Respuesta: Adivina, adivinanza...
Si tu instalación es en suelo el aval es de 500 €/kw y si es sobre cubierta es de 50 €/kw ya que sería del tipo I.1. Por tanto, o bien son 1.250 € o 125 €. Entiendo por la cuantía que tu instalación es sobre cubierta. ¿Es así?
Respuesta: Adivina, adivinanza...
Sí, es sobre cubierta, del tipo I.1.
No sé si el error está en que el modelo de aval que me hizo el banco no incluía estos dos párrafos:
· No desistir voluntariamente de la tramitación administrativa de la instalación solar fotovoltaica de producción de energía eléctrica…………………(definir la instalación adecuadamente, tipo, potencia en kW, ubicación, municipio, provincia, ..…)
· Responder a los requerimientos de la Administración de información o actuación en el plazo de tres meses.
La instalación sí estaba definida. en ese modelo que me hizo el banco y que aporté.
Un saludo.
Respuesta: Adivina, adivinanza...
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josejuan
Sí, es sobre cubierta, del tipo I.1.
No sé si el error está en que el modelo de aval que me hizo el banco no incluía estos dos párrafos:
· No desistir voluntariamente de la tramitación administrativa de la instalación solar fotovoltaica de producción de energía eléctrica…………………(definir la instalación adecuadamente, tipo, potencia en kW, ubicación, municipio, provincia, ..…)
· Responder a los requerimientos de la Administración de información o actuación en el plazo de tres meses.
La instalación sí estaba definida. en ese modelo que me hizo el banco y que aporté.
Un saludo.
¿Entonces qué es lo que garantiza el aval? Si eso no está en el escrito del aval no se está garantizando lo que se exije y claramente el aval es incorrecto.
Cámbialo y avala exactamente lo que te dice el modelo, tal y como te lo dice.
Saludos.
Respuesta: Adivina, adivinanza...
En el concepto avalado, el banco escribió la instalación en sí.
Mañana me llegaré a ver qué me dicen. Muchas gracias Asterix.
Respuesta: Adivina, adivinanza...
Pues una vez conseguido el aval por el banco, debes de ir a la CGD (caja general de depósitos) a que te "bastanteen" la firma de la persona que ha firmado el avala (por parte del banco), el documento que debes entregar para el prerregistro es el aval sellado por la CGD, no basta con el que te entregaron en el banco, debe ir sellado por CGD.
¿Lo hiciste así?
Respuesta: Adivina, adivinanza...
Lo que hay que aportar es el Resguardo de la CGD (no copia del aval sellada). Este resguardo te lo dan una vez bastanteada la firma del firmante del banco.
Saludos
Respuesta: Adivina, adivinanza...
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javiersol
Lo que hay que aportar es el Resguardo de la CGD (no copia del aval sellada). Este resguardo te lo dan una vez bastanteada la firma del firmante del banco.
Saludos
Es raro que los españoles hagamos como los ingleses en cuanto a la formación de vocablos o a veces palabros. A ellos no les crea problema alguno crear términos como "asap" (as soon as possible) (tan pronto como sea posible) y hacerlos incluso nombres o verbos (no en este caso).
"Bastantear" verbo regular que se dice "yo bastanteo, tu bastanteas, él bastantea, nosotros bastanteamos,..." es un curioso ejemplo de innovación española antes de que nos invada el anglicismo de turno. Suena fuerte pero me quito el sombrero ante semejante palabro ...;)
Respuesta: Adivina, adivinanza...
Hombre, Asterix, palabro puede ser, pero desde luego no se le puede llamar innovador: según el Diccionario de la lengua castellana por la Real Academia Española de 1869 (undécima edición) bastantear significa "reconocer un poder y declararle suficiente para el objeto".
Lo que no viene en esa edición es la definición de "kilovatio" o de "fotovoltaico" :icon_biggrin:
Un saludo,
Respuesta: Adivina, adivinanza...
POT, no lo hicé así. He estado leyendo cómo se bastantea un aval y dónde.
