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- 02/11/2009, 17:49 #1Miembro del foro
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Régimen Especial Vs Régimen Industrial
Hola a todos,
me ha surgido una duda con respecto a la inscripción en el registro industrial ordinario de instalaciones fotovoltaicas.
En Valencia, nos han pedido que demos de alta en el Registro Industrial una instalación de 100kW, para poder solicitar la Autorización de Explotación del centro de transformación......
He intentado hacerles ver que ya está inscrita en el Registro Especial y me indican lo que pone en el art. 4.1.b. del RD 697/1995 de 28 de mayo, que en resumidas cuentas viene a decir que "las actividades de generación, distribución y suministro de energía y productos energéticos, han de estar escritas en este Registro".
La cuestión es, ¿no es incompatible que una instalación fotovoltaica esté inscrita en el Registro Industrial y en el Especial? ¿No existe ninguna legislación que diga claramente que las instalaciones fotovoltaicas sólo tienen que estar inscritas en el Registro Especial, para poder llevarles la contraria?
Es la primera vez que me piden esto y la verdad es que no consigo encontrar el soporte normativo que me ampare....
Muchas gracias
Saludos, compañeros
Saludos
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- 03/11/2009, 21:13 #2Forero
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Respuesta: Régimen Especial Vs Régimen Industrial
Esos dos registros son independientes y no tienen nada que ver entre si. El Registro Industrial es un registro al que están obligados a inscribirse todos los establecimientos industriales: fabricas de automoviles, fabricas textiles, etc....incluidos los centros de producción de energía eléctrica tales como centrales hidroeléctricas, centrales nucleares y tambien plantas fotovoltaicas. Pero ojo! Solo están obligados a inscribirse en este registro las empresas, no los autónomos, por lo que si una planta fotovoltaica está a nombre de una persona física no es obligatorio que se inscriba en este registro. Una planta fotovoltaica a nombre de una sociedad si que es obligatorio que se inscriba.
De todos modos este trámite es muy sencillo pues solamente hay que rellenar una ficha estadistica (el registro industrial se usa para hacer estadísticas de la actividad industrial en las comunidades autónomas).
Por lo tanto una planta fotovoltaica tendrá que estar inscrita en el registro especial (para poder cobrar las primas) y además en el registro industrial (si está a nombre de una sociedad).
- 04/11/2009, 08:33 #3Miembro del foro
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Respuesta: Régimen Especial Vs Régimen Industrial
Gracias por tu respuesta Fermaga, pero que yo sepa, por regla general nadie pide la incursión en el Registro Industrial....es más, he estado viendo los listados del MITyC de las instalaciones inscritas en el registro industrial y no hay ninguna con tecnología fotovoltaica.... No se que hacer finalmente: desde Energía me dicen que no hay que inscribirlas en el registro industrial y desde industria me dicen que no.
Saludos
- 04/11/2009, 17:45 #4Forero
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Respuesta: Régimen Especial Vs Régimen Industrial
Yo no se en la Comunidad de Valencia, pero en la Comunidad Autónoma de Andalucia es obligatorio la inscripción en el registro industrial ademas de las inscripción en el registro especial, es mas, es uno de los documentos que se pide para poder hacer la inscripción en el registro especial.
Otra cuestion es que luego se haga la inscripción en el registro industrial o no, pero lo que si es cierto es que se piden los impresos de inscripción en el registro de establecimientos industriales rellenos que luego se pasan al departamento de industria para que haga las inscripciones.
De todos modos, no veo yo cual es el problema porque la inscripcion en el registro industrial es muy sencilla, únicamente hay que rellenar una hoja con los datos de la instalación y firmarla, ya que este registro tiene una función puramente estadistica (para que los politicos hagan esos informes y graficos con quesitos que tanto les gustan...).