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- 31/10/2008, 13:08 #1Forero
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Es necesario presentar el proyecto para la solicitud de inscripcion?
La pregunta es si es necesario adjuntar el proyecto visado de la instalación en la solicitud de inscripción en el registro de preasignación de retribución¿??¿¿?
En el real decreto no indica que sea necesario (pero para la licencia de obras si que se habrá tenido que presentar)
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- 31/10/2008, 13:57 #2
Re: Es necesario presentar el proyecto para la solicitud de inscripcion?
"Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
Fotovoltaica VS Nuclear: Energía renovable; eso es bueno. Energía más cara; eso es malo. Sin radiactividad; eso es bueno. Sujeta a subvenciones variables; eso es malo. Más barato desmantelar; eso es bueno... Yogulado...
- 31/10/2008, 18:11 #3Forero
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Re: Es necesario presentar el proyecto para la solicitud de inscripcion?
La autorización administrativa donde y como se solicita?
hasta el 30 de abril no es necesaria verdad?
- 01/11/2008, 13:14 #4
Re: Es necesario presentar el proyecto para la solicitud de inscripcion?
"ANEXO IIDocumentación necesaria para la solicitud de inscripción en el registro de preasignación de retribución1. La documentación necesaria aportar, de forma conjunta con la solicitud de inscripción en el registro de preasignación será la siguiente:
a) Autorización administrativa de la instalación, otor-gada por el órgano competente, y concesión del acceso y conexión a la red de transporte o distribución correspon-diente. En el caso de instalaciones del tipo I.1, se aportará exclusivamente concesión del acceso y conexión a la red de transporte o distribución correspondiente.
b) Licencia de obras del proyecto de instalación, otorgado por el órgano competente.
c) Resguardo de constitución del aval a que hace referencia el artículo 59 bis o 66 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, o, en su caso, el previsto en el artículo 9 del presente real decreto otorgado por el ges-tor de la red.
d) Inscripción definitiva en el Registro administra-tivo de instalaciones de producción en régimen especial dependiente del órgano competente, si la instalación dis-pusiera de ella.
2. Hasta el 30 de abril de 2009, para las instalaciones de potencia igual o inferior a 100 kW, no será necesaria la presentación de la Autorización administrativa de la insta-lación, otorgada por el órgano competente, y en su lugar se presentará la concesión del acceso y conexión a la red de transporte o distribución correspondiente."
La autorización administrativa se refiere a la aprobación del proyecto de ejecución por parte de la delegación de Industria y Energía de la correspondiente Comunidad Autónoma.
Como has indicado, hasta el 30 de abril de 2009 PARA INSTALACIONES DE COMO MÍXIMO 100kW, bastará con la concesión del acceso y conexión de la instalación por parte de la empresa distribuidora."Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
Fotovoltaica VS Nuclear: Energía renovable; eso es bueno. Energía más cara; eso es malo. Sin radiactividad; eso es bueno. Sujeta a subvenciones variables; eso es malo. Más barato desmantelar; eso es bueno... Yogulado...
- 04/11/2008, 17:53 #5
Re: Es necesario presentar el proyecto para la solicitud de inscripcion?
Estimados foreros,
siento chafaros la fiesta pero quien hizo la ley hizo la trampa, por lo menos dependiendo de la comunidad autónoma en la que estéis.
Lo digo porque según el MITyC para la preasignación de tarifa hay que adjuntar licencia de obras concedida, independientemente de a qué convocatoria te presentes, con lo cual, si la instalación es en Andalucía, para que te concedan la licencia de obras has de presentar proyecto visado y autorización administrativa,...
El caso es que el punto 2 del anexo II de RD 1578/2008 es una solemne estupidez al menos para instalaciones sitas en Andalucía.
Saludos camaradas...
- 05/11/2008, 13:50 #6
Re: Es necesario presentar el proyecto para la solicitud de inscripcion?
Según el Ayuntamiento, una vez más, puesto que para la licencia de obras existen multitud de Ayuntamientos que no requieren el proyecto, sino una breve memoria descriptiva, que a posteriori puede ser modificable si se justifica.
De todos modos, no tengo claro aún del todo lo que cita wolf-land en la CV, si es así en Andalucía, menuda putada...