Según he visto, se lleva el aval cumplimentado por el banco a la Asesoría Jurídica de la CGD (no sé si está en la Delegación del Gobierno de Andalucía o en Hacienda) y luego se rellena el modelo 803 (¿la FV es una garantía provisional o definitiva?) en Hacienda. Y ese modelo es el que hay que presentar ante Industria.
Lo que no sé son los documentos que hay que llevar para bastantear, aparte del aval cumplimentado por el banco.
Mañana llamaré a Hacienda.
Gracias por todo.
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Inversor
Hombre, Asterix, palabro puede ser, pero desde luego no se le puede llamar innovador: según el Diccionario de la lengua castellana por la Real Academia Española de 1869 (undécima edición) bastantear significa "reconocer un poder y declararle suficiente para el objeto".
Lo que no viene en esa edición es la definición de "kilovatio" o de "fotovoltaico" :icon_biggrin:
Un saludo,
Veo que entre nosotros hay hasta académicos de la lengua. Reconozco que no lo sabía y que para mí semejante "palabro" es la primera vez que lo veo.
Resumiendo, la firma del que avala debe ser suficiente o bastante como para comprometer al banco a lo firmado.
Respuesta: Adivina, adivinanza...
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Asterix
y que para mí semejante "palabro" es la primera vez que lo veo.
xD
Eso es que no has presentado nada todavía al PREFO; es palabra de moda!
Y josejuan, sólo se la teoría porque la presentación en hacienda la hizo una compañera a ultimísima hora de cerrar el plazo.
PD, estamos dentro!
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Respuesta: Adivina, adivinanza...
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Iniciado por
josejuan
POT, no lo hicé así. He estado leyendo cómo se bastantea un aval y dónde.
Según he visto, se lleva el aval cumplimentado por el banco a la Asesoría Jurídica de la CGD (no sé si está en la Delegación del Gobierno de Andalucía o en Hacienda) y luego se rellena el modelo 803 (¿la FV es una garantía provisional o definitiva?) en Hacienda. Y ese modelo es el que hay que presentar ante Industria.
Lo que no sé son los documentos que hay que llevar para bastantear, aparte del aval cumplimentado por el banco.
Mañana llamaré a Hacienda.
Gracias por todo.
En mi caso tenemos una instalación de 5 KW, y lo que hizo el cliente fue ir a Hacienda con el aval bancario y entregar cumplimentado el modelo 060 (ver fichero adjunto) y pagar 125€. He eliminado los datos del cliente y dejado el sello bancario para que se vea la fecha. Con este nuevo doc. se gestionó de nuevo el prefo.
Lo que no se si se podrá obtener por internet. Tampoco sé si para bastentarlo hace falta una autorización notarial o sólo una autorización escrita. Lo malo es cuando la autorización te la mandan por correo electrónico.
Respuesta: Adivina, adivinanza...
HOLA,
A MI ME HA PASADO LO MISMO CON EL AVAL ME DICEN QUE NO ES VALIDO PERO NO ME DIEN POR QUE.
AHORA ME ENTERO QUE ES POR EL BASTANTEO.ME HAN DADO 10 DIAS PARA RESOLVERLO.
¿QUE DOCUMENTOS HAY QUE LLEVAR ? ¿ES NECESARIO EL MODELO 803?
DESCRIBE LOS PASOS MUCHOS FOREROS TE LO AGRADECEREMOS.
SALUDOS
Respuesta: Adivina, adivinanza...
Bastanteo. Bastante tiene uno con persentar las historias y que no te saquen luego bobadas.
Os cuento lo que yo hice:
Me fuí a la Delegación de Economía y Hacienda (en mi caso de Cuenca) y allí rellné el modelo que me dieron (el modelo 060).
Después acto seguido me fuí a mi entidad con el dinero en mano, (en mi caso 1000€), los entregué en señándoles el modelo susodicho y cogieron el dinero y me pusieron el sello de la entidad y santas pascuas.
Ni bastanteos ni leches ni ná.
Ni pagar intereses cada cierto tiempo ni historias tampoco.
Amí por ahora no me han mandado ni por internet ni por carta ningún certificado para subsanar errones.
