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- 15/10/2008, 17:12 #1Miembro del foro
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Instalaciones fotovoltaicas obligadas por CTE y RD 1578/2008
Hola a todos y a todas:
Llevo varios meses navegando por este foro y a la vista de todos los mensajes me surgen varias dudas que creo que pueden afectar a todos y que tal vez alguien pueda aclarar:
1-¿Una instalación fotovoltaica obligada por el CTE debe ser conectada o aislada?. ¿Por un lado me pueden obligar a realizar una inversión no rentable (podría ser el caso de una aislada) o una conectada sin saber cuanto me pueden pagar?
2-En caso de ser conectada ¿como le afecta el RD 1578/2008? ¿Sería una instalación más que podría entrar en una convocatoria o podría quedarse fuera si no hay cupo de potencia? ¿Si el CTE nos obliga hay que poner el aval?
3-¿Cuando el nuevo RD 1578/2008 habla de potencia hace referencia a potencia pico o nominal? realmente habla de potencia instalada por lo que creo que debería ser potencia nominal.
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- 15/10/2008, 17:58 #2Forero
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Re: Instalaciones fotovoltaicas obligadas por CTE y RD 1578/2008
¡Vaya pregunta! esta si que es de nota.
Yo esto ya me lo planteé y creo que la respuesta está en el ministerio de industria. Está claro que el AVAL no tiene sentido, pues no hay posibilidad de retractarse una vez pedido el punto, y tampoco la hay de especulación. Y por supuesto, todas estas instalaciones deberían ser las primeritas en entrar en todas partes, pese a quien pese.
Siento manifestarme así de radical, pero el objetivo está claro, desarrollar un sistema energético de futuro, y no el negociete de unos pocos millonetis.
Saludosε=hν
- 15/10/2008, 19:37 #3
Re: Instalaciones fotovoltaicas obligadas por CTE y RD 1578/2008
1.- Según CTE le vale cualquiera de las dos opciones, yo tengo claro lo que haría....
2.- Entiendo que hay que cumplir RD, si te conectas a red para cobrar retribución.
3.- La potencia nominal = potencia inversor/es, a eso te refieres?
Espero haber podido ayudar algo.
- 27/10/2008, 01:06 #4
Re: Instalaciones fotovoltaicas obligadas por CTE y RD 1578/2008
De todas formas no estaría de más presionar en la medida en que podamos desde este foro y otros lugares (ej. asociaciones, prensa, etc.) para que dichas instalaciones si las conectan a red, sean tratadas de forma diferente por el Registro de Preasignación de retribución al igual que no deberían llenar cupo de potencia.
Esa es mi opinión.Asterix,
http://www.solarweb.net/forosolar/me...e44-debate.jpg
"La Tierra no es una herencia de nuestros padres, sino un préstamo de nuestros hijos" - Antiguo refrán indio.