Resultados 1 al 8 de 8
  1. #1
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    feb 2006
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    Predeterminado Las Compañías Eléctricas pagarán las acometidas hasta 100 kW

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  2. #2
    josejuan está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Las Compañías Eléctricas pagarán las acometidas hasta 100 kW

    ¿Eso quiere decir que Sevillana-Endesa se está colando conmigo cuando, al comunicarme la concesión del punto de conexión para una instalación de 2,5 kw sobre cubierta en el centro de una población, me dice textualmente:

    "El entronque de dichas instalaciones con las existentes, y el estudio técnico por razones de seguridad, es realizado directamente por Endesa Distribución Eléctrica, siendo el importe de este trabajo el que se detalla a continuación:

    - Presupuesto:

    300,00


    - Estudio Técnico

    800,00


    - IVA en vigor (16%)

    176,00


    - Total importe abonar SOLICITANTE:

    1276,00




    Si es de su interés, puede hacer efectivo el importe mencionado mediante transferencia bancaria efectuada a la cuenta abajo indicada, haciendo constar en el justificante la referencia de la solicitud. Será preciso que nos envíe copia del mismo al nº de fax que figura a pie de página un mínimo de 30 días antes de la puesta en servicio." ?
    Última edición por josejuan; 17/12/2008 a las 18:24

  3. #3
    pepitu está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Las Compañías Eléctricas pagarán las acometidas hasta 100 kW

    Esta nueva ley es muy importante,porque al parecer se pueden acabar los abusos que han hecho las compañias electricas para darnos el punto de conexion.En mi caso la factura que me hizo Endesa del derecho de enganche és del 2 de febrero de 2008.Puedo reclamar la devolucion amparandome en esta ley? Gracias.

  4. #4
    Inversor está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Las Compañías Eléctricas pagarán las acometidas hasta 100 kW

    Me temo que a lo que se refiere el Real Decreto 222/2008 (que entró en vigor el 19 de marzo de 2008) es a las extensiones de redes necesarias para atender nuevos suministros o la ampliación de los ya existentes. Los gastos de las instalaciones necesarios para la conexión de la instalación de generación seguirán corriendo a cargo del titular de la central de producción...

  5. #5
    MIGUELON11 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Las Compañías Eléctricas pagarán las acometidas hasta 100 kW

    Cita Iniciado por Inversor Ver mensaje
    Me temo que a lo que se refiere el Real Decreto 222/2008 (que entró en vigor el 19 de marzo de 2008) es a las extensiones de redes necesarias para atender nuevos suministros o la ampliación de los ya existentes. Los gastos de las instalaciones necesarios para la conexión de la instalación de generación seguirán corriendo a cargo del titular de la central de producción...
    Exacto, una cuestión es que si el hecho de verter en cierta linea conlleva ampliación o infraestuctura (los famosos requerimientos técnicos de las mesas de evacuación) la tenga que financiar el distribuidor y otra cuestión es la infraestructura que nuestras instalaciones necesitan para legar a la red, esa la tiene que pagar el promotor

  6. #6
    Avatar de Gose
    Gose está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Las Compañías Eléctricas pagarán las acometidas hasta 100 kW

    Cita Iniciado por Jumanji Ver mensaje
    Holas a todos en este mi primer mensaje

    Jumanjii:

    El Art 9.3 del RD 222/2008 que reza:

    "Las instalaciones de nueva extensión de red necesarias para atender nuevos suministros o ampliación de los existentes de hasta 100 kW en baja tensión y 250 kW en alta tensión, en suelo urbanizado que con carácter previo a la necesidad de suministro eléctrico cuente con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística, definido según lo establecido en el artículo 12.3 de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, serán realizadas por la empresa distribuidora de la zona, dando lugar a la aplicación de los correspondientes derechos de extensión siempre que no estén incluidas dentro del correspondiente plan de inversión."

    se refiere como en él se comenta a nuevos "suministros" en terrenos urbanos completamente urbanizados. Cualquier suelo que no disponga de dotaciones (calle, redes de BT, CTs, tfno, agua, alcantarillado...) para la actividad proyectada, no se considera urbanizado. (ver art 12 de dicha Ley 8/2007:

    "3. Se encuentra en la situación de suelo urbanizado el integrado de forma legal y efectiva en la red de dotaciones y servicios propios de los núcleos de población. Se entenderá que así ocurre cuando las parcelas, estén o no
    edificadas, cuenten con las dotaciones y los servicios requeridos por la legislación urbanística o puedan llegar a contar con ellos sin otras obras que las de conexión de las parcelas a las instalaciones ya en funcionamiento."

    Vamos que la Cía Eléctrica de turno sólo está obligada a conectarte tu caja de acometida, CGP, a la red de BT, que deben existir, unos 1,5m de cable y las piezas de derivación necesarias....

    Siento haberte aguado tus esperanzas

  7. #7
    dOMINGO está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Las Compañías Eléctricas pagarán las acometidas hasta 100 kW

    Por partes.

    1-. Endesa se niega a aplicar dicho 222/2008 por que no está desarrollado el régimen económico consiguiente.

    2-. Espero arbritaje de Industria Sevilla por lo mismo.

    3-. La CNE dio orden a las CCAA para que obligara a cumplir el 222 INDEPENDIENTEMENTE de que el régimen económico esté desarrollado o no.

    4-. Endesa sigue pasándose ese 222 por donde quiere.

    5-. No tengo tan claro que ese 222 sea aplicable a FV ya que es PARA SUMINISTRO y FV es para EVACUACIÓN. Otra cosa distinta es pedir suministro, que realicen las instalaciones de extensión y acto seguido solicitar evacuación. Posible truco pero lento, muy lento.

    6-. En cuanto salga el arbitraje, ya va para un mes, os lo remito.

    Salu2.

  8. #8
    Avatar de Gose
    Gose está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Las Compañías Eléctricas pagarán las acometidas hasta 100 kW

    Cita Iniciado por dOMINGO Ver mensaje
    Por partes.

    1-. Endesa se niega a aplicar dicho 222/2008 por que no está desarrollado el régimen económico consiguiente.
    Presisamente este decreto define cómo se calcula la retribuciones de las Cías Distribuidoras.... Los resultados de esas retribuciones las puedes ver, paras las 320 distribuidoras españolas, AQUI:


    Cita Iniciado por dOMINGO Ver mensaje
    2-. Espero arbritaje de Industria Sevilla por lo mismo.
    ya me contaras... por privado, claro

    Cita Iniciado por dOMINGO Ver mensaje
    3-. La CNE dio orden a las CCAA para que obligara a cumplir el 222 INDEPENDIENTEMENTE de que el régimen económico esté desarrollado o no.
    es una recomendación, la que puede obligar es el ministerio o las consejerías
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    4-. Endesa sigue pasándose ese 222 por donde quiere.
    sin más datos no puedo analizarlo...
    Cita Iniciado por dOMINGO Ver mensaje
    5-. No tengo tan claro que ese 222 sea aplicable a FV ya que es PARA SUMINISTRO y FV es para EVACUACIÓN. Otra cosa distinta es pedir suministro, que realicen las instalaciones de extensión y acto seguido solicitar evacuación. Posible truco pero lento, muy lento.
    Es esclusivamente para suministros, en zonas urbanas (art 9)
    Cita Iniciado por dOMINGO Ver mensaje
    6-. En cuanto salga el arbitraje, ya va para un mes, os lo remito.
    ya nos contará

    Salu2 y Feliz 2009




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