Espero que no me manden nada porque a lo mejor me supongo que estará todo bien (ojalá), pero no me fío un pelo y lo mismo no aparrezco en las definitivas y me quedo fuera.
Saludos, y ojalá se me pase la diarrea mental de este proceso pronto ya que por lo visto con esto del nuevi decerto y cupos hay un cacao depende de quien, y es que de aquellos barros luegos vienen estos lodos.... y de más.
Respuesta: Adivina, adivinanza...
Disculpad que no haya respondido antes.
Parece que esto nos está volviendo locos a todos. :quemao:
Lo que hay que hacer es lo siguiente.
El modelo bancario de aval que hay en la web de prefo no tiene validez legal tal cual. Según Hacienda los Sres. de Prefo no tienen asignadas esas competencias.
Ojo. Si tienes hecho el aval bancario puedes llevarlo a Hacienda para que te compulsen por el modelo 060, pero debe estar firmado por el equipo jurídico de la entidad de la provincia donde se encuentra la instalación. Es decir, si lo haces con Cajamar, sede oficial en Almería, y tu instalación está en Marchena (Sevilla), no lo aceptan.
:leer:
1. Con los datos que vienen en el modelo de aval, se va la Sucursal de Caja General y Depósitos de Hacienda.
2. Se solicita al funcionario que quieres hacer un aval o constitución de Depósito o Garantía en efectivo de XXX€ en función de tu instalación. El funcionario rellena un modelo 060, revisado que todo es correcto, te entrega 3 copias.
3. Vas al banco/caja que mas coraje te dé. Entregas las copias y le pagas al banco/caja los XXX€.
4. Vuelves al funcionario y le entregas la copia sellada correspondiente por el banco/caja.
5. Te quedan dos copias, una es para el interesado y la otra es para enviar a PREFO. Si lo haces por Registro Oficial no cuesta un centimo.
Lo que debes de hacer es preparar un impreso (dos copias) donde se indica el organismo/sección/dirección al que va el aval, y en texto pues se indica de que corresponde. Como si rellenase una solicitud, vaya.
Espero que sirva para el resto de los foreros.
Saludos.
Respuesta: Adivina, adivinanza...
Muy bien pero en el PREFO que fecha tienen en cuenta la del aval bancario o la fecha en la que se hace el depósito con el modelo 060.
Si es la del 060 estoy fuera de la 3ª convocatoria.Esto es indignante en el RD.1578/2.008.solo habla de aval paca y palla pero no habla de como gestionarlo. Si lo se estudio derecho antes que electricidad. :quemao:
Respuesta: Adivina, adivinanza...
Buena pregunta Electroalcala,
La verdad es que no lo sé. El aval que te da Hacienda tiene fecha del día en que se hace y el banco lo sella cuando se paga. Por lo que salvo que que tengas que subsanarlo, la fecha que tiene el aval es la del banco, que es cuando tu ingresas el dinero.
Se supone que cuando envias la documentación a PREFO, envías la correcta, claro, que esto del aval nadie dice que está mal.
Cuento nuestro caso. Se gestiona en web prefo, todo para la 1ª convocatoria. Nos envian requerimiento de subsanción, via email y posteriormente via carta, para que modifiquemos el aval: "el aval no corresponden en cuantía o no es según....".
Revisamos el modelo y cuantía y lo volvemos a enviar. Para la 2º. Nos volvememos a quedar fuera por lo mismo. Nuevo correo, nueva carta.
Después de muchas llamadas a PREFO al número fijo que nos facilitan en las cartas, nos informa que la cuentía es correcta pero no el modelo. Y nos envían a Hacienda.
Hace una semana, que hice el cambio de modelo y enviado a Madrid, via registro de la Junta de Andalucía, así ahorro algo y tengo constancia de que se ha enviado.
Al final de semana llamaré para ver el estado del tema, porque es lo único que nos falla para terminar el proceso en prefo.
Suerte y al toro, no sé si deberíamos estudiar derecho o no, pero los Técnicos ya sabemos que nos manejamos con muchas leyes.
Esto es lo que hay.
:)
Espero que no deis mas vueltas con este tema.
Saludos.