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  1. #51
    JAAM66 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval para solicitar el punto de conexión??

    Cita Iniciado por Gollizno Ver mensaje
    Entiendo segun las aclaraciones del Ministerio que no hace falta aval para las cubiertas, pero no hace falta para solicitar el punto de conexión y para el preregistro va hacer falta el aval?

    Saludos
    Efectivamente no hace falta tener el aval depositado para solicitar el punto de conexión a la eléctrica en instalaciones sobre cubierta , para solicitar la inclusión en el preregistro de asignación de tarifa es necesario presentar aval de cuantía según el siguiente articulo del RD 1578/2008:


    Artículo 9.
    Aval.

    1. En el caso en el que, de acuerdo con lo previsto en
    el artículo 66 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
    diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
    distribución, comercialización, suministro y procedimientos
    de autorización de instalaciones de energía
    eléctrica, una instalación estuviera exenta de la presentación
    del aval para el acceso a la red de distribución, o en
    el caso en cualquier otro caso en el que no existiera un
    depósito de un aval equivalente al menos a un importe
    equivalente a 500 €/kW de potencia, deberá depositarse
    ante la Caja General de Depósitos un aval por una cuantía
    de 50 €/kW o 500 €/kW de potencia del proyecto o instalación
    fotovoltaica del tipo I.1, o I.2, ....

    resumiendo , 50€/kW para instalaciones en cubierta de hasta 20 Kw y 500€/kW para instalaciones en cubierta > 20 kW. hasta una potencia máxima de 2 MW.

    Para instalaciones en suelo (tipo II) sigue como en el RD.661 , hace falta aval desde el momento que pides punto de conexión .

    Tratamos de hacer las cosas bien. www.abasol.com

  2. #52
    a.menayo está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval para solicitar el punto de conexión??

    Buenas tardes Jaam:

    Estoy de acuerdo contigo salvo en un pequeño detalle:
    Si observamos el articulo 9.1 del Rd 1578 hay una pequeña errata la cual queda subsanada con la modificación al RD 1578:

    En la página 39120, primera columna, en el artícu lo 9.1,
    líneas 7 y 8, donde dice: «… o en el caso en cualquier otro
    caso», debe decir «… o en cualquier otro caso…» y en la
    línea 13, donde dice: «… proyecto o instalación fotovoltaica
    del tipo I.1, o I.2, respectivamente…», debe decir:
    «… proyecto o instalación fotovoltaica del tipo I.1 o I.2 y II,
    respectivamente…».

    Así pues se establece:

    50€/kW para instalaciones en cubierta (tipo I.1 y I.2, independientemente de la pontencia instalada (con el tope de 2MW claro está) en el momento de solicitar el registro de preasignación y de 500€/kW para instalaciones tipo II (suelo) en el momento de solicitar el punto de conexión.)

    Un saludo

  3. #53
    litri está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval para solicitar el punto de conexión??

    a.menayo, creo que tu interpretación es incorrecta: en este hilo la explicación de Jor-sol está muy clarita

    http://www.solarweb.net/forosolar/re...-2008-a-2.html

  4. #54
    Avatar de Wolf-Land
    Wolf-Land está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval para solicitar el punto de conexión??

    Efectivamente como dice litri, tu interpretación no es correcta a.menayo.

    Este tema está ya más que machacado.


    Saludos camaradas...

  5. #55
    JAAM66 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval para solicitar el punto de conexión??

    Efectivamente la aclaración que hace Jor-sol , es la válida ,

    aval 50€/kW ---- tipo I.1 hasta 20kW en cubierta .(necesario para preasignación , no necesario para solicitud punto conexión).

    aval 500€/kW - tipos I.2 (mayor de 20kW y hasta 2MW) en cubierta . necesario para preasignación, no necesario para punto conexión

    aval 500€/kW - tipo II resto de instalaciones hasta 10MW (necesario para punto de conexión y por supuesto para preasignación)

    la corrección ,hace referencia al olvido que tienen en primera instancia de incluir las instalaciones de tipo II.

    Saludos
    Tratamos de hacer las cosas bien. www.abasol.com

  6. #56
    belenos está desconectado Baneado
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Joer, me paso 3 días fuera y ya habéis hecho que la Compañía lo corrija. Esto es la ost**. Por CyL lo siguen pidiendo, a ver qué tal se nos da.. Salu2 y gracias a todos por moverlo.

  7. #57
    Avatar de NPK07
    NPK07 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    he puesto esta pregunta en otro post, pero no se si era el correcto y la repito aqui

    Aparte de todo el tema semántico entre "o" e "y", hay otro punto que me gustaría compartir a ver que opináis.
    En la corrección de errores publicada el 17 de octubre de 2008, en el séptimo párrafo incluyendo el título, dice:

    En la página 39124, segunda columna, en el anexo II, apartado 5, donde dice "... los documentos a que hacen referencia los párrafos a), b) y c) del apartado 1..." debe decir ... los documentos a que hacen referencia los párrafos a), b) y d) del apartado 1..."

    Según esto no sería necesario presentar el aval para la petición de pre-asignación ya que en esta corrección eliminan la necesidad de la presentación del mismo., no?

    Alguien podría aclarar este concepto. Por otro lado, cual es el teléfono del Ministerio para preguntar por esto???
    Saludos soleados a todos
    Siempre hay espacio para nuevos conocimientos y saber!

  8. #58
    Avatar de DATA
    DATA está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    El punto 5. solo hace referencia a la ordenación cronologica de las solicitudes para asignar cupo entre las instalaciones del registras.
    Para entrar en el pre-registro el punto 1. indica claramente que la documentación necessaria: AA+ LO+ Aval

    Por lo tanto, me temo que sí hace falta

  9. #59
    Avatar de NPK07
    NPK07 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Vale, tienes razón en este punto. es para la ordenación de las fechas... gracias por la aclaración...

    Esto del cine-foro está muy bien, pues muchos ojos ven más que dos.

    De nuevo gracias
    Siempre hay espacio para nuevos conocimientos y saber!

  10. #60
    abulasol está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    .Leer bien la correccion de errores del RD 1578/2008.
    El aval de 500 Euros/KW es solo para instalaciones FV del tipo II.

  11. #61
    Avatar de jor-sol
    jor-sol está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Cita Iniciado por abulasol Ver mensaje
    .Leer bien la correccion de errores del RD 1578/2008.
    El aval de 500 Euros/KW es solo para instalaciones FV del tipo II.
    Pásate por este hilo que es el que trata el tema de los 50 ó 500 € de aval.

    http://www.solarweb.net/forosolar/re...-2008-a-2.html

    Saludos,
    "Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"

    Mario Benedetti

  12. #62
    malambruno está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval para solicitar el punto de conexión??

    NO abulasol, lée bien, la respuesta correcta es la que dió JAAM66

    pag 39120...50 o 500... para tipo I1, o I2 y II respectivamente...

    Cita Iniciado por JAAM66 Ver mensaje
    Efectivamente la aclaración que hace Jor-sol , es la válida ,

    aval 50€/kW ---- tipo I.1 hasta 20kW en cubierta .(necesario para preasignación , no necesario para solicitud punto conexión).

    aval 500€/kW - tipos I.2 (mayor de 20kW y hasta 2MW) en cubierta . necesario para preasignación, no necesario para punto conexión

    aval 500€/kW - tipo II resto de instalaciones hasta 10MW (necesario para punto de conexión y por supuesto para preasignación)

    la corrección ,hace referencia al olvido que tienen en primera instancia de incluir las instalaciones de tipo II.

    Saludos

  13. #63
    SCAINNER está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Buenas tardes:

    Mi pregunta es ¿esta obligado la compañia suministradora, ha pedirte en Aval, par hacerte un estudio de accesibilidad a su red? o dicho de otra forma ¿estas obligado a darle a la compañia copia del aval, para que te diga si el punto elegido tiene capacidad de evacuación?

  14. #64
    jbierzo está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    sencillamente si.
    art. 66.bis del RD 1955/2000 añadido en la disposición final segunda del RD 661/2007.

  15. #65
    Avatar de jor-sol
    jor-sol está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Si es en suelo, SI.

    Si es en cubierta, NO.

    Saludos,
    "Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"

    Mario Benedetti

  16. #66
    jbierzo está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    glups... fallo mío
    gracias por la puntualización.

  17. #67
    Pavlo está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    mmm, a mi me piden aval en los dos... Legalmente solo lo han de pedir en las de suelo (me lo confirman desde el ministerio) pero como la cosa esta tan confusa la compañia electrica te lo pide para todo

  18. #68
    Avatar de Wolf-Land
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Cita Iniciado por Pavlo Ver mensaje
    mmm, a mi me piden aval en los dos... Legalmente solo lo han de pedir en las de suelo (me lo confirman desde el ministerio) pero como la cosa esta tan confusa la compañia electrica te lo pide para todo
    Y digo yo, ¿porqué no interpones un recurso vía administración competente para que te responda la eléctrica sin el aval?


    Saludos camaradas...

  19. #69
    Pavlo está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Desde el ministerio me dijeron que teníamos q pedir a la electrica que justificara por escrito lo del aval y para ello la electrica escribir a industria y éstos contestarle diciendo que no hace falta, en cuyo caso entrarían en razón.

    Problemas: que eso puede llevar mucho tiempo y seguramente haya que hacerlo para todas las instalaciones porque no creo que tomen conciencia de forma conjunta...

    Resumen: Presento aval siempre...

  20. #70
    Avatar de Wolf-Land
    Wolf-Land está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Cita Iniciado por Pavlo Ver mensaje
    Desde el ministerio me dijeron que teníamos q pedir a la electrica que justificara por escrito lo del aval y para ello la electrica escribir a industria y éstos contestarle diciendo que no hace falta, en cuyo caso entrarían en razón.

    Problemas: que eso puede llevar mucho tiempo y seguramente haya que hacerlo para todas las instalaciones porque no creo que tomen conciencia de forma conjunta...

    Resumen: Presento aval siempre...

    Esto te puede llevar 15 ó 20 días más, pero ya sientas precedente. Lo digo porque por ejemplo en Andalucía, la ED tiene que responder en 15 días y en el caso de pedir el aval, envían un escrito y es precisamente ese escrito junto a la nota emitida por el Ministerio de MITyC relativa a este tema, lo que se ha de adjuntar a la reclamación vía administración competente.

    Una vez recibida en la ED dicha reclamación, la ED tiene 15 días para responder.

    Total, puedes tardar 15 días más en tener respuesta a tu solicitud de punto de conexión.

    Saludos camaradas...

  21. #71
    stepaha está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Buenos dias, compania... una cosa nueva!!! Para solicitar el punto de conexion de Iberdrola ahora te piden como documento adjunto un plano de ubicacion prevista de CGP(bt) o CT(mt), tengo una finca con una nave , la instalacion sobre cubierta ,de 100kW. Mi pregunta es siguiene: La Caja General de Protecion en mi caso tiene q estar al lado de contador principal de la nave o en algun otro lado de la parcela...es q soy nuevo en estas temas y eso es mi primer proyecto, alguen me puede aclarar un poco.
    Gracias antemano.

  22. #72
    Pavlo está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Según iberdrola el contador ha de estar en el borde de la finca pero las protecciones las puedes poner donde quieras (antes del contador por supuesto).

    Yo las pondría en un sitio resguardado en el que no pudieran prepararla cualquiera que pase, osea dentro de la nave. Si te pilla bien ponerlas en el mismo cuadro donde está el contador puedes hacerlo aunque no creo que tengas sitio porque tendrás que poner unas cuantas.

  23. #73
    wassup está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Ésgto no tiene nada que ver con el aval pero en las normas de Iberdrola está muy claro donde tienen que ir las CGP.

    Punto 2.5, figura 1

  24. #74
    stepaha está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Ok...ya lo tengo claro!!! Gracias por todo!!!!

  25. #75
    Carbel está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Aval con el Real Decreto 1578/2008 FV

    Hola a todos, al cabo de 15 meses estamos como al principio en Albacete solicitas el punto de conexion y no necesitas aval y te contestan cuando quieren y en Caceres necesitas el aval y tambien te contestan cuando quieren., pero ademas con el agravante que solo te conceden el 50% de la potencia que tengas contratada con la cia electrica en la nave ó casa donde vayas a hacer la instalacion.
    maravillas de España

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