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- 11/05/2006, 16:42 #1Miembro del foro
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alguien sabe bien que tipoo de papeleo exactamente
Alguien sabe exactamente que tipo de papeleo es el que hay que hacer antes durante y despues de la instalacion y con quien o si ya esta especificado por ahi en algun post, gracias
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- 11/05/2006, 17:17 #2Forero
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hay mucho en el foro.
Esto es la leche
- 11/05/2006, 19:17 #3
Buff, esa pregunta da para escribir un manual.
Como esto es como empezar a leer, empecemos por la A.
Solicitud de autorización de punto de conexion a la empresa distribuidora. Si esta empresa es Endesa deberas ingresar para que miren tu solicitud la módica cantidad de 900 € + IVA.
No estaria de mas una paradiña despues de esto porque todo lo demás sobra si esta autorizacion no es positiva.
- 11/05/2006, 23:08 #4
Una amplia explicación la podrás encontrar en:
- RD 436/2004
- Rd 1663/2000
De todas formas, ¿qué procedimiento administrativo necesitas, para la puesta en marcha y conexión, o para la explotación?
- 12/05/2006, 02:17 #5Miembro del foro
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Novedad IBERDROLA en Valencia:
Hay que ir con la Licencia de Actividad Municipal aprobada....desde el 1 de abril...(órdenes de arriba...jejej)
- 12/05/2006, 16:00 #6Miembro del foro
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primero para instalacion ,puesta en marcha y conexion , despues lo otro vamos a ir poco a poco ,que a mi todo el rollo burocratico es el que me cabrea ,tanto llenarse la boca de ayudas y fomento de renovables y luego....... Gracias por adelantado.
- 15/05/2006, 09:31 #7
Miguelon, esto ya lo piden en Albacete desde hace tiempo.
50 millones de años despues ...
- 15/05/2006, 12:25 #8Miembro del foro
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Quinto, esos 900 € que cobra ENDESA ¿son a fondo perdido, te los descuentan después de los costes de conexión, si ésta se lleva a cabo, son independientes de la potencia?
SaludosLa energía más limpia es la que no se consume
- 15/05/2006, 12:38 #9
A mi no me lo han explicado exactamente pero entiendo que son a fondo perdido y no dependientes de la potencia.
En esencia se justifica como una compensacion del gasto que tiene la compañia para verificar la potencia que se puede evacuar en un punto determinado.
- 15/05/2006, 23:49 #10Forero
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estudio punto conexión:
Veamos: Endesa me ha dicho que cobra 800€ + IVA = 928€ por el estudio de la capacidad de evacuación del punto solicitado.
Si hay capacidad, te da 6 meses para hacer el proyecto y comenzar las instalaciones y esa cantidad es a cuenta posteriormente de los gastos de conexión, etc que cobra, se descuenta pero no creo que se devuelva nada.
Ahora bien, si es que no hay cpacidad de evacuación, que es en el 99,999% de los casos, estonces te devuelven integramente los 928€.
¿ QUien tiene los puntos de conexión ? o es que las líneas son una castaña y están a punto de caerse....
- 18/05/2006, 01:24 #11Miembro del foro
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NO ESTOY DE ACUERDO. LO SIENTO. No pueden cobrar por estudiar el punto de acceso ( ¿En que Real Decreto, Ley,Orden,.. lo establece?)
Pues que nos lo den por escrito y lo firme alguien en concreto con nombre y apellidos y con ello a reclamar, que somos consumidores, y tenemos derechos, en Industria, en la CNE, en la OCU,....
Lo de los puntos de acceso sin comentarios, es una verguenza doble.
Por un lado, los que piden conexiones para eso de las placas solares por pedir algo para aumentar el valor del predio, por otro los especuladores que los quieren vender ( de los modos más diversos,...), por otro el de los que queremos montar algo y pedimos 5 puntos distintos de 100 Kw porque asi igual acertamos en alguno, y lo de las Distribuidoras, que se niegan a dar información ni a dedicar recursos humanos a cumplir con sus obligaciones (por Ley están obligados) asi como la Administración que promueve un sector sin preparar a sus técnicos ni tener infraestructura desarrollada para atender a los ciudadanos y poner las redes eléctricas a disposición pública com también obliga la Ley.
Ah¡ sin olvidar que los puntos de conexión se piden segun establece el R.D de 2004 en BT y el RD 1955 en Alta Tensión, y no da competencia a Endesa ni a Carrefour tampoco para pedir la Licencia de Actividad, ni la de Obras, ni el Certificado de Penales. No soy abogado, pero esto está tipificado en el Código Penal, CREO.
