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  1. #1
    Nuska está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Hola a todos,

    He estado mirando lo de la preasignación, imagino que ya estará el link por ahí, pero por si acaso lo copio:

    Ministerio de Industria Turismo y Comercio - listado registro preasignación instalaciones fotovoltáicas


    me surgen las siguientes dudas.

    -Respecto a la licencia de obra: En Alicante, en algunos ayuntamientos no necesitas la licencia de obra para instalar es suficiente con la licencia de actividad. ¿Que se hace en estos casos?

    -Respecto a la firma digital, yo como ingeniera tengo certificado digital, pero pertenezco a la empresa instaladora, puedo hacer yo las peticiones telemáticas o es necesario que la firma digital sea la del cliente??

    Muchas gracias

    Por cierto, en el link que os dejo está el nuevo modelo de aval

  2. #2
    welsungo está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Por cierto que hemos hablado esta mañana con alguien del ministerio sobre dicha aplicación sobre ciertos errores que hemos observado y nos han comentado que aún no está operativo.
    En nuestro caso, queríamos inscribir como titular a una persona jurídica... algo que no te permite el formulario. Además, tras la conversación nos ha quedado claro que ha de ser el titular o su representante, caso de ser una persona jurídica, el que debe solicitar la preasignación, no vale que sea el promotor quien presente la gestión.
    "Espantoso temor infundirá al osado y con presteza huirá el cobarde de la roca de Brunilda. Sólo obtendrá esta novia quien sea más libre que yo, que soy un dios." Richard Wagner, Die Walküre. (Der Ring des Nibelungen).

  3. #3
    Avatar de Asterix
    Asterix está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Como podeis ver he cambiado el título del tema a ver si así se comenta más por el foro.

    Nombre anterior : Preasignación.
    Nombre actual : Aplicación informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución.

    Salu2. Asterix.
    Asterix,

    http://www.solarweb.net/forosolar/me...e44-debate.jpg

    "La Tierra no es una herencia de nuestros padres, sino un préstamo de nuestros hijos" - Antiguo refrán indio.

  4. #4
    Nuska está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Una pregunta cuando rellenáis la solicitud de preasignación, marcais la casilla que dice: El solicitante declara expresamente que NO desea participar en sucesivas convocatorias con la presente solicitud.??? Si digo que NO, no se guarda la solicitud??

    Otra pregunta. Siempre hay que hacerlo telemáticamente, no?? si no se tiene cerificado, se imprime y se lleva en mano, junto con licencia de obra, punto de conexión y aval.

    Alguien ha realizado ya la preasignación??

    Muchas gracias

  5. #5
    Avatar de NPK07
    NPK07 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    El marcar el no significa que la presentación es para un único período. Si no sale adjudicada significa que desistes....

    Si no tienes certificado, hay que rellenar la solicitud on-line, imprimirla y "aceptar". Supongo que el documento entra en el sistema, pero hasta que no se presente en registro "presencial" y no se junten en donde tramiten esto no será válida.
    Siempre hay espacio para nuevos conocimientos y saber!

  6. #6
    Nuska está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Gracias NPK07

    Una vez le das a aceptar, ya no lo puedes modificar. Solamente te deja consultar el estado de la solicitud.

  7. #7
    vicherca está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Adjunto un fichero que me envia el ministerio. Haber si se aclaran para que lo entendamos
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  8. #8
    oscarsanchez está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Una gran duda, que cada vez lo tengo menos claro:

    He leído que se puede pedir en la misma Solicitud, la preinscripción de la huerta solar entera, a nombre del mismo titular que figura en los permisos. ¿Es cierto?

    Y que también es posible solicitar una a una las "instalaciones individuales" que componen la huerta solar, y así te evitas presentar la autorización administrativa (sí la instalación individual no supera los 100 kW). Es así?

    A ver si alguién me resuelve esto.

  9. #9
    Avatar de Wolf-Land
    Wolf-Land está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Estimado oscarsanchez,

    tienes que tener en cuenta una cosa y es que "siempre" es necesaria la presentación de la licencia de obras concedida, es decir, que si en tu municipio te la conceden sin la autorización administrativa de industria pues perfecto, pero sino, pues ya sabes...

    En el fondo el punto 2 del Anexo II es una tomadura de pelo en toda regla.


    Saludos camaradas...

  10. #10
    Avatar de Qsolana!
    Qsolana! está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Eso es verdad Wolf-Land, es una tomadura de pelo...

    Pero volviendo a lo anterior, la cuestión es la manera en que se pide la preasignación,

    si se pide como una huerta solar entera,

    o se pide por "instalaciones individuales", una a una,

    o se puede solicitar de las dos formas.

