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- 04/10/2008, 23:13 #1Miembro del foro
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Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Saludos a los foreros,
lamento poner este post en esta sección pero es la única actualmente en activo y preciso de cierta urgencia en recoger vuestras recomendaciones. Se trata de saber si alguién ha sufrido una penalización por tramitar tarde en la Agencia Tributaria el I.E. y si por ello le han penalizado con una multa. Igualmente también consultaros si conoceis algún argumento que mediante presentación de un recurso pueda ser aceptado por Hacienda para evitar dicha multa, ya que no me parece que sea proporcionado penalizar con tanta cantidad de dinero el haber tramitado con retraso un impuesto que es un mero trámite informativo y no supone ingresar dinero alguno.
Gracias
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- 05/10/2008, 00:19 #2Forero
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Dijo un miembro del foro ( no recuerdo quien ) que a él le penalizaron con una multa de 70 euros por no presentar el modelo 560. Podrías decirnos cuánto tiempo te has retrasado y cual ha sido dicho importe para saber a que atenernos ?
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Creo que el hilo en cuestión es este:
http://www.solarweb.net/forosolar/as...contables.html
Saludos
- 06/10/2008, 00:09 #4Miembro del foro
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
La multa que fija Hacienda (Agencia Tributaria) es de 200 Euros si te notifican que no has presentado el Impuesto, y de 100 Euros (el 50% de lo anterior) si lo presentas fuera de plazo sin haberte notificado. Es decir, que para una instalación de 5Kw en un mes malo (invierno) sio te notifican te cascan la mita de la producción de un mes...
Por cierto, que respecto del post de "libros contables" que adjuntas me cuadra perfectamente la mecánica de tramitación de Navarra pero no la de la Agencia Tributaria ya que en el trámite no se detallan kwh producidos, sólamente se indica el nombre, CAE y código postal donde se ubica la instalación. Es decir, que no entiendo dónde se presenta el libro de producción eléctrica.
- 06/10/2008, 09:41 #5Forero
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Hola:
A mi me pusieron una multa de 150 Euros por olvidarme de presentarlo un trimestre(el mod. 560). Presenté un recurso dando todas las excusas que se me ocurrieron pero no sirvió de nada. La verdad es que es realmente sangrante y cabreante, pues efectivamente es un trámite que no origina ninguna pérdida ni daño a Hacienda.
Saludos.
- 06/10/2008, 11:02 #6Forero
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Hola a todos.
A nosotros nos pusieron una multa de 498,98€ por entregar con retraso la documentación, por un descuido de la empresa instaladora que nos lo tenía que tramitar.
Creo que con hacienda hay poco que hacer y te va a tocar pagar. Si lo demoras mas en el tiempo te harán pagar intereses.
Saludos.
- 07/10/2008, 17:38 #7
Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
El 560 es obligatorio. Cuando se tiene el número de RIPRE definitivo hay que pedir el CAE en la Agencia Tributaria adjuntando el Ripre y una memoria o proyecto de la planta solar.
Posteriormente hay que presentar trimestralmente el 560 y llevar la contabilidad de los kW producidos. La forma mas fácil es adquirir un libro de contabilidad de los de toda la vida e ir a Hacienda a que te sellen todas las páginas. Hay que llevar registro diario de la energía producida pero no hace falta presentarlo en Hacienda a no ser que te lo pidan.
La finalidad del 560 es que Hacienda sepa la energía producida en régimen especial y las eléctricas no puedan robar mas de lo que ya lo hacen...
- 08/10/2008, 08:55 #8Miembro del foro
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Hola a todos, una pregunta donde se podría consultar (RD, Ley, Orden, etc) lo que viene en cuanto a documentos a presentar una vez se finaliza una instalacion fotovoltaica.
Gracias y saludos
- 10/10/2008, 17:37 #9Miembro del foro
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Agrosolar, según lo que comentas en tu último párrafo, si el modelo 560 de la Agencia Tributaria sirve para contrastar datos de producción frente a datos de distribución, por qué entonces cuándo tramitas dicho modelo por Internet desde la página Wen de Hacienda no existe ningún campo donde indicar los kwh producidos? Yo, por lo que veo, y desde entonces no me han requerido información adicional alguna, sólo se informa del nº de CAE, ubicación (provincia) y datos del admnistrador. Pero no se reporta producción.
- 22/10/2008, 10:58 #10Miembro del foro
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Es para todas las instalaciones o solamente para las mayores de 100 kw??
- 22/10/2008, 12:34 #11Miembro del foro
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Es para todas las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red.
No se paga nada, puesto que la energia producida va en Regimen Suspensivo, pero hay que presentar telematicamente la declaracion.
Saludos.
- 22/10/2008, 17:28 #12Miembro del foro
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Muchas gracias Iwolf por la respuesta, yo tambien lo creia pero he leido en la ORDEN EHA/3948/2006 de 21 de diciembre de 2006
"También en otros impuestos especiales se ha hecho
sentir la necesidad de proceder a la aprobación de nuevas
claves de actividad, concretamente para configurar el
Código de Actividad y Establecimiento (C.A.E.) de los
depósitos fiscales y operadores registrados de extractos y
concentrados alcohólicos, el de los generadores o conjuntos
de generadores de energía eléctrica de potencia total
superior a 100 kilovatios"
¿Sabeis que normativa indica que es para todas?
- 23/10/2008, 08:09 #13Miembro del foro
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
A mi entender, lo unico que dice dicha orden EHA/3948/2006, que se puede consultar en este BOE, en sus argumentaciones, es que se ha visto la necesidad de crear un nuevo identificador de dos letras (L2) para las instalaciones fotovoltaicas de mas de 100 kw, pero ya existia (y sigue existiendo) el identificador L0 para las Fabricas de electricidad en Regimen Especial, que engloba a todas nuestras instalaciones.
Por cierto que en la España de reinos de taifas digo de las Autonomias que tenemos, al menos en Navarra los CAE empiezan por ES.
¿Sabeis que normativa indica que es para todas?
Pero si quieres profundizar mas, una simple busqueda te permite encontrar rapidamente documentos como este o este otro, asi como muchisimos mas, que te encaminaran a la Ley 38/1992 y al RD 1165/1995.
Saludos.
- 23/10/2008, 11:09 #14Miembro del foro
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Re: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Muchas gracias Iwolf, tienes razón, en todos los sitios donde he preguntado me han dicho que es necesario, no me dan explicación, pero con eso parece que es suficiente
Gracias por todas las referencias
- 09/01/2012, 02:18 #15Forero
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Respuesta: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Agradecería que alguien me echara una mano con esto.
Todos los productores están obligados a presentar el modelo 560 o hay una potencia mínima.
Cuál es la fecha tope?
Llevo 3 años y nunca lo he presentado, y facturando...
- 09/01/2012, 13:40 #16Forero
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Respuesta: Penalización por no presentar el Impuesto de la Electricidad
Yo creo que el 560 ya no hay que presentarlo. Se sustituyo por el anual del 513.
Mira este hilo
http://www.solarweb.net/forosolar/as...-gremio-2.html