Perdón a todos, pero es que me calientan los abusos, vengan de donde venganLAS PERSONAS PASAN PERO SUS ERRORES LAS SOBREVIVEN
- 18/05/2006, 16:17 #12Miembro del foro
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yo estoy con luisito animo a todo el mundo a que se queje en industra de su provincia y en donde crea oportuno .
yo por mi parte ya he hecho 5 reclamaciones por esctrito con fecha de entrada en enero de este año denunciando los abusosde la compañia electrica de turno y como solucion final sabeis cual ha sido??????
pues muy sencillo pagar lo ke piden y entregar toda la documentacion tb.
y lo que he ganado con esto ha sido enfrentamientos con la distribuidora y con la administracion
total "encima de cuernos me han apaleao" como se dice en mi tierra
- 20/05/2006, 02:22 #13Miembro del foro
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:x NINGUNA COMPAÑIA PUEDE COBRAR POR INFORMAR SOBRE LA CAPADIDAD DE EVACUACION!!! :x
Dicho esto, lo que si esta pidiendo UNION FENOSA en Cuenca por ejem. y ENDESA en Teruel , es una provisión de fondos, destinada a realizar posibles estudios anexos a la capacidad intrínseca de la línea y facilitar alternativas.
Estos estudios rara vez se llegan a realizar y por su puesto nunca si los trafos no permiten la inyección a la red.
En caso de que el punto solicitado no sea viable, la compañía puede facilitar otro punto cercano que le interese..(esto cuesta dinero) para ello tiran de la provision de fondos...siempre con la autorización del depositario...
En cualquier caso, el término correcto es "PROVISION DE FONDOS" nunca "PAGOS" porque de ser así se debería emitir una factura, y si la emiten ya los teneis pillados...
- 21/05/2006, 12:10 #14
Una duda, se están pidiendo 900 € para solicitudes en Media/Alta Tensión, pero no para BT ¿verdad?
- 21/05/2006, 18:57 #15Forero
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Creo que hay que empezar otra vez
Creo que deberiamos de empezar otra vez.
Supongamos alguien que no sabe y quiere hacer su primera instalacion.
Yo creo que como dice quinto empecemos por la A.
Como solicitamos el punto de conexion.
Supongamos una instalacion de menos de 10 Kw en una comunidad de vecinos.
El punto de conexion estaria en el cuarto de contadores?.
Como se le explica a la compañia que queremos conectar ahí?
Ejemplo de esquema unifilar.
Ejemplo de documentos a presentar donde y en que orden.
De todo esto ya sabemos que hay mucha literatura, pero creo que iria bien un caso practico explicado por alguien que lo haya llevado a cabo.
Si hay diferencias segun comunidades se deberian explicitar.
Yo animo a todos aquellos que llevan un profesor dentro que se animen y enseñen al que no sabe.
Recordad vuestra primera vez.
Saludos.
- 22/05/2006, 12:43 #16
Como comenté en una ocasión, estuve en una Jornada FV en Benalúa de Guadix (Granada), y entre muchas otras cosas, Endesa repartió la siguiente información que transcribo íntegramente:
Puesta en marcha y conexión a la red
1. Contactar con Red Eléctrica, y/o Compañía Eléctrica de la zona, para conocer la posibilidad del punto de acceso a la red para la potencia total de la instalación planteada, indicando si se trata de una agrupación de instalaciones o no.
Es conveniente que esta consulta la efectúe el promotor ya que deberá presentar información sobre el proyecto. El operador de la red evaluará la viabilidad técnica del punto de acceso solicitado tal y como se indica en el Real Decreto 1955/2000 Artículo 55. El punto de acceso a la red obtenido sólo garantiza la viabilidad técnica de la conexión en ese momento, pero no tiene carácter vinculante y tiene 6 meses de vigencia, quedando pendiente de obtención del punto de conexión tras entrega de la Autorización Administrativa y memoria del proyecto.
Esto es debido a que este punto de acceso puede ser solicitado a la vez por varios promotores, teniendo después que ser estudiado e intervenir la Dirección General de Industria, Energía y Minas en el caso de que los proyectos solicitados supongan una potencia total superior a la capacidad de la línea.
NOTA.- En caso de instalaciones de potencia menor o igual a 100 kW, que se conectan a la red de baja tensión, no es necesario realizar este trámite dbido a la plena capacidad de la red de baja tención para evacuar la energía eléctrica producida por una instalación de esta potencia.
Como apostilla, la persona de Endesa que dió la charla, dijo verbalmente que la información necesaria para solicitar punto de acceso era la siguiente:
- Datos personales: nombre, DNI, dirección...
- Situación de la instalación
- Máxima potencia a evacuar
- Punto de evacuación propuesto
- En caso de agrupación de instalaciones, nombres de los titulares con autorización para realizar la solicitud.
COMENTARIOS... :idea:
- 22/05/2006, 12:48 #17
En cualquier caso, muchas veces nos vamos muy lejos teniendo en casa la información (véase Solarweb).
PROCEDIMIENTO DE CONEXION PARA INYECTAR ENERGIA A LA RED ELECTRICA CONVENCIONAL DESDE UNA INSTALACION FOTOVOLTAICA
- 22/05/2006, 21:35 #18Miembro del foro
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Jumaji eres la leche muchas gracias por tu aportacion y sobre todo a los q estamos pez.... muy pez en esto de la fotovoltaica .
- 22/05/2006, 22:46 #19Forero
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Yo me sumo
Jumanchi eres la leche.
Una explicacion muy directa y comprensible.
Gracias