  11. #11
    Avatar de Wolf-Land
    Wolf-Land está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribución

    Hola Qsolana y bienvenido al foro,

    con respecto a tema de la preasignación de tarifa, hay que tener en cuenta el siguiente artículo del RD 1578/2008:

    Artículo 10.
    Potencia de los proyectos.

    1. La potencia máxima de los proyectos o instalaciones
    que sean inscritos en el Registro de preasignación de
    retribución no podrá superar los 2 MW o los 10 MW para
    instalaciones de tipo I o II del artículo 3 de este real decreto,
    respectivamente.
    2. A los efectos de la determinación del régimen económico
    establecido en el presente real decreto, se considerará
    que pertenecen a una única instalación o un solo
    proyecto, según corresponda, cuya potencia será la suma
    de las potencias de las instalaciones unitarias de la categoría
    b.1.1, las instalaciones o proyectos que se encuentren
    en referencias catastrales con los catorce primeros
    dígitos idénticos. A estos efectos, los titulares de las instalaciones
    suministrarán la referencia catastral de los
    inmuebles en los que se ubiquen las mismas.
    Del mismo modo, a los efectos de la inscripción, en
    una convocatoria, en el Registro de preasignación de
    retribución, se considerará que pertenecen a un solo proyecto,
    cuya potencia será la suma de las potencias de las
    instalaciones unitarias, aquellas instalaciones que conecten
    en un mismo punto de la red de distribución o transporte,
    o dispongan de línea de evacuación común.


    Saludos camaradas...

  12. #12
    Centellero está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retrib

    Hola a todos,

    En primer lugar, agradecer la ayuda que me prestó este foro en una instalaicón que realicé el año pasado. Ya no creía que iba a hacer ninguna más, pero han venido a preguntarme.

    En referencia a este artículo, tengo una pregunta.

    Artículo 10.
    Potencia de los proyectos.

    2. A los efectos de la determinación del régimen económico
    establecido en el presente real decreto, se considerará
    que pertenecen a una única instalación o un solo
    proyecto, según corresponda, cuya potencia será la suma
    de las potencias de las instalaciones unitarias de la categoría
    b.1.1, las instalaciones o proyectos que se encuentren
    en referencias catastrales con los catorce primeros
    dígitos idénticos. A estos efectos, los titulares de las instalaciones....

    Tengo una instalación de 60kW en cubierta, y por lo que se lee en el artículo 10, parece ser que la retribución será igual si se divide en 3 instalaciones de 20kW como si no.
    Pero a efectos del Aval, ésto también es así? Si presentamos tres instalaciones de 20 kW, puedo avalarlas a 50€/kW.

    Un Saludo

    Centellero
    Centellero

  13. #13
    Avatar de Asterix
    Asterix está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Re: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retrib

    Cita Iniciado por oscarsanchez Ver mensaje
    Una gran duda, que cada vez lo tengo menos claro:

    He leído que se puede pedir en la misma Solicitud, la preinscripción de la huerta solar entera, a nombre del mismo titular que figura en los permisos. ¿Es cierto?

    Y que también es posible solicitar una a una las "instalaciones individuales" que componen la huerta solar, y así te evitas presentar la autorización administrativa (sí la instalación individual no supera los 100 kW). Es así?

    A ver si alguién me resuelve esto.
    Cita Iniciado por Centellero Ver mensaje
    ...Tengo una instalación de 60kW en cubierta, y por lo que se lee en el artículo 10, parece ser que la retribución será igual si se divide en 3 instalaciones de 20kW como si no.
    Pero a efectos del Aval, ésto también es así? Si presentamos tres instalaciones de 20 kW, puedo avalarlas a 50€/kW.
    Creo que ambas preguntas son matices del mismo tema.

    En un post anterior Wolf-Land indicó el contenido del artículo 10.

    "Artículo 10.
    Potencia de los proyectos.
    ...
    Del mismo modo, a los efectos de la inscripción, en una convocatoria, en el Registro de preasignación de retribución, se considerará que pertenecen a un solo proyecto, cuya potencia será la suma de las potencias de las instalaciones unitarias, aquellas instalaciones que conecten en un mismo punto de la red de distribución o transporte, o dispongan de línea de evacuación común."

    La clave creo que está en el matiz del principio del párrafo : "...a los efectos de la inscripción, en una convocatoria...". Para inscribir se requiere la autorización administrativa y el aval que le corresponda a la instalación que pedimos inscripción (para eso se especifica en este párrafo, si se suman o no potencias). Es decir, a efectos de inscripción se suman las partes de la instalación o instalaciones en una sóla para inscribirla y al inscribirla se deberá comprobar lo que se le debe exigir y lo que presenta en cuanto a autorizaciones administrativas, avales, etc.

