Financiar instalación fotovoltaica por préstamo hipotecario
Buenas. Ante todo felicidades por el foro. El lo mejorcito que existe actualmente en internet.
Tengo una pregunta de "ingeniería financiera", que tal vez alguno pueda responder.
Hace unos años firmé un préstamo hipotecario con el BBVA, y durante este tiempo he amortizado partedel capital. El préstamo me permite solicitar el dinero ya amortizado, con el recálculo de la cuota a pagar mensualmente.
Estaba pensando aprovechar esta opción para obtener unos 30000 € y montar unos 5 kW de energía solar en el tejado de mi casa, para venta a la red.
Lo que no se es si sobre este préstamo podría desgravar intereses del pago de la instalación. Por ejemplo, si amortizase 12000 € en un año, ¿podría desgravar 9000 por vivienda, y los restantes 3000 por la instalación fotovoltaica?
Espero que la pregunta os parezca interesante.
Saludos.
Financición por hipotecario
Aunque los he leído, no lo tengo claro del todo.
Si tengo un préstamo hipotecario a medio pagar, y un segundo banco me ofrece la posibilidad de traerme ese préstamo y ampliar el coste de la instalación. Supongo que las desgravaciones serán proporcionales a las partes correspondientes a vivienda y a la instalación.
De la instalación, si toda la producción va destinada a pagar préstamo, se considera que no tengo beneficios, es decir si de un préstamo, cuya cuota a pagar es de 1000, y 300 son para vivienda, los otros 700 es debido a la ampliación por la inversión, y de mi producción ingreso 700, esos 700 se consideran ingresos? por los que debo pagar impuestos o quedan anulados por la cuota que pago.
Un saludo.
Financiación con préstamo hipotecario
Esta mañana he estado en hacienda para ver si me aclaraban un poco más:
He sacado en claro que ese 10% por inversión del material activo dstinado a la protección del medio ambiente, energía solar en nuestro caso, bien pues efectivamente se puede deducir hasta el 10% de la inversión, y en un máximo de diez años, que deberán ser consecutivos, por ejemplo: un año el 2% otro el 5% y así hasta llegar al 10%, esto es una deducción de la cuota líquida.
Y en cuanto a la amortización de la inversión, pues si es un préstamo a 20 años, pues la parte correspondiente a la instalación se va considerando como gasto durante los 20 años. Eso sí, el Banco nos tiene que hacer un certificado del estado del préstamo antes de ampliarlo, para poder justificar las deducciones de vivienda por un lado y las de la instalación por otro.
Financiación por préstamo hipotecario
Estoy estudiando mi préstamo hipotecario y como quedaría una vez incrementado el coste de la instalación, y si no varío la duración (25 años) resulta que desde el primer día me está generando un superávit de dinero una vez calculado cuotas y producción. Mi pregunta por qué los inversores de a pie no hacen esta operación, algo se me escapa, o es que es mejor amortizar rápidamente???