Creo haber entendido que reconoces el hecho de que el Gobierno haya propuesto en el pasado medidas retroactivas ilegales a las que les restas importancia argumentando que forman parte de un proceso normal de negociación y que nunca ha estado en la mente del Gobierno llevarlas adelante porque el simple hecho de que nunca las llegaron a aplicar.

    Es un punto de vista tan valido como cualquier otro. Yo soy un martillo y por todas partes veo clavos. Quiero decir con esto que yo he vivido personalmente como una Administración abusa del poder que ostenta para conseguir sus propios fines espurios y, por tal motivo no puedo mantener tu misma fe porque en todas partes veo abuso de poder y al Estado como el mayor peligro. Al igual que la tuya la mía es otro tipo de fe, pero justo de sentido opuesto.

    Como punto de partida considero absolutamente inadmisible que un Estado plantee medidas ilegales ni siquiera aunque sea con la loable intención de nunca llegar a aplicarlas. Eso además de ser inmoral porque instituye la trampa y el engaño como norma de juego crea miedo y desconfianza dos sentimientos que no conducen a nada bueno. La actuación administrativa debe estar regida siempre por la buena fe y esa manera de actuar incumple este principio.

    Según parece son las circunstancias las que finalmente terminan por mantener al Estado dentro de los límites de la legalidad. Entre esas circunstancias parecen estar especialmente bien valoradas la oposición que encuentran a su postura, las probabilidades que tiene de ganar en un pleito en los tribunales, la alteración de la paz social, la repercusión pública y sobre todo la repercusión en las urnas. Por supuesto que tienen en cuenta que buena parte de la oposición que encuentren puede ser neutralizada empleando el poder del propio Estado. Es decir que le ley y el estado de derecho lo entienden solo y exclusivamente según sus propio fines.

    Eso lo saben bien los sindicatos y por eso ante una propuesta o simple intento que nos les gusta ya plantean actuaciones preventivas. ¡Estos si que conocen la verdadera naturaleza de este Estado¡

    Si son las circunstancias las que finalmente determinan si se traspasa o no esa línea de la legalidad y admitiendo que las circunstancias siempre son cambiantes también debemos admitir que no existe ninguna seguridad de que cometan una barbaridad. Me preocupa especialmente que en muchos juzgados de lo contencioso administrativo la Administración pierde mas pleitos que gana porque eso significa que todos los días alguna administración se salta las normas y abusa de alguien.

    ¿Que sucederá entonces cuando un sistema eléctrico amenaza con ir a la ruina o mandar a la ruina electoral al gobierno de turno?. ¿Qué sucederá cuando la circunstancias es que un país entero se endeuda hasta las pestañas? ¿Cuándo todos los días te llaman débil y quieres transmitir la imagen de que eres fuerte? ¿Cuando sin tener dinero tienes que pagar una factura millonaria a un grupo de especuladores que te dejaron en ridículo y solo la ley es el obstaculo para ponerlos en el sitio que se merecen?

    A mi se me acelera el pulso nada mas pensarlo, no lo puedo evitar, pero claro yo soy un martillo.
    "Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke

  9. #34
    cucharita está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Pero vamos a ver, existe un rumor, desmentido por el Ministerio, un rumor sin fuentes, que habla de medidas incosntitucionales, ilegales, porque se va a dar a ese rumor más validez que a las fuentes oficiales del ministerio no lo entiendo.

    Hasta el día de hoy en este sector no ha existido retroactividad.

    Cada vez que da una nota explicativa el Ministerio se ciñe a la verdad, el decreto actual puso en la calle muchos MW, no debería existir paralización, si todos estuviesen hechos aún sería un sector boyante, pero olvidaros de volver a hacer 3000 MW al año, ni por posibilidad económica ni por posibilidad operativa, estamos en un decreto que no le cumplimos los particulares, que no conseguimos financiación, es culpa del banco, que no lo venden a los precios que quieren, pues al final se termina por ejecutar los avales, mira que dejen de berrear y que terminen las instalaciones, y las que no se terminen pues ya se sabe al cupo para otros sean locos, especuladores o formales, es lo que hay.

  10. #35
    sifos está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por cucharita Ver mensaje
    Hasta el día de hoy en este sector no ha existido retroactividad.
    Tu que parece que entiendes, puedes explicar que significa retroactividad?

    Cita Iniciado por cucharita Ver mensaje
    Cada vez que da una nota explicativa el Ministerio se ciñe a la verdad, el decreto actual puso en la calle muchos MW, no debería existir paralización,
    Ahi te doy la razon,

    Cita Iniciado por cucharita Ver mensaje
    olvidaros de volver a hacer 3000 MW al año,
    Tambien de acuerdo, pero no se que tiene que ver si hubo o no retroactividad en el pasado con hacer 3.000Mw al año

    Cita Iniciado por cucharita Ver mensaje
    pues al final se termina por ejecutar los avales, mira que dejen de berrear y que terminen las instalaciones,
    Quieres decir que los que anuncian el principio del fin, promotores de la idea de que el gobierno quiere acabar con las primas a la FV (o rebajarlas con caracter retroactivo) son los mismos que no terminan (o ni empiezan) sus instalaciones?

  11. #36
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    Quinto está desconectado Forero
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    Predeterminado ¿Hablamos de noticias o de rumores?

    ¿Hablamos de noticias o de rumores?


    El pasado día 9 de octubre de 2.009, D. Eduardo Soler Tappa, Abogado del Estado, Jefe en la Secretaría de Estado de Energía, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, partiendo del particular caso de las instalaciones de producción de energía eléctrica y de la modificación de su regulación acaecida en el año 2007, ha publicado en la prestigiosa Editorial La LEY un informe jurídico. Este hecho excluye la posibilidad de que lo que se expone en dicho informe sea un rumor. Podrá debatirse sobre el contenido del mismo pero no sobre su existencia calificando la cuestión y todas sus derivadas como simple rumor.

    Es fácil opinar a pelo. Lo difícil es leerse el informe que además de extenso puede ser complicado para todo aquel que no este familiarizado con el lenguaje jurídico. Yo me lo he leído y voy a hacer mi personal extracto del mismo. Otras lecturas darán otros resultados pero voy a intentar mantener intacta mi objetividad.

    Conviene recalcar que el autor del informe es D. Eduardo Soler Tappa, Abogado del Estado, Jefe en la Secretaría de Estado de Energía del MITyC.

    El objeto del informe consiste en analizar la viabilidad jurídica de una pretendida modificación de la normativa vigente del régimen especial en la que se incluyan entre sus medidas la modificación hacia el futuro de la tarifas y primas que están percibiendo en la actualidad las instalaciones existentes englobadas en dicho régimen y que se construyeron bajo el amparo de la normativa que ahora se pretende modificar.

    Esta pretendida reforma legal de las primas se considera justificada, necesaria y conveniente lo que confiere relevancia al informe que aparece como un paso previo necesario para determinar el alcance de las futuras medidas y su eventual colisión con intereses particulares.

    En el informe se analiza la legislación vigente como la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, el RD 436/2004 y el Real Decreto 661/2007, así como jurisprudencia de los Tribunales Supremo y Constitucional.

    Se determina que la percepción de la prima no constituye un derecho individual sino una simple expectativa que como tal no es susceptible de una especial protección cuando dicha expectativa entra en colisión con otros intereses públicos.

    Se considera que la norma proyectada carece de retroactividad «plena» o «auténtica» que es la prohibida por la Constitución entrando en la categoría de retroactividad impropia o retrospección que si está admitida en nuestro ordenamiento jurídico.

    Por lo tanto la reforma no solo es posible sino que además está avalada por el interés público consistente en garantizar a los productores una rentabilidad razonable pero no excesiva ya que esa retribución que parece exceder claramente los límites de la razonabilidad implica gastos al sistema. Las empresas deberían aspirar a que las primas incorporen en su fijación como factor relevante el de obtener "unas tasas de rentabilidad razonables con referencia al coste del dinero en el mercado de capitales" pero no pueden aspirar a mantener un determinado nivel de beneficios o ingresos por relación a los obtenidos en ejercicios pasados, ni la permanencia indefinida de las fórmulas utilizables para fijar las primas.

    El mero hecho de que la actualización o la significación económica de la prima ascienda o descienda no constituye de suyo motivo de nulidad.

    Se descarta que la reforma vulnere el principio de confianza legítima ya que no se producirá de forma inesperada o sorpresiva puesto que las empresas que libremente decidieron implantarse en un mercado como el de generación de electricidad en régimen especial, sabiendo de antemano que es en gran parte dependiente de la fijación de incentivos económicos por las autoridades públicas, son o deben ser conscientes de que éstos pueden ser modificados, dentro de las pautas legales, por dichas autoridades. Uno de los «riesgos regulatorios» a que se someten, con el que necesariamente han de contar, es precisamente el de la variación de los parámetros de las primas o incentivos.

    Y eso es todo amigos.
    Ahora si queréis podemos empezar a opinar.
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  12. #37
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Perdonad que ahora me parta de risa pero es que leyendo el informe me acabo de dar cuenta de mi derecho a pedir un aumento de las primas. Según el informe tengo derecho a una rentabilidad razonable basada en los intereses del mercado de capitales.

    Es costumbre comun y razonable en dicho mercado de capitales establecer una prima de riesgo para aquellas inversiones consideradas como arriesgadas o peligrosas. En España este riesgo incluye el riesgo regulatorio que tras la publicación de este informe se acaba de multiplicar por lo menos por 10.

    Asi que deberian subirnos la prima ¿No?.
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  13. #38
    sifos está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Quinto, y si le añades la rentabilidad razonable tipica española (rentabilidad ladrillera) ya ni te cuento lo que nos tienen que aumentar la prima/tarifa

  14. #39
    litri está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Yo creo que si hubo retroactividad al pasar del 436 al 661, la TMR estaba por debajo de su valor real y era previsible su crecimiento hasta valores reales en los años siguientes (como se está haciendo actualmente).

    Lo único que nos salva ahora es el volumen de inversión en el 661, que en gran parte procede de fondos de inversión internacionales, y a esos no se les puede cambiar las reglas del juego en mitad del partido.

    Lo único que nos faltaba, con lo que le está cayendo a nuestra economía, es "asustar" a la inversión extranjera y bajar nuestro rating de riesgo país.

  15. #40
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Joe Sifos con eso ya mereceriamos hasta una estatua ecuestre.

    Bueno ahora, y perdonad por la pesadez, voy al fondo del asunto.

    Un buen engaño

    Esa es la opinión que me merece el informe comentado. Como todo buen engaño mezcla verdad y mentira de un modo que no sea fácil distinguir una cosa de la otra. En este caso concreto, ante una cuestión legal muy compleja, diría que es imposible para un profano saber si le dicen la verdad o le engañan entre otras cosas porque actualmente ni siquiera los grandes juristas se ponen de acuerdo con muchos de los aspectos que allí se tratan. Y ya se sabe, a río revuelto ganancia de pescadores.

    No existe una sola retroactividad sino diferentes tipos de retroactividades y distinguir unas de las otras es un trabajo de expertos que usualmente se dilucida en un alto tribunal. Es algo así como distinguir entre un caballo mesteño y un mustang.

    Como yo soy un empresario del sol y no un experto en derecho voy a suponer a priori que el Sr. Soler tiene razón y la retroactividad que propone es de la especie de las admitidas, lo cual no deja de ser una hipótesis porque jamás permitiría que este hecho se diera por sentado y llegaría hasta donde fuera necesario en el escalafón legal.

    A pesar de eso, incluso suponiendo que tiene razón en que el tipo de retroactividad propuesto es legal, incluso creyéndose la inmensa mayoría de las cosas que dice en su informe sé que pretende engañar. A veces engañar solo consiste en decir una verdad a medias.

    Por eso para mi lo importante del informe no es lo que dice sino lo que no dice. Esta parte no la dice:

    La calificación de una situación jurídica como expectativa implica en nuestro actual estado normativo de la legitimidad de su modificación, sin que ante ello su titular pueda oponer título alguno. La regla general es la plena disponibilidad por la norma sin que ante su desaparición o alteración sus titulares puedan alegar derecho alguno. En todos los casos nuestros tribunales consideran que los derechos futuros, simples o meras expectativas de presente, no pueden ser identificados a menos que el ordenamiento establezca expresamente lo contrario, con posiciones jurídicas dignas de protección por el derecho. Ahora bien, está regla o principio cede, sin embargo, en los supuestos en los que el particular afectado demuestre que la perdida o alteración de su expectativa le ha irrogado un perjuicio real y efectivo en su patrimonio.

    Mi conclusión personal es que el Estado no tiene ninguna posibilidad de ganar en un pleito de estas características entablado ante personas que sepan como defender sus derechos y su patrimonio. Lo que ni el Estado ni yo sabemos es si los empresarios del sol pertenecemos a ese tipo de gente. ¿No será esta la cuestión?
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  16. #41
    litri está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Aunque en el caso del 1578, la cosa no está tan clara:

    "La tarifa regulada que le sea de aplicacion a una
    instalacion, de acuerdo con el presente real decreto, se
    mantendra durante un plazo máximo de veinticinco anos
    a contar desde la fecha mas tardia de las dos siguientes:
    la fecha de puesta en marcha o la de inscripcion de la instalacion
    en el Registro de preasignacion de retribucion,
    Dicha retribucion no podra nunca serle de aplicacion con
    anterioridad a la fecha de inscripcion en el mismo."

    Este si que da miedo.

  17. #42
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Responder a lo que dice este abogado del estado me parece un error. Presionar al Ministerio ahora ¿q supondría en el mejor de los casos? ¿q nos enviaran una circular informando que no nos van a aplicar retroactividad? YA TENEMOS UN R.D. si se pasan por el forro el RD ¿q harán con la circular?.
    Nosotros tenemos ya "un contrato" (el 661, 436 o 1578 ) ante el incumplimiento de ese contrato solo está la opcion de los tribunales. Yo no estoy de acuerdo en manifestarnos ahora para al final llegar a un acuerdo (donde SEGURO que algo perdemos) porque el SR abogado del Estado le ha dado por escribir esto, si están tan seguros de ello que modifiquen el R.D. Son muchos los contenciosos que pierden tanto las CCAA como el Estado gracias a nuestros excelentes políticos. Por otro lado para los que pensais q todo está ya perdido, lo mejor q podeis hacer es vender vuestras instalaciones ahora, seguro q os dan un buen precio, no espereis más. Repito creo q es un error dar más importancia q la q tiene a esto y desde luego es un buen síntoma para el SR Abogado del Estado ver el efecto de su escrito q sin duda te pondrá encima de la mesa nada más que abras la boca.

  18. #43
    cucharita está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Hablamos de noticias o de rumores?

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    ¿Hablamos de noticias o de rumores?


    El pasado día 9 de octubre de 2.009, D. Eduardo Soler Tappa, Abogado del Estado, Jefe en la Secretaría de Estado de Energía, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, partiendo del particular caso de las instalaciones de producción de energía eléctrica y de la modificación de su regulación acaecida en el año 2007, ha publicado en la prestigiosa Editorial La LEY un informe jurídico. Este hecho excluye la posibilidad de que lo que se expone en dicho informe sea un rumor. Podrá debatirse sobre el contenido del mismo pero no sobre su existencia calificando la cuestión y todas sus derivadas como simple rumor.

    Es fácil opinar a pelo. Lo difícil es leerse el informe que además de extenso puede ser complicado para todo aquel que no este familiarizado con el lenguaje jurídico. Yo me lo he leído y voy a hacer mi personal extracto del mismo. Otras lecturas darán otros resultados pero voy a intentar mantener intacta mi objetividad.

    Conviene recalcar que el autor del informe es D. Eduardo Soler Tappa, Abogado del Estado, Jefe en la Secretaría de Estado de Energía del MITyC.

    El objeto del informe consiste en analizar la viabilidad jurídica de una pretendida modificación de la normativa vigente del régimen especial en la que se incluyan entre sus medidas la modificación hacia el futuro de la tarifas y primas que están percibiendo en la actualidad las instalaciones existentes englobadas en dicho régimen y que se construyeron bajo el amparo de la normativa que ahora se pretende modificar.

    Esta pretendida reforma legal de las primas se considera justificada, necesaria y conveniente lo que confiere relevancia al informe que aparece como un paso previo necesario para determinar el alcance de las futuras medidas y su eventual colisión con intereses particulares.

    En el informe se analiza la legislación vigente como la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, el RD 436/2004 y el Real Decreto 661/2007, así como jurisprudencia de los Tribunales Supremo y Constitucional.

    Se determina que la percepción de la prima no constituye un derecho individual sino una simple expectativa que como tal no es susceptible de una especial protección cuando dicha expectativa entra en colisión con otros intereses públicos.

    Se considera que la norma proyectada carece de retroactividad «plena» o «auténtica» que es la prohibida por la Constitución entrando en la categoría de retroactividad impropia o retrospección que si está admitida en nuestro ordenamiento jurídico.

    Por lo tanto la reforma no solo es posible sino que además está avalada por el interés público consistente en garantizar a los productores una rentabilidad razonable pero no excesiva ya que esa retribución que parece exceder claramente los límites de la razonabilidad implica gastos al sistema. Las empresas deberían aspirar a que las primas incorporen en su fijación como factor relevante el de obtener "unas tasas de rentabilidad razonables con referencia al coste del dinero en el mercado de capitales" pero no pueden aspirar a mantener un determinado nivel de beneficios o ingresos por relación a los obtenidos en ejercicios pasados, ni la permanencia indefinida de las fórmulas utilizables para fijar las primas.

    El mero hecho de que la actualización o la significación económica de la prima ascienda o descienda no constituye de suyo motivo de nulidad.

    Se descarta que la reforma vulnere el principio de confianza legítima ya que no se producirá de forma inesperada o sorpresiva puesto que las empresas que libremente decidieron implantarse en un mercado como el de generación de electricidad en régimen especial, sabiendo de antemano que es en gran parte dependiente de la fijación de incentivos económicos por las autoridades públicas, son o deben ser conscientes de que éstos pueden ser modificados, dentro de las pautas legales, por dichas autoridades. Uno de los «riesgos regulatorios» a que se someten, con el que necesariamente han de contar, es precisamente el de la variación de los parámetros de las primas o incentivos.

    Y eso es todo amigos.
    Ahora si queréis podemos empezar a opinar.
    Quiero decirte que la sentencia de la que se deduce la retroactividad es una sencia referida a una instalación de cogeneración, una sentecia donde básicamente se le viene a decir que se le aplica una tarifa porque la isntalación fue inscrita y terminada con un decreto posterior al de su inicio. ¿a eso se llama retroactividad?

  19. #44
    javiersol está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(


  20. #45
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    ¿quien ha dicho que no se puede establecer una disposicion con caracter retroactivo..... La rentabilidad "razonable" sigue manteniendose con el 661. Yo creo q esa rentabilidad razonable es la clave del tema y la que juridicamente es intocable


    ¿A que llamas "rentabilidad razonable?. Te pongo algunas observaciones para tu reflexión:
    1. La tarifa del 661 es igual para todo el territorio español. Sin embargo, desde el punto de vista del promotor, a iguales costos de paneles e instalación, seguramente su inversión le es más rentable si la hizo en Andaluciá ó en Extremadura, que si la hizo en cualquier Comunidad del Norte de España.
    2. La rentabilidad del promotor se pudo haber visto afectada por la escasez de paneles fotovoltaicos que ocurrió en el 2T y 3T del 2008. Si tuvo que pagar mucho más de lo normal para poder terminar a tiempo y obtener el RIPRE antes del 30 de septiembre, su rentabilidad no es la misma que para el que no confrontó ese problema.
    Pregunta: ¿cuando se modifique la tarifa con efectos retraoactivos, si es que se hace, se tomarán en cuenta estos factores caso por caso?

    Si no es así, quien y bajo que criterios se establece cual es el nivel de "rentabilidad razonable". Para algunos hacer la instalación costó X y para otros costó Y, y además unas instalaciones reciben una radiación solar de, por decir algo, 1.300 kWh/año/kWp y otras de 1.800 kWh/año/kWp.

    Todo esto sin entrar en la discusión sobre que se considera una "rentabilidad razonable" para una inversión en la que el pay-back es de 10 a 12 años.

    Cita Iniciado por litri Ver mensaje
    Lo único que nos salva ahora es el volumen de inversión en el 661, que en gran parte procede de fondos de inversión internacionales, y a esos no se les puede cambiar las reglas del juego en mitad del partido
    Estoy contigo, además está toda la banca que ofreció financiación bajo la modalidad de "project finance".

    Por cierto "Quinto" tus post recientes sobre este asunto son muy extensos y por eso no los reproduzco acá para hacer este comentario: ponen en evidencia un gran esfuerzo de análisis y me parecen excelentes.

    Por último, espero que los grandes fondos de inversión y la banca que ha financiado con "project finance" SI exijan al MITyC una aclaratoria sobre este asunto.
    Última edición por andres00; 19/02/2010 a las 12:53

  21. #46
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Andres, en efecto retabilidad razonable es, en principio, un término indeterminado. Claro q existen rentabilidades distintas en Asturias y en Tenerife, son las q son y cada uno sabrá si son "interesantes" o no. Pero lo q si que es claro es que cuando tu pusiste en servicio tu instalación, que te costó lo q te costó y q genera lo q genera, ya se determinó ahí, en ese momento, con una determinada tarifa lo que el Estado considera como rentabilidad razonable. Una bajada de las primas supondría una "nueva rentabilidad razonable", lo q juridicamente es insostenible, ya q la propia disposición regulatoria indica "una " rentabilidad razonable, no varias, que yo sepa no ha habido un acercamiento del planeta al sol en los últimos años. No sería solo un tema de retroactividad, creo q existen muchos frentes q se podrían abrir si es el caso. Yo no soy jurista pero, de verdad, que sería muy complicado que pudieran hacerlo. De todas formas yo repito q no es bueno darle tanta importancia, por lo menos ahora. Es terreno que estamos perdiendo y realmente solo está un documento de un funcionario publicado en una revista y ¿con eso nos vamos a sentar a negociar? Yo no lo haría. Creo q Jumanji está en lo cierto

  22. #47
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    Pero lo q si que es claro es que cuando tu pusiste en servicio tu instalación, que te costó lo q te costó y q genera lo q genera, ya se determinó ahí, en ese momento, con una determinada tarifa lo que el Estado considera como rentabilidad razonable. Una bajada de las primas supondría una "nueva rentabilidad razonable", lo q juridicamente es insostenible
    Estoy totalmente de acuerdo, y por eso no estoy de acuerdo con este otro comentario anterior:

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    La rentabilidad "razonable" sigue manteniendose con el 661. Yo creo q esa rentabilidad razonable es la clave del tema y la que juridicamente es intocable.
    Disculpa, pero siguiendo el argumento que expones la cita de más arriba, en mi opinión lo que expones en la cita de más abajo no se sostiene o es incluso incoherente.

    ¿Por fin la rentabilidad "razonable" es una sola y ya se determinó en el momento de hacer la inversión, ó el Estado puede tocarla y crear una "nueva rentabilidad razonable"? De nuevo disculpa pero no me aclaro.

  23. #48
    Jhango está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Documento de un Funcionario?
    Perdoname pero parece que cuando dices "funcionario" no te das cuenta de que es Jefe en la Secretaría de Energía de Ministerio de Industria.
    Ojala todos los funcionarios tuvieran ese puestazo y fueran Abogados de Estado...

    Lo de rentabilidad razonable lo he visto en el link que ha incluido
    javiersol
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    Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad?
    Mas sobre lo mismo:

    Existen claros antecedentes en la retroactividad de las primas fotovoltaicas.


    Casi al final del artículo explica lo que la sentencia del Tribunal Supremo que resolvió por sentencia este tema señalar respecto a retribución suficiente y razonable.

    Copio parte del texto:

    ... ¿pudo prosperar la pretensión de las promotoras fotovoltaicas de que se condene a la Administración a que acuerde la actualización de tarifas correspondientes a 2007, aplicando la metodología de actualización resultante del Real Decreto 436/2004, o bien del Real Decreto 661/2007?

    No. Nuevemante esta pretensión y todas las demás fueron RECHAZADAS, puesto que el criterio de no elevación de los valores de la tarifa regulada para las instalaciones de tecnología fotovoltaica se justifica en que la rentabilidad de la actividad de generación a partir de esta tecnología era superior a la considerada como retribución suficiente y razonable.

    La sentencia del Tribunal Supremo es brutal y contraria a los intereses de todos, y ni siquiera los Jueces se molestan en explicar que es retribución suficiente y razonable. Espero que nunca tenga que llegar nadie a mi casa y me diga que retribución es la razonable y suficiente. Eso lo tendré que decidir yo, y no un tercero, como parece ser este caso.

    Leeros el link de Javiersol que explica lo que opino recientemente el Tribunal Supremo. Fijaros que la sentencia es de misma fecha que la del Informe del Abogado del Estado. El abogado del Estado se ha regodeado en esta sentencia, y que cada uno se lo tome como quiera pero yo trabajando en este sector me lo tomo como una amenaza.

    A ver si vamos a terminar todos como Rumasa... A Ruiz Mateos ya se la hicieron...

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    Andres, en efecto retabilidad razonable es, en principio, un término indeterminado. Claro q existen rentabilidades distintas en Asturias y en Tenerife, son las q son y cada uno sabrá si son "interesantes" o no. Pero lo q si que es claro es que cuando tu pusiste en servicio tu instalación, que te costó lo q te costó y q genera lo q genera, ya se determinó ahí, en ese momento, con una determinada tarifa lo que el Estado considera como rentabilidad razonable. Una bajada de las primas supondría una "nueva rentabilidad razonable", lo q juridicamente es insostenible, ya q la propia disposición regulatoria indica "una " rentabilidad razonable, no varias, que yo sepa no ha habido un acercamiento del planeta al sol en los últimos años. No sería solo un tema de retroactividad, creo q existen muchos frentes q se podrían abrir si es el caso. Yo no soy jurista pero, de verdad, que sería muy complicado que pudieran hacerlo. De todas formas yo repito q no es bueno darle tanta importancia, por lo menos ahora. Es terreno que estamos perdiendo y realmente solo está un documento de un funcionario publicado en una revista y ¿con eso nos vamos a sentar a negociar? Yo no lo haría. Creo q Jumanji está en lo cierto

  24. #49
    Jhango está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Hola!

    Respecto a la referencia que haces de Jumanji de:
    "y ¿con eso nos vamos a sentar a negociar? Yo no lo haría. Creo q Jumanji está en lo cierto"

    comentarte que en su Blog,
    Jumanji dijo... Vamos a ver. SÍ he firmado la solicitud de Suelo Solar.

    ¿Porqué? Pues por que he sopesado pros y contras, y he llegado a la conclusión de que no tengo nada que perder.


    A diferencia tuya y al igual que Jumanji, no tenemos nada que perder, y cada vez que el MITyC diga o haga algo que no mola: COLLEJA!


    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    Andres, en efecto retabilidad razonable es, en principio, un término indeterminado. Claro q existen rentabilidades distintas en Asturias y en Tenerife, son las q son y cada uno sabrá si son "interesantes" o no. Pero lo q si que es claro es que cuando tu pusiste en servicio tu instalación, que te costó lo q te costó y q genera lo q genera, ya se determinó ahí, en ese momento, con una determinada tarifa lo que el Estado considera como rentabilidad razonable. Una bajada de las primas supondría una "nueva rentabilidad razonable", lo q juridicamente es insostenible, ya q la propia disposición regulatoria indica "una " rentabilidad razonable, no varias, que yo sepa no ha habido un acercamiento del planeta al sol en los últimos años. No sería solo un tema de retroactividad, creo q existen muchos frentes q se podrían abrir si es el caso. Yo no soy jurista pero, de verdad, que sería muy complicado que pudieran hacerlo. De todas formas yo repito q no es bueno darle tanta importancia, por lo menos ahora. Es terreno que estamos perdiendo y realmente solo está un documento de un funcionario publicado en una revista y ¿con eso nos vamos a sentar a negociar? Yo no lo haría. Creo q Jumanji está en lo cierto

  25. #50
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: ¿Bajada de primas con retroactividad? :(

    Cita Iniciado por andres00 Ver mensaje
    Estoy totalmente de acuerdo, y por eso no estoy de acuerdo con este otro comentario anterior:



    Disculpa, pero siguiendo el argumento que expones la cita de más arriba, en mi opinión lo que expones en la cita de más abajo no se sostiene o es incluso incoherente.

    ¿Por fin la rentabilidad "razonable" es una sola y ya se determinó en el momento de hacer la inversión, ó el Estado puede tocarla y crear una "nueva rentabilidad razonable"? De nuevo disculpa pero no me aclaro.
    perdona si no me explico bien. Lo que quiero decir es que lo de la "rentabilidad razonable" que al ser un término indeterminado el Estado podria usar para bajar la tarifa, es precisamente el argumento fundamental para mantenerla. OK?

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