    Entendiéndolo como hago aquí, se hace una interpretación restrictiva de la normativa que creo se hizo así para evitar este tipo de situaciones, aunque con esto no quiero decir que esté del todo en lo cierto.
    Asterix,

    http://www.solarweb.net/forosolar/me...e44-debate.jpg

    "La Tierra no es una herencia de nuestros padres, sino un préstamo de nuestros hijos" - Antiguo refrán indio.

  14. #14
    Centellero está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribució

    Grácias por la respuesta, aunque no acabo de verlo claro.

    He escrito lo siguiente al contacto de la página de las solicitudes a ver que dicen.

    " Estamos interesados en montar una instalación fotovoltaica sobre un tejado de 60 kW, somos tres propietarios, y queríamos instalar 3 instalaciones de 20 kW, una cada uno, con un único punto de conexión y tres puntos de entrega de energía.
    Según la economía de cada uno, no está claro si haremos los 60 ó 40.
    Estamos obligados a presentarnos de forma conjunta a la pre-inscripción? Quien de los tres ha de presentar el aval? podemos presentar nuestras instalaciones independientes con un aval cada uno? A efectos de cobro, si que queda claro que cada instalación se ajustará al precio del conjunto, pero y el tema del aval? Que ocurre si tramito una ahora y otra más adelante? "

    Hasta ahora con un sólo punto de conexión y 3 puntos de entrega, yo podía presentar los avales por separado, las autorizaciones administrativas de los proyectos por separado, y acabar mis instalaciones cuando quería, una ahora y otra más adelante.
    Ahora no puedo presentar un sólo punto de entrega o dos de un punto de conexión? Necesito un promotor que lo avale todo? Quien será el promotor? quien avala al promotor si despues un titular se hecha atràs?

    Estoy como promotor obligado a avalar a las otras dos instalaciones, y encima a 500€/kW?

    Asterix, la norma, la releo pero no lo veo claro. Si alguien sabe algo al respecto...

    Un saludo,
    Centellero

  15. #15
    CALASPARRA está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribució

    HOLA AMIGOS ESTOY BUSCANDO LAS LISTA DE PRE-ASIGNACION DEL AÑO 2008 PERO NO LAS ENCUENTRO SE QUE ALGUNO DE VOSOTROS HICISTEIS UNA COPIA PERO NO SE DONDE¿ me podeis orientar? GRACIAS

  16. #16
    always está desconectado Miembro del foro
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    ene 2008
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    Predeterminado Respuesta: Aplicación Informática del MITyC - Registro de preasignación de retribució

    Hola,



    1.Una huerta solar se ha tramitado a nombre de un solo promotor pero está constituida por varias “instalaciones individuales”. ¿Cómo se hace para tramitarla en el PREFO?
    La tramitación de una solicitud se hace necesariamente a nombre de un solo titular y para un solo proyecto o instalación.
    La resolución del procedimiento otorgará un derecho a ese titular y le impondrá obligaciones (finalizar en el plazo de un año).
    De acuerdo con lo anterior, caben varias posibilidades.


    b)Si alguna de las autorizaciones, avales o licencias se ha otorgado a favor de cada uno de los titulares “individuales”, podrá continuar tramitándose como una unidad cuyo titular sea la “sociedad gestora/promotora”, presentando como documentación adicional un Acto Notarial en el que se cedan expresamente los derechos y obligaciones jurídicas de los titulares “individuales” a favor de la “sociedad gestora/promotora”.


    ¿Existen modelos para esa cesión en un Acto Notarial en relación al PREFO o cualquier redacción de algún notario serviría?

  17. #17
    ots84 está desconectado Miembro del foro
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    quahog
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    Predeterminado acuse recibo en aplicacion

    Tengo una Duda al introducir todos los datos de una instalación y firmar con certificado electrónico, ¿¿cúando exáctamente se recibe el acuse de reciboo, bien sea por correo electrónico o por correo ordinario??.
    Introdujimos toda la documentación hace unas semanas yaún no hemos recibido nada.

    ¿¿Cómo se puede comprobar que efectivamente se haya procesado todo correctamente en la aplicación y que lainstalación se enCuentra lista para ser estudiada para incluirla en la convocatoria??,

    Agradecería que me respondieran en cuanto pudieseis.

    Un saludo
    Última edición por ots84; 05/10/2009 a las 18:53




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