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- 01/10/2009, 07:55 #1Miembro del foro
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Prohibicion de cambio de titularidad
Hola a todos me ha llegado un rumor que no me gusta nada.
Me han comentado que las Instalaciones fotovoltaicas ya no se podran cambiar de titularidad hasta los cuatro años de su puesta en marcha.
Esto es cierto??
Un Saludo y Gracias.
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- 01/10/2009, 10:14 #2
Respuesta: Prohibicion de cambio de titularidad
No me des las gracias..., dale a la balanza...
- 07/10/2009, 17:57 #3Miembro del foro
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Respuesta: Prohibicion de cambio de titularidad
Interesante apreciacion Bull. Vete tu a saber que ronda en la cabeza del legislador tal y como estan las cosas y para evitar que la especulacion que existio en el mercado inmobiliario se traslade al de las energias renovables.
De todas formas, para establecer una prohibicion de transmitir del derecho de propiedad (cambiar la titularidad), habria que retocar muchas normas, y entiendo que eso no puede hacerse mediante un Real Decreto. Incluso imagina que el titular es una persona fisica que fallece....que pasa, que sus herederos no podran proceder a la aceptacion de la herencia y al cambio de titularidad?.
A la sazon de tu pregunta no se si alguien me podria ayudar en la siguiente: si en lugar de transmitir las participaciones de una Sociedad Limitada titular de la instalacion fotovoltaica (por el hecho de que la sociedad tiene otros activos e intereses) solamente se trasmiten los bienes y derechos de que es titular la sociedad con respecto a dicha instalacion, se pierde la prima para el nuevo adquirente??
Un poco rollo, ya se, pero me han comentado ese caso y no encuentro por ningun lado una respuesta satisfactoria.
Gracias
- 08/10/2009, 08:54 #4Miembro del foro
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Respuesta: Prohibicion de cambio de titularidad
En mi opinion no creo que una empresa pierda los contratos que ha firmado su administrador porque este fallezca, a rey muerto, rey puesto. Estariamos buenos.
- 09/10/2009, 20:09 #5Miembro del foro
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Respuesta: Prohibicion de cambio de titularidad
En Navarra, entre las condiciones para poder acogerse a la Bonificacion Fiscal Especial, que era del 20% (aplicable para instalaciones solicitadas antes del 31 de octubre del 2006), figuraba el mantenimiento de la titularidad de la instalacion por un minimo de 5 años.
O sea que, la instalacion podia cambiar de titular pèro entonces se perdia la Bonificacion Fiscal Especial Concedida.
Saludos.
- 09/10/2009, 22:11 #6Miembro del foro
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Respuesta: Prohibicion de cambio de titularidad
Estimado Iwolf:
Muchas gracias por tu apunte. Tomo nota para el futuro.
No obstante, de lo que hablo es de la prima regulada y, si se quiere, otorgada por el RD 661 si el productor (que vende las instalaciones, bienes y derechos de la sociedad, que no la propia mercantil) ha optado por ella.
Gracias de todos modos por la inestimable informacion proporcionada.
Saludos
- 10/10/2009, 01:27 #7Forero
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Respuesta: Prohibicion de cambio de titularidad
Alguien sabe si resulta caro el cambio de titularidad? lo comento por por el tema de darse de baja en el I.A.E y así poder cobrar el paro. Gracias.
- 11/10/2009, 21:41 #8Miembro del foro
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Respuesta: Prohibicion de cambio de titularidad
Hola Woods,
Si, ya se que mi comentario se apartaba de tu pregunta, pero lo hice por estar relacionado, al ser una de las consecuencias del cambio de titularidad para algunas instalaciones y en Navarra. No tengo ninguna noticia sobre un posible cambio normativo, respecto al cambio de titularidad de estas instalaciones.
No obstante, quiero añadir algo que, casualmente apenas dos horas mas tarde de mi comentario, tuve noticia directa de una persona que conozco, que desde la Delegacion de Industria del Gobierno de Navarra le han pedido (por correo certificado) que justifique la permanencia en la titularidad de una instalacion, que fue conectada en julio del 2006 y se acogio a la Bonificacion Fiscal Especial anteriormente comentada, mediante la aportacion de una copia de la ultima factura de la compàñia electrica (Iberdrola), en el plazo de un mes; en el caso de no hacerlo, le sera reclamada la Bonificacion Fiscal Epecial concedida.
No se si sera un muestreo o lo pediran de una forma mas general; de cualquier manera, en Navarra siempre nos hemos caracterizado por ir "algo adelante" en cuanto a la normativa, etc, por lo que no se si esto sera un indicio de algo que se este preparando con caracter general .
Saludos.
- 14/10/2009, 21:15 #9Forero
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Respuesta: Prohibicion de cambio de titularidad
No os va a gustar nada lo que os voy a decir, pero hace ya al menos 2 años habia consultado a la CNE y recibi respuesta escrita sobre este tema. En conclusion me respondieron que por supuesto se puede cambiar de titular(al menos cuando yo pregunte), pero OJO, al nuevo titular se le aplicarian las condiciones como si diese de alta la nueva instalacion. Es decir, si estais en el regimen anterior (0,47 c/kwh) pasariais a la nueva tarifa en el momento, por seguir el ejemplo , 0,32 o 0,30 o lo que se este pagando ahora.
Eso no tiene que ver con el cambio de accionistas o socios de una sociedad, que no afecta a la inscripcion, pues la SOCIEDAD que sea es la que esta inscrita y por tanto no le afecta.
- 15/10/2009, 09:21 #10Baneado
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Respuesta: Prohibicion de cambio de titularidad
Pues yo me alegraría. Hay un segundo mercado que da bastante asco y pena. Aquí están los antiguos especuladores inmobiliarios.