Resultados 1 al 4 de 4
- 19/02/2007, 05:00 #1Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- feb 2007
- Mensajes
- 3
certificado de profesionalidad
Los certificados de profesionalidad, tanto de FV como de termica, que se recogen en los decretos 2223/1998 y 2224/1998, ¿son obligados para realizar instalaciones termicas y FV? Además del carnet de instalador de ACS, claro.
Gracias por las respuestas.
-
- 19/02/2007, 13:23 #2Forero
- Fecha de ingreso
- ago 2006
- Ubicación
- Vigo y Santiago
- Mensajes
- 2.161
No lo son (por lo menos en mi comunidad autónoma). Se exige el carné de instalador en la categoría correspondiente.
Saludos.
- 19/02/2007, 22:31 #3Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- feb 2007
- Mensajes
- 3
Gracias por la información, me has sido de gran ayuda.
Por cierto ¿Sabrías decirme si para las instalaciones fotovoltaicas es obligado el carnet de electricista en tu comunidad?
- 20/02/2007, 00:09 #4Forero
- Fecha de ingreso
- ago 2006
- Ubicación
- Vigo y Santiago
- Mensajes
- 2.161
No tengo experiencia como instalador, pero he de suponer que sí, desde el momento que son instalaciones en el ámbito de aplicación del Reglamento Electrotécnico en Baja Tensión (ITC BT 40), los instaladores que ejecuten instalaciones generadoras de baja tensión tendrán que ser instaladores de la categoría especialista según ITC BT 03.
